domingo, 30 de abril de 2023

DE LA EDUCACIÓN EN LOS VILLARES EN 1794

 

Tal día como hoy, el 30 de abril de 1794, el Concejo de Los Villares acordó se hiciese si demora el repartimiento de los 50 ducados que corresponden pagar a los padres de los alumnos de la escuela de primeras letras de la villa.





Desarrollo de la Efemérides:

En la villa de Los Villares el 30 de abril de 1794 los Señores que componen el Concejo, Justicia y Regimiento de ella, reunidos en las Salas Capitulares, acordaron que sin demora se hiciera la prorrata de los 50 ducados con que deben contribuir los padres de los niños que hay en este pueblo desde la edad de diez años hasta la de cinco, los cuales según la lista de todos los que han de comprender por sus mercedes hacen el número de 50 niños.

Así mismo, consideraron se satisfagan por un año: los diez que se hallan escribiendo hasta ahora, quince reales cada uno; y los restantes cuarenta que se consideran de leer a diez reales cada uno.

Según este cálculo se completaba la cantidad que se le debía exigir respectivamente por tercios a los referidos padres, según lo determinado por el señor Intendente, esto sin perjuicio de la justa determinación que acaso pueda decidirse por el Real Consejo, si hubiese reclamación por alguna de las partes.

*En el año 1794 el maestro de primeras letras de Los Villares era don Juan Miguel de Campos Armenteros. La asignación anual del maestro era de 130 ducados, de los cuales el Caudal de Propios de la villa pagaba 80 ducados y las familias los restantes 50 ducados. La escuela estaba situada en los bajos del Ayuntamiento.

La clase contaba en torno a setenta alumnos de los cuales unos veinte estaban exentos de contribuir por pertenecer a familias pobres y el resto, los cincuenta, recogidos nominalmente en el repartimiento, lo hacen en función de su nivel educativo.

sábado, 29 de abril de 2023

DE LOS NUEVOS IMPUESTOS A LAS TIENDAS DE COMESTIBLES Y TABERNAS EN 1816

 

Tal día como hoy, el 29 de abril de 1816, el Ayuntamiento de Los Villares comunicaba a los propietarios de tiendas de comestibles y taberna de la población del nuevo impuesto de 100 reales anuales que habrán de abonar en el plazo de seis días o cerrar los establecimientos.






Desarrollo de la Efemérides:

En la villa de Los Villares a 29 de abril de 1816, estando en la Sala Capitular de esta los Señores Pedro del Alcalde y Juan Lucas Higueras, Alcaldes Ordinarios; Basilio Parra y Andrés García, Regidores; Carlos del Alcalde y Juan de Siles Herrador, Diputados; Antonio Araque y Martín Herrador, Síndicos Personal y Personero, personas que  componen el Ayuntamiento de la villa, en base a la circular de 8 de abril corriente del Señor Intendente de esta provincia con el Plan de Activos que les acompaña de 3 de julio del año pasado de 1815, sobre el impuesto de 100 reales sobre almacenes y tiendas, en consideración a los que hay en esta villa procedieron a hacer sus mercedes la clasificación de ellos que es la siguiente:

 

A) Tiendas de comestibles:

- Vicente Ruiz; -Segunda de Campos y -Francisco Muñoz.

B) Tabernas:

-Juan Sebastián Galán; -Diego Samaniego; y -Antonia Estrella.

 

Siendo estas las únicas personas que hay en esta villa de las comprendidas en el referido Plan a las que se les comunicará inmediatamente el referido impuesto, debiendo poner en poder de los referidos alcaldes, los cien reales cada contribuyente en el término de seis días y si en lo sucesivo no les acomodare continuar, cierren sus tiendas o puestos, pues de lo contrario se procederá según haya lugar.

 

viernes, 28 de abril de 2023

DEL NOMBRAMIENTO DEL COBRADOR DEL IMPUESTO DE PAJA Y UTENSILIOS EN 1781

 

Tal día como hoy, el 28 de abril de 1781, el Concejo de Los Villares nombraba como cobrador del Repartimiento extraordinario de contribuciones de Paja y utensilios, camas, luz y lumbre para la tropa de Caballería y Dragones, a Juan Ramos Milla.

 





Desarrollo de la Efemérides:

En la Villa de Los Villares a 28 de abril de 1781 los Señores del Concejo, Justicia y Regimiento de ella reunidos en la Sala Capitular,  habiéndoseles  comunicado por el Intendente de la ciudad de Jaén y de  su partido, un carta orden para que se lleve a cabo el repartimiento extraordinario de contribuciones de Paja y utensilios, camas luz y lumbre para la tropa de Caballería y Dragones que existe en los cuatro Reinos de Andalucía,  repartimiento ya extendido y remitido a la Contaduría de Propios y devuelto al Concejo con la aprobación correspondiente, siendo necesario se nombre una persona que proceda a su cobranza y que haga los pagos competentes en la Tesorería de dichos efectos en Jaén, nombraron por cobrador de dicho repartimiento, a Juan Ramos Milla, vecino de esta villa a quien se le notificó para su aceptación.

 

jueves, 27 de abril de 2023

DE LAPOSTURA DEL ABASTO DE CARNES, EN 1788

 

Tal día como hoy, el 27 de abril de 1788, D. Ramón de León, vecino de la ciudad de Jaén, conocedor de hallarse Los Villares sin abastecedor de carnes, compareció en el Ayuntamiento de Los Villares y presentó postura para abastecer a este vecindario de carnes, durante diez meses.





Desarrollo de la Efemérides:

En la villa de Los Villares a 27 de abril de 1788, ante los Señores que componen el Ayuntamiento compareció, Don Ramón de León, vecino de la ciudad de Jaén, quien conociendo hallarse esta población sin abastecedor de carnes, hizo postura por el tiempo de diez meses, que medían desde hoy la fecha del remate, trayendo carne buena y saludable y de todo recibo, según los tiempos, siempre que se le permita que cada una libra de dieciséis onzas en los cuatro primeros meses de mayo, junio, julio y agosto, haya de venderlas al precio de nueve cuartos y los otros seis restantes al precio de diez cuartos, teniendo a su cargo la obligación de que no falte, haciendo las matanzas según y cómo corresponde y es costumbre para que tenga el enjugo natural, de modo que  por esta causa  no haya peligro alguno para el vecindario, cuya carne ha de ser de oveja, con la expresada calidad que si pasados los dichos cuatro meses primeros hubiese posibilidad de comprar alguna partida de cabras, la ha de gastar en dicho abasto al mismo precio que si fuera carne de oveja, sin que por ello haya falta de carne de oveja en dicho tiempo. Oída y entendida dicha postura, el Ayuntamiento acordó admitirla por el referido tiempo, bajo las condiciones expresadas, siempre que no haya persona que con los mismos requisitos y mejora en los precios comparezcan ante los mencionados señores, antes de que se verifique el remate que tendrá lugar el 14 de mayo próximo.

*Celebrado el remate el día 14 de mayo y no habiendo mejor postor, se adjudicó a D. Ramón León el abasto de carne a la población de Los villares, en las condiciones anteriores y por plaza de diez meses a contar desde este día.

 

miércoles, 26 de abril de 2023

DE LA RENTA DEL ORGANISTA JUAN DE MATA ESPEJO EN 1888

 

Tal día como hoy, el 26 de abril de 1888 el Obispo de la Diócesis de Jaén, Don Manuel María León González y Sánchez, estudiada la solicitud que le hace D. Juan de Mata Espejo Molina, de aumento de la asignación en el cargo de Organista de la parroquia de Los Villares y el informe del Cura párroco de la misma, comunicaba que no había lugar a dicho aumento.

 




Comentario a la Efemérides:

Con fecha 1 de abril de 1888, Don Juan de Mata Espejo Molina, Organista de la parroquia de San Juan Bautista de Los Villares, mandaba instancia, al Señor Obispo de la Diócesis, explicando que en esta parroquia los empleos de organista y sochantre estaban separados, y por ello la renta que recibía era exigua, por lo que suplicaba algún aumento en la renta que percibía.

Con fecha 24 de abril, el Visitador Eclesiástico D. Saturnino La Madrid, a propuesta del obispado emitía un informe en el que corroboraba que efectivamente la renta recibida por el Organista era muy exigua pero que había otros muchos en la misma situación; y que la Fábrica de la parroquia de Los Villares cuenta con unas existencias de 2.400 reales.

En vista de dicho informe, con fecha 26 de abril, el Obispo de la Diócesis D. Manuel María León González y Sánchez, denegó la solicitud de aumento de renta en el cargo de organista a D. Juan de Mata nombrar una Comisión compuesta por D. Manuel Gutiérrez, Segundo Teniente de Alcalde y por el Regidor D. Eleuterio Anguita para que de acuerdo con la Junta Pericial que así mismo la componen D. José de los Santos Gutiérrez y D. Plácido de Campos practique el repartimiento con exactitud basándose para ello en el amillaramiento de 1.854 Espejo Molina.

 

martes, 25 de abril de 2023

DE LA AUSENCIA DEL ESCRIBANO EN LOS VILLARES EN 1.792


Tal día como hoy, el 25 de abril de 1.792, tras la ausencia, de más de ocho días, del Escribano Alfonso de Peña, Escribano de número y Cabildo de esta Villa, el Concejo se reúne y tras valorar el grave perjuicio que está ocasionando al vecindario y al Ayuntamiento, acuerda se le aperciba caso de no presentarse urgentemente y corra por su cuenta los perjuicios que al Concejo y a sus vecinos, pueda ocasionar su ausencia.

Comentario a la Efemérides:

La ausencia de la Villa, más de ocho días, del Escribano de número y Cabildo, Alfonso de Peña, hacía imposible para el Ayuntamiento ver las cuentas de los Caudales públicos de Propios del pasado año del noventa y uno, así como también la imposibilidad de que ciertos documentos puedan continuar su curso a menos que el citado Escribano de Cabildo comparezca para dar los testimonios que en ellos se piden y tramite otras diligencias que ocurren en el día a día. Esta situación estaba provocando un grave perjuicio tanto a los vecinos interesados como al Ayuntamiento por la tardanza en el despacho de dichos documentos.

Por todo ello, el Concejo acordó dar conocimiento a Andrés García, Procurador del común para que notifique a dicho señor que, si en el preciso término de 24 horas no vuelve a esta Villa para hacerse cargo de su oficio y cargo y dar salida a cuantos documentos y Autos están pendientes, será apercibido corriendo de su cargo y cuenta de cuantos perjuicios pueda ocasionar tanto al vecindario como al propio Ayuntamiento.

*Alfonso Josef de Peña fue Escribano de Los Villares entre los años 1787 y 181

lunes, 24 de abril de 2023

DE LA CONSTRUCCIÓN DE LAS CASAS CAPITULARES EN 1.773

 

Tal día como hoy, el 24 de abril de 1.773, el arquitecto Manuel López presentaba, ante el Concejo el   proyecto de edificación de las Casa Capitulares de los Villares, detallado en un pliego con once condiciones técnicas y tres planos, cifrando el costo de la obra en 89.000 reales de vellón.

 





Comentario a la Efemérides:

Tras la adquisición en 1.767 de tres casas y un huerto, situadas en la Plaza  y pertenecientes al Convento de la Merced de Jaén, por las que se pagaron 7.600 reales de vellón para la construcción de unas nuevas Casas Capitulares, en 1769 el concejo determinó solicitar licencia al Real Concejo de Castilla para la construcción de las mismas, comprometiéndose a financiar las obras con el sobrante anual de las Rentas de los Propios. En 1.773 el Real Concejo de Castilla expedía la oportuna licencia por lo que el Concejo inició los trámites precisos para la redacción del proyecto y presupuesto de la obra que fue encargado a uno de los arquitectos más notables de Jaén, D. Manuel López.

El 24 de abril de 1.773 el arquitecto D. Manuel López presentaba el correspondiente proyecto de obras, detallado en un pliego, con once condiciones técnicas y tres planos, cifrando el coste de la obra en 89.000 reales de vellón.

De las once condiciones, a modo de ejemplo veamos estas tres:

-El edificio se haría frente a la parte superior y principal de la plaza. La fachada se haría de “cantería labrada a picón”, al igual que las fajas que guarnecen las puertas y ventanas y el resto se enfoscaría con mezcla de cal y arena cernida.

-Los dos suelos de los cuartos principal y segundo han de ser de madera de pino de la Sierra de Segura de resma de grueso y cuarta de ancha cada madera que ha de sentar de canto sobre sus soleras. Dichos suelos serán de bovedillas que no sean más anchas que de un pie, labrando los maderos por el canto con sus machetas y para liberar las maderas de que se pudran preservándolas de que las toque la cal, se sentarán con buen yeso.

-Sobre la cornisa de la puerta principal se ha de colocar un balcón de hierro de balaustre mazorcados y las puertas y ventanas del cuarto principal han de ser de pino moldadas y las del cuarto bajo y segundo de la misma madera enrabadas con su clavazón y herraje correspondientes, y todas las piezas incluyendo los tiros y mesillas de la escalera han de quedar guarnecidas de yeso negro y blanqueada la Sala de Ayuntamiento y las dos piezas de papeles.

 

 

 

 

domingo, 23 de abril de 2023

DE LA FUNDACIÓN DE LA CAPILLA DE NUESTRA SEÑORA DE LOS DOLORES EN 1.739.

 

Tal día como hoy, el 23 de abril de 1.739 D. Manuel de Campos y Garrote, ante el escribano D. Miguel Cipriano Fernández, firma el documento notarial mediante el cual se regula la fundación de la Capilla de Nuestra Señora de los Dolores y las cláusulas canónicas y jurídicas sobre la que se establece tan piadosa fundación.





Comentario a la Efemérides:

D. Manuel de Campos y Garrote era un acaudalado villariego que dedicó  buena parte de su fortuna personal  a promover en el pueblo el culto y la devoción a la Virgen de los Dolores.

El documento se firmó un 23 de abril de 1.739 ante el Escribano D. Miguel Cipriano Fernández, una vez obtenidas las licencias del obispo y el párroco.

Síntesis del documento:

“… En la Villa de Los Villares a veintitrés días del mes de abril de mil setecientos treinta y nueve, ante mí D. Miguel Cipriano Fernández, el Escribano público de número, Cabildo y Millones de ella y de los testigos Francisco Negrillo, Juan del Alcalde y Francisco Miguel Muñoz, pareció Manuel de Campos y Garrote, vecino de esta villa a quien doy fe conozco y dijo:

Que por cuanto tiene mucha devoción  a María Santísima de los Dolores, de que ha hecho una imagen, la cual ha costeado a sus expensas, como así mismo  otras dos la una de San Juan Evangelista y la otra de la mujer Verónica,  es su deseo se les dé su debida veneración en la iglesia parroquial de San Juan Bautista y hacerles una camarín y altar a su cuidado y solicitud, de que para ello se ha ganado licencia del Ilustrísimo Señor Obispo para que en el cuerpo de dicha iglesia pueda fabricar una camarín y altar como lleva dicho, con que se obligase por escritura pública a los reparos que por razón de ello se ocasionara en dicha iglesia a causa de los daños  que pueda sobrevenir por  ser preciso abrir mucha parte de la pared  sobre la que estriban las bóvedas del cuerpo de dicha iglesia y antes de que se ejecute dicha obra, primero se ha de registrar por peritos con intervención del prior de dicha iglesia, declarando si hay inconveniente en abrir dicha pared y habiéndose así  ejecutado por Salvador Moheno maestro de albañilería con asistencia de D. Francisco Gómez Ávila y Barragán, prior de dicha iglesia, el cual declaró ante mí no haber inconveniente ni perjuicio alguno,  ni que le sobrevenga daño a dicha iglesia a causa del rompimiento de dicha pared y fábrica de dicho altar y camarín. Y en virtud de dicha licencia y declaración y cumpliendo con lo mandado por la citada licencia, el otorgante, confesando como confiesa por cierta y verdadera la relación de esta escritura, otorgó que se obliga a fabricar dicho camarín y altar en dicha iglesia (…) Dio poder cumplido las Justicias y jueces de S.M. y que de esta causa puedan y deban conocer (…) Y así lo otorgó y firmó, ante mí.”

De acuerdo con lo estipulado se realizaron las obras. La capilla se abrió en el costado derecho, a la mediación de la nave. La entrada se dispuso en sencillo arco de medio punto. De planta rectangular de 2,30 por 4 metros, disponía de un reducido camarín; cubierto por bóveda de media naranja, donde se colocó a la Virgen de los Dolores. En los costados sobre repisas se pusieron las imágenes de San Juan Evangelista y de la Verónica. Una sencilla reja de madera cerraba la entrada, simbolizando así el derecho de patronato que D. Manuel de Campos adquiría sobre la capilla.

 

sábado, 22 de abril de 2023

DE LA HABILITACIÓN DEL ESCRIBANO DE NÚMERO Y CABILDO EN 1.782

 

Tal día como hoy, el 22 de abril de 1.782 el Concejo de Los Villares habilitaba a D. Diego de Campos como Juez y Escribano de Número y Cabildo, para sustituir a D. Juan Miguel de Molina, que había sido habilitado como Escribano de Número y Cabildo en la Villa y Corte de Madrid.




Desarrollo de la Efemérides:

En la Villa de los Villares a 22 de abril de 1.782 tras haber pasado a habilitarse de Escribano público y de Cabildo en la Villa y Corte de Madrid, D. Juan Miguel  de Molina, que era Juez y Escribano fiel de esta Villa, plaza que ostentaba en propiedad, el Concejo considera que ha de habilitarse a otra persona que supla su lugar y actividad. Habiéndoseles comunicado por el dicho D. Juan Miguel de Molina que para dicho cargo la persona más  preparada es Diego de Campos, el que se haya aprobado para dicho fin por Orden Superior y ser persona de toda integridad, El concejo acordó nombrar y nombró a D. Diego de Campos como Juez y Escribano fiel de Cabildo del Ayuntamiento de esta Villa que pueda practicar todas la diligencias concernientes a dicho oficio para lo cual le damos la facultad según y cómo por derecho se requiere y que pueda otorgar testamentos, escrituras, testimonios, despachos e inventarios como todo lo demás que convenga y sea necesario para la buena administración de Justicia de esta Villa y su común.

Y mandaron que enseguida se practique la aceptación que por derecho le corresponde y que dicha aceptación se una al Libro de Acuerdos de este Concejo, como corresponde.

 

 






viernes, 21 de abril de 2023

DE LA FUNDACIÓN DE LOS VILLARES EN 1539

 

Tal día como hoy, el 21 de abril de 1539 los alarifes, enviados por el Juez Ribadeneyra, regresaron al lugar de Los Majanos y comprobaron que allí podían trazarse 204 solares de 20X30 varas en torno a una plaza de 50 varas de forma cuadradas y junto a la plaza la iglesia, torre y sacristía de 41 varas.

 




Desarrollo de la Efemérides:

Tras inspeccionar distintos lugares para la ubicación de la población, entre otros, los llamados Colmenarejo, Haza Redonda, Cerro del Viento, Fuente de la Teja o las Moraledas, los alarifes dedujeron que el más adecuado era el lugar conocido como Los Majanos, situado encima de la casa de Los Villares (Casa de la Misericordia).

El día 21 de abril, los alarifes Juan Rodríguez de Requena y Sebastián Ruiz del Salto, regresaran a Los Majanos y comprobaran que allí se podían trazar 204 solares de 20X30 varas, en torno a una plaza cuadrada de 50 varas en la que estaría la iglesia, torre y sacristía.

El camino de Jaén podría actuar como calle principal o maestra. Había posibilidad de construir hasta tres molinos; la dehesa podría establecerse en las faldas de Jabalcuz y las viñas se podrían situar en las faldas de las Peñas del Contadero. El paso del río Eliche se podría salvar con un simple pontón de madera.

*Todas estas condiciones determinaron que el lugar escogido para el emplazamiento de la nueva población fuera el del paraje de Los Majanos.

 

jueves, 20 de abril de 2023

DEL ARREGLO DE LOS PONTONES DEL CANTÓN Y DE LA PRISCALEDA EN 1792

 

Tal día como hoy, el 20 de abril de 1792, por el Fiscal del Consejo de S.M., se concedía a la Justicia y Junta de Propios de Los Villares, la licencia para la reparación de los pontones denominados del Canto y Priscaleda y cuyo presupuesto ascendía a 4.404 reales de vellón.




Desarrollo de la Efemérides:

Tras la rotura de los pontones del Cantón y Priscaleda, a causa de las riadas del invierno, con fecha 29 de marzo de 1792, la Junta de Propios de Los Villares solicitaba al Intendente de Contaduría Provincial, licencia para su reparación explicando la necesidad de la misma por ser la salida a las tierras de labor de los vecinos de la villa. Junto a la solicitud adjuntaba informe de las obras a realizar, elaborado por don Diego Ramón Maroto, maestro de obras de la ciudad de Jaén y fiel del Jurado Alarifes.

El informe indicaba:

“…Que el pontón llamado del Cantón, salida para la Guardia, en la vereda Real, se halla uno de sus machones uno de él arruinado y la ruina se compone de doce varas cúbicas que precisan hacer de fábrica nueva con sillares de bastante tizón de la cantera de la dicha villa formando buen asiento en la tosca sobre el que está otro machón, macizando buena con buena mezcla con la mitad de arena todo el vano que han hecho las aguas en él…”.

Importa todo 1.780 reales de vellón.

“…Que el pontón de la Priscaleda, paso para las tierras de esta villa de los propios que llaman del Quejigar y demás tierras de labor. En este pontón se halla una cortina que le sirven de margen, media parte arruinada y otros pedazos por arruinar. Se necesita una cortina y muro de 14 varas de largo y 4 de alto, con cuatro pies de recio y se debe hacer en su amasamiento con la misma condición de piedra y mezcla como el de anterior pontón y hecho el cálculo de las 56 varas…”

Su importe 2.624 reales. 

Por el Intendente de la Contaduría Provincial, se informó así mismo al Fiscal del Real Consejo de que del estado de cuentas presentado, el Caudal de propios de la villa cuenta en la actualidad con 24,495 reales, lo que asegura que podrá hacer frente a importe total de las obras.

Visto el expediente y la situación económica del Caudal de Propios de la villa de Los Villares, con fecha 20 de abril de 1792 el Ilmo. Sr. don José Antonio Fita, Fiscal del Real Consejo de S.M. concedía la oportuna licencia a la Justicia y Junta de Propios para la pronta reparación de los pontones del Cantón y Priscaleda.




*El informe de las obras fue elaborado por Don Diego Ramón Maroto, maestro de obras de la ciudad de Jaén, quien intervino igualmente en el proyecto de obras de restauración de la parroquia.

*La Junta de Propios de Los Villares en 1792 estaba constituida por el alcalde Ordinario, Alonso de Mena y los Regidores Juan Pablo Rodríguez y Carlos Gutiérrez.

 

miércoles, 19 de abril de 2023

DEL LUGAR PARA ASIENTO DE LA NUEVA POBLACIÓN DE LOS VILLARES EN 1539

 

Tal día como hoy, el 19 de abril de 1539 los procuradores del Concejo de Jaén, Diego de Viedma y Pedro Ruiz de Vacas, presentaban una requisitoria ante el Juez, apelando al escrito que Alonso Arauz, procurador de los pobladores había presentado pidiendo no se escuchasen las pretensiones de la ciudad de Jaén sobre la ubicación de la nueva población en el paraje de las Moraledas, lugar elegido por el Juez Salvago cuando era el encargado del repartimiento, y que sin embargo Pedro Ruiz de Vacas le advirtió al licenciado Juan de Ribadeneyra no era el apropiado por ser un cortijo de la ciudad de Jaén.



Carlos I


martes, 18 de abril de 2023

DEL CAMBIO DE ALCALDE Y ESCRIBANO EN LOS VILLARES TRAS EL NUEVO GOBIERNO FRANCÉS EN 1.810.

 

Tal día como hoy, el 18 de abril de 1.810 tras la ocupación de Jaén por el invasor francés, el nuevo Gobierno francés en la provincia del Reyno de Jaén nombraba nuevos Empleos para regir el Ayuntamiento de Los Villares, en lugar de los que había en ese momento

 





El Edicto decía así:

            “El Señor Gobernador Sirviente del Reino de Jaén:

Hago saber al Concejo y demás vecinos de la villa de los Villares, como por el presente nombro para que ejerzan los empleos de Alcaldes en lugar de los que hoy día lo son, a Juan Miguel de Campos de primera vara a Alfonso José de Peña de segunda y por escribano  interviniente último que lo es y ejerce la jurisdicción a Pedro del Alcalde Anguita a cuyas personas se pondrán en posesión a cada uno en sus respectivos empleos cumpliendo con sus obligaciones bajo toda responsabilidad y las disposiciones que estos diesen serán obedecidas en todas sus partes bajo la pena de ser castigados con arreglo a su inobediencia. Dado en Jaén a 18 de abril de 1.810.

El Coronel Gobernador General de Jaén”.









 

 

lunes, 17 de abril de 2023

DEL COBRO DE LAS ALCABALAS AL MARQUÉS DE LOS TRUJILLOS EN 1695

 

Tal día como hoy, el 17 de abril de 1695, Don Felipe de Civantos informaba al Concejo de Los Villares, de la imposibilidad del pago de las alcabalas correspondientes al año 1694, al Marqués de los Trujillos.

 


Desarrollo de la Efemérides:

El 17 de abril de 1695, D. Felipe de Civantos, Regidor del Concejo de Los Villares, informaba a los Señores del Concejo, Justicia y Regimiento de la villa, que, tras desplazarse a la ciudad de Granada a cobrar el encabezamiento de la Alcabala del Cerro del Viento, correspondiente al año pasado de 1694 y pendiente de pago por el su Señoría el Marqués de los Trujillos, ni dicho Señor ni su Administrador se encontraban en la ciudad, por lo que le fue imposible cobrar dicha contribución.

*El Marquesado de los Trujillos es un título nobiliario español, creado por el rey Felipe IV en 1627 a Favor de Antonio Álvarez de Bohorques y Girón. Su nombre se refiere a la localidad granadina de Trujillos.

*Los Villares estuvo bajo la jurisdicción del Marquesado de los Trujillos, entre 1629 y 1643.

domingo, 16 de abril de 2023

DE LA VENTA DE TIERRAS PARA OBTENER FONDOS EN 1750

 

Tal día como hoy, un 16 de abril de 1750, el Concejo de Los Villares, acordaba vender tierras del Caudal de Propios para satisfacer los gastos urgentes de esta villa.







Desarrollo de la Efemérides:

Un 16 de abril de 1750, el Concejo de Los Villares a saber Juan Alfonso Malo de Molina y Tomás del Alcalde, Alcalde Ordinarios y  Simón de Mena y Fernando Morales, Regidores, personas que  lo componen acordaron que por Pedro de Gámez, Mayordomo de los Propios y Rentas de este Concejo, se vendan treinta fanegas de tierras de dicho Caudal al precio de veinte reales de vellón, cada una, que es el corriente en esta Villa, por carecer de fondos y así poder pagar y satisfacer los gastos que urgen a este Concejo.

sábado, 15 de abril de 2023

DE LA PRIMERA PROCESION DE SEMANA SANTA TRAS LA PÉRDIDA DE IMÁGENES DURANTE LA GUERRA CIVIL.

 

Tal día como hoy, el 15 de abril de 1.949, procesionaba por primera vez, tras la interrupción por la pérdida de imágenes en la Guerra Civil, la imagen de la Virgen de los Dolores en la Semana Santa villariega.







Desarrollo de la Efemérides:

Tras la pérdida de las imágenes del templo parroquial durante la Guerra Nacional, hubo un largo periodo en el que la celebración de la Semana Santa en su aspecto externo quedó muy limitada.

En el año 1.949 un grupo de vecinos encabezado por el entonces Alcalde D. Joaquín Tuñón y el industrial D. Antonio Molina aunaron esfuerzos y consiguieron la colaboración de algunos amigos de la capital que prestaron ayuda y elementos para organizar las procesiones. El giennense D. Alfonso Amate García regaló un trono para la Virgen de los Dolores y facilitó la asistencia de la Banda de la Cruz Roja. Especial lucimiento tuvo la procesión de la Soledad que salió a las diez de la noche del Viernes Santo y permaneció en la calle hasta el incio de la madrugada.

El entusiasmo fue general y se hicieron ambiciosos proyectos para organizar en lo sucesivo la Semana Santa  con mayor esplendor pero no cuajaron aquellos proyectos y la Semana Santa volvió a celebrarse con su esquema tradicional.

*Hemos de significar que este año 2017, se cumple así mismo, el 280 aniversario de la llegada de la imagen de la Virgen de los Dolores a Los Villares, y que el Viernes Santo de ese año de 1737, salía por primera vez en procesión, junto a la imagen de la Verónica. Fueron las dos primeras imágenes que procesionaron en la historia de la Semana Santa villariega.

 

viernes, 14 de abril de 2023

DE LOS PRIMEROS TRABAJOS PARA SITUAR LA NUEVA POBLACIÓN DE LOS VILLARES EN 1.539

 

Tal día como hoy, el 14 de abril de 1.539, comenzaban los primeros trabajos de reconocimiento de los lugares de la sierra para encontrar el lugar adecuado donde trazar la nueva población.



Carlos I


Comentario de la efemérides:

Tras el auto del rey Carlos I en agosto de 1.536 y la cédula dictada en marzo de 1.538, en marzo de 1.539 se nombraba al Juez Juan de Rivadeneyra, vecino de Madrid, para que se hiciese cargo de los trabajos de fundación de la nueva población, sustituyendo al Juez Gerónimo Bustamante de Herrera, acusado de parcialidad. A primeros de abril el Juez Rivadeneyra llega a Jaén, y el 14 de abril sale de Jaén acompañado del escribano Juan Vázquez y los medidores Juan Molina, Alonso Hernández, Antón López, Cristóbal Ruiz y Marcos Pérez y se marcharon a la Sierra para buscar el lugar adecuado donde situar la nueva población, estableciéndose en la conocida como Casa de la Misericordia en Los Villares, como lugar desde el cual llevar a cabo sus trabajos.

 

jueves, 13 de abril de 2023

DEL EDICTO SOBRE EL CUIDADO DE LOS CERDOS EN LOS VILLARES EN 1789

 

Tal día como hoy, el 13 de abril de 1789, el Concejo de Los Villares publicaba un Edicto que era fijado en los lugares acostumbrados de la villa, con el objeto de evitar el desorden que existía en el cuidado y cría del ganado de cerda entre los vecinos y los perjuicios en las siembras y en la salud pública.





Desarrollo de la Efemérides:

En la villa de Los Villares a 13 de abril de 1789 en reunión del Concejo, Justicia y Regimiento de ella, por los Síndicos y Diputados del Común, se dijo que atendiendo a las obligaciones que a cada uno les asiste, se sienten obligados a procurar con el mayor esmero todo cuanto sea favorable y útil al vecindario para lo cual consideran todos y cada uno que es necesario haya en esta población persona encargada por el Concejo a cuyo cuidado se pongan y estén todos los ganados de cerda que hubiere en este vecindario para que éste los cuide y custodie por su cuenta, pagándole por cada cabeza de ganado un precio proporcionado, justo y equitativo, tanto para los vecinos, como al ganadero que se ponga y encargue en este cuidado de forma que pueda mantenerse como corresponde.

Qué esta disposición evitará se produzca el desorden y poca guarda de las siembras y heredades; por otro lado es bien conocido que, en la mayoría de los casos estos animales se custodian por niños que deberían estar en la escuela o con sus padres o tutores, ocupaciones propias de su edad; y generalmente en el cuidado de estos ganados por su edad de ninguna forma pueden evitar que coman y destrocen todas las siembras y heredades del término, por lo que son continuadas las quejas de los hacendados y demás vecinos. Así mismo que deambulen por las calles con el consiguiente perjuicio para la salud del vecindario.

Por lo tanto, a fin de contener el prenotado desorden y que éste tenga el debido arreglo, acordaron, que de manera inmediata se ponga un sujeto que se encargue en la guarda y custodia de todo el ganado que hubiese de esta especie en el casco del pueblo, a quien ha de obligarse a satisfacer los daños y pérdidas que éstos causen y que se guarde dicho ganado en la campiña. Que esta disposición se haga pública por medio de un Edicto y que se elija persona que se ajusta con las condiciones convenientes que se propongan por la Justicia. Que en el día de hoy  ha de hacerse público un Edicto, fijado en el lugar de costumbre,  para que todos los vecinos que tengan estos animales, los procuren entregar al ganadero donde se ordene.