jueves, 30 de abril de 2020

DE LA EDUCACIÓN EN LOS VILLARES EN 1794


Tal día como hoy, el 30 de abril de 1794, el Concejo de Los Villares acordó se hiciese si demora el repartimiento de los 50 ducados que corresponden pagar a los padres de los alumnos de la escuela de primeras letras de la villa.



















Desarrollo de la Efemérides:

En la villa de Los Villares el 30 de abril de 1794 los Señores que componen el Concejo, Justicia y Regimiento de ella, reunidos en las Salas Capitulares, acordaron que sin demora se hiciera la prorrata de los 50 ducados con que deben contribuir los padres de los niños que hay en este pueblo desde la edad de diez años hasta la de cinco, los cuales según la lista de todos los que han de comprender por sus mercedes hacen el número de 50 niños.

Así mismo, consideraron se satisfagan por un año: los diez que se hallan escribiendo hasta ahora, quince reales cada uno; y los restantes cuarenta que se consideran de leer a diez reales cada uno.
Según este cálculo se completaba la cantidad  que se le debía exigir respectivamente por tercios a los referidos  padres, según lo determinado por el señor Intendente, esto sin perjuicio de la justa determinación que acaso pueda decidirse por el Real Consejo, si hubiese reclamación por alguna de las partes.

*En el año 1794 el maestro de primeras letras de Los Villares era don Juan Miguel de Campos Armenteros. La asignación anual del maestro era de 130 ducados, de los cuales el Caudal de Propios de la villa pagaba 80 ducados y las familias los restantes 50 ducados. La escuela estaba situada en los bajos del Ayuntamiento.

La clase contaba en torno a setenta alumnos de los cuales unos veinte estaban exentos de contribuir por pertenecer a familias pobres y el resto, los cincuenta, recogidos nominalmente en el repartimiento, lo hacen en función de su nivel educativo.


miércoles, 29 de abril de 2020

DE LOS NUEVOS IMPUESTOS A LAS TIENDAS DE COMESTIBLE Y TABERNAS EN 1816


Tal día como hoy, el 29 de abril de 1816, el Ayuntamiento de  Los Villares comunicaba a los propietarios de tiendas de comestibles y taberna de la población del nuevo impuesto  de 100 reales anuales que habrán de abonar en el plazo de seis días o cerrar los establecimientos.






















Desarrollo de la Efemérides:

En la villa de Los Villares a 29 de abril de 1816, estando en la Sala Capitular de esta los Señores Pedro del Alcalde y Juan Lucas Higueras, Alcaldes Ordinarios; Basilio Parra y Andrés García, Regidores; Carlos del Alcalde y Juan de Siles Herrador, Diputados; Antonio Araque y Martín Herrador, Síndicos Personal y Personero, personas que  componen el Ayuntamiento de la villa, en base a la circular de 8 de abril corriente del Señor Intendente de esta provincia con el Plan de Activos que les acompaña de 3 de julio del año pasado de 1815, sobre el impuesto de 100 reales sobre almacenes y tiendas, en consideración a los que hay en esta villa procedieron a hacer sus mercedes la clasificación de ellos que es la siguiente:

A) Tiendas de comestibles:
- Vicente Ruiz;  -Segunda de Campos y -Francisco Muñoz.
B) Tabernas:
-Juan Sebastián Galán; -Diego Samaniego; y -Antonia Estrella.

Siendo estas las única personas que hay en esta villa de las comprendidas en el referido Plan a las que se les comunicará inmediatamente el referido impuesto, debiendo poner en poder de los referidos Alcaldes, los cien reales cada contribuyente en el término de seis días y si en lo sucesivo no les acomodare continuar, cierren sus tiendas o puestos, pues de lo contrario e procederá según haya lugar.


martes, 28 de abril de 2020

DEL NOMBRAMIENTO DEL COBRADOR DEL IMPUESTO DE PAJA Y UTENSILIOS EN 1781


Tal día como hoy, el 28 de abril de 1781, el Concejo de Los Villares nombraba como cobrador del Repartimiento extraordinario de contribuciones de Paja y utensilios, camas, luz y lumbre para la tropa de Caballería y Dragones, a Juan Ramos Milla.












Desarrollo de la Efemérides:

En la Villa de Los Villares a 28 de abril de 1781 los Señores del Concejo, Justicia y Regimiento de ella reunidos en la Sala Capitular,  habiéndoseles  comunicado por el Intendente de la ciudad de Jaén y de  su partido, un carta orden para que se lleve a cabo el repartimiento extraordinario de contribuciones de Paja y utensilios, camas luz y lumbre para la tropa de Caballería y Dragones que existe en los cuatro Reinos de Andalucía,  repartimiento ya extendido y remitido a la Contaduría de Propios y devuelto al Concejo con la aprobación correspondiente, siendo necesario se nombre una persona que proceda a su cobranza y que haga los pagos competentes en la Tesorería de dichos efectos en Jaén, nombraron por cobrador de dicho repartimiento, a Juan Ramos Milla, vecino de esta villa a quien se le notificó para su aceptación.

lunes, 27 de abril de 2020

DE DISTINTOS PAGOS POR EL CONCEJO DE LOS VILLARES EN 1.760


Tal día como hoy, el 27 de abril de 1.760 el Concejo de Los Villares libraba en poder de Juan de Morales, Mayordomo de Propios y Rentas un total de trescientos veintiún reales y catorce maravedís de vellón realizar entre otros los siguientes pagos:













Pagos realizados:

*Treinta reales y catorce maravedís en papel de diez cuartos, de oficio y blanco para las dependencias de dicho Concejo.

*Ocho reales pagados a dos albañiles que fueron a reconocer el sitio para la cañería de la fuente de los Torcales.

*Cuarenta y ocho reales y siete maravedís, gastados en una portera de madera con una cara de ella tapada con una chapa de hierro para la puerta de la capilla del horno de propios, en la que se incluye además una porción de sal que se echó debajo de la losa primera.

*Doce reales que se pagaron a la persona que se desplazó a la ciudad de Granada a ver al Señor Intendente con los Repartimientos, amillaramientos y cartas de pago para saber si a esta Villa le correspondía el perdón de algún tercio del impuesto.

*Catorce reales que se pagados por unos zapatos que se hicieron para el Alguacil Mayor de este Villa por ser muy pobre y no poderlo hace él.

*Ciento nueve reales y diecisiete maravedís en el Comisario y los tres milicianos de esta Villa que han asistido a la Asamblea celebrada en el presente mes en la ciudad de Jaén, como en comprar unos zapatos para uno de los milicianos, ponerles a los fusiles el nombre de esta Villa, darles de comer algunos días y trabajo de dicho comisario por  el tiempo de dicha Asamblea.


domingo, 26 de abril de 2020

DE LA RENTA DEL ORGANISTA JUAN DE MATA ESPEJO EN 1888


Tal día como hoy, el 26 de abril de 1888 el Obispo de la Diócesis de Jaén, Don Manuel María León González y Sánchez, estudiada la solicitud que le hace D. Juan de Mata Espejo Molina, de aumento de la asignación en el cargo de Organista de la parroquia de Los Villares y el informe del Cura párroco de la misma, comunicaba que no había lugar a dicho aumento.

Armonio actual de la parroquia


















Comentario a la Efemérides:

Con fecha 1 de abril de 1888, Don Juan de Mata Espejo Molina, Organista de la parroquia de San Juan Bautista de Los Villares, mandaba instancia, al Señor Obispo de la Diócesis, explicando que en esta parroquia los empleos de organista y sochantre estaban separados,  y por ello la renta que recibía era exigua, por lo que suplicaba algún aumento en la renta que percibía.

Con fecha 24 de abril, el Visitador Eclesiástico D. Saturnino La Madrid, a propuesta del obispado emitía un informe en el que corroboraba que efectivamente la renta recibida por el Organista era muy exigua pero que había otros muchos en la misma situación; y que la Fábrica de la parroquia de Los Villares cuenta con unas existencias de 2.400 reales.

En vista de dicho informe, con fecha 26 de abril, el Obispo de la Diócesis D. Manuel María León González y Sánchez, denegó la solicitud de aumento de renta en el cargo de organista a D. Juan de Mata  Espejo Molina.

sábado, 25 de abril de 2020

DEL SORTEO DE LOS VOCALES ASOCIADOS EN EL AYUNTAMIENTO EN 1.915.


Un 25 de abril de 1.915 bajo de presidencia del Alcalde D. Pedro Herrador Palacios se reúne la Corporación Municipal para llevar a cabo el sorteo entre los contribuyentes del Municipio que serán proclamados Vocales Asociados de este Ayuntamiento para la constitución de la Junta Municipal para el presente año.


















Desarrollo de la Efemérides:

Un 25 de abril de 1.915 bajo la presidencia del Alcalde D. Pedro Herrador Palacios, reunida la Corporación Municipal en la Sala Capitular de este Ayuntamiento:

-Por el Presidente se ordena que se dé a la Voz Pública desde el Balcón de la Sala Capitular, se dieran las voces de Ley anunciando que iba a proceder el sorteo de Vocales Asociados que conjuntamente con el Ayuntamiento iban a formar la Junta Municipal para el corriente año.  Hecho esto se dispuso se pusiera sobre la mesa de la Presidencia una urna en la que se colocaran tantas papeletas como mayores contribuyentes hallan en la primera sección, y una vez colocadas y movidas, se procedió a la extracción de tres papeletas que resultaron ser la de D. Dionisio Cabrera Moreno, D. Juan Delgado Peña y D. Juan Francisco Herrador Mármol. Por el mismo procedimiento se sortearon los contribuyentes de las otras secciones del municipio resultando por la segunda sección, D. Miguel Toribio Cabrera, D. Antonio Molina Berrío y D. Pablo Gallardo Herrador; por la tercera sección,  D. Dionisio Delgado Peña, D. Francisco Hernández Jiménez y D. Serafín Hidalgo Sabariego y por la cuarta D. Eleuterio Rueda Medina y D. Mateo Ruiz Palacios. 

Hecho el sorteo, se acordó se publicase en el Boletín Oficial por término de ocho días, para las reclamaciones pertinentes en base al art. 68 de la Ley Municipal.


*LA JUNTA MUNICIPAL DE ASOCIADOS era una institución formada por los concejales y una asamblea de vocales asociados, elegidos por sorteo entre los vecinos, cuyas competencias eran la aprobación de presupuestos y la creación y establecimientos de arbitrios municipales.

viernes, 24 de abril de 2020

DE LA CONSTRUCCIÓN DE LAS CASAS CAPITULARES EN 1.773


Tal día como hoy, el 24 de abril de 1.773, el arquitecto Manuel López presentaba, ante el Concejo el   proyecto de edificación de las Casa Capitulares de los Villares, detallado en un pliego con once condiciones técnicas y tres planos, cifrando el costo de la obra en 89.000 reales de vellón.



















Comentario a la Efemérides:

Tras la adquisición en 1.767 de tres casas y un huerto, situadas en la Plaza  y pertenecientes al Convento de la Merced de Jaén, por las que se pagaron 7.600 reales de vellón para la construcción de unas nuevas Casas Capitulares, en 1769 el concejo determinó solicitar licencia al Real Concejo de Castilla para la construcción de las mismas, comprometiéndose a financiar las obras con el sobrante anual de las Rentas de los Propios. En 1.773 el Real Concejo de Castilla expedía la oportuna licencia por lo que el Concejo  inició los trámites precisos para la redacción  del proyecto y presupuesto de la obra que fue encargado a uno de los arquitectos más notables de Jaén, D. Manuel López.

El 24 de abril de 1.773 el arquitecto D. Manuel López presentaba el correspondiente proyecto de obras, detallado en un pliego, con once condiciones técnicas y tres planos, cifrando el coste de la obra en 89.000 reales de vellón.

De las once condiciones, a modo de ejemplo veamos estas tres:
-El edificio se haría frente a la parte superior y principal de la plaza. La fachada se haría de “cantería labrada a picón”, al igual que las fajas que guarnecen las puertas y ventanas y el resto se enfoscaría con mezcla de cal y arena cernida.
-Los dos suelos de los cuartos principal y segundo han de ser de madera de pino de la Sierra de Segura de resma de grueso y cuarta de ancha cada madera que ha de sentar de canto sobre sus soleras. Dichos suelos  serán de bovedillas que no sean más anchas que de un pie, labrando los maderos por el canto con sus machetas y para liberar las maderas de que se pudran preservándolas de que las toque la cal, se sentarán con buen yeso.


-Sobre la cornisa de la puerta principal se ha de colocar un balcón de hierro de balaustre mazorcados y las puertas y ventanas del cuarto principal han de ser de pino moldadas y las del cuarto bajo y segundo de la misma madera enrabadas con su clavazón y herraje correspondientes, y todas las piezas incluyendo los tiros y mesillas de la escalera han de quedar guarnecidas de yeso negro y blanqueada la Sala de Ayuntamiento y las dos piezas de papeles.




jueves, 23 de abril de 2020

DEL NOMBRAMIENTO DEL FIEL DE FECHOS DE LOS VILLARES EN 1793


Tal día como hoy, el 23 de abril de 1793, el Concejo de Los Villares nombraba Fiel de Fechos de la villa a Diego de Campos y Barranco.



















Desarrollo de la Efemérides:

En la Villa de Los Villares a 23 día del mes de abril de 1793, reunido el Concejo, a saber los Señores Ignacio Raya y Fernando Ruiz, Alcaldes Ordinarios; Antonio Molina Madueño, Regidor; Andrés García y Pedro Martínez, Diputados de su común; Justo Moreno y Manuel Cobo, Síndicos General y Personero; dijeron que no existiendo en la actualidad Fiel de Fechos nombrado para las ausencias y enfermedades del Escribano de la Villa deberían encontrar y nombrar una persona para este empleo y debatido el tema y pasado a votación,  decidieron nombrar como tal a Diego de Campos Barranco que obtuvo seis votos, mientras que el propuesto Ramón Nieto, obtuvo un solo voto.
*Don Diego de Campos Barranco, cuyos orígenes hay que buscarlos en el lugar de Jamilena, se casó con la villariega Teresa Armenteros, de cuyo matrimonio vino al mundo de Don Juan Miguel de Campos Armenteros, maestro y Secretario del Ayuntamiento, sin duda el villariego más culto y preparado del primer tercio del siglo XIX.


miércoles, 22 de abril de 2020

DEL NOMBRAMIENTO DE ESCRIBANO EN 1782


Tal día como hoy, el 22 de abril de 1782, el Concejo de los Villares, tras el cese como Escribano del Cabildo, Don Juan Miguel de Molina, nombraba a Diego de Campos, nuevo Escribano público de Número y Cabildo de la Villa.



















Desarrollo de la Efemérides:

Tras el cese de D. Juan Miguel de Molina como Juez y Escribano fiel de Número y Cabildo de Los Villares, que lo es en propiedad, y que  había pasado a habilitarse de Escribano público de Número y Cabildo a la Villa y Corte de Madrid, el Concejo necesitaba nombrar persona que lo sustituyera. Es el propio D. Juan Miguel de Molina, quien aconseja al Concejo, que la persona que puede desempeñar este cargo es Diego de Campos, en ese momento Escribano fiel del Pósito de Pan y maravedíes,  persona que tiene aprobado este empleo por Orden Superior, y considerada entre el vecindario  de toda integridad.


En base a estas recomendaciones el Ayuntamiento nombró como Escribano Fiel de Fechos, para que atienda los asuntos y diligencias del Cabildo y Ayuntamiento de esta Villa al referido D. Diego de Campos para que pueda practicar todas la diligencias concernientes a dicho oficio para lo cual le dieron la facultad, según y cómo por derecho se requiere, para que pueda otorgar testamentos, escrituras, testimonios, despachos e inventarios como todo lo demás que convenga y sea necesario para la buena administración de Justicia de esta Villa y su común; reflejando dicho Acuerdo y aceptación en el  Libro de Acuerdos de este Concejo.


martes, 21 de abril de 2020

DEL AYUNTAMIENTO REPUBLICANO SURGIDO EN ABRIL EN 1.931


Tal día como hoy, el 21 de abril, se constituía el Ayuntamiento Republicano surgido en las últimas  Elecciones Municipales el 12 de abril de 1.931, una vez publicado en el Boletín Oficial de la provincia de 19 de abril.



















Desarrollo de la Efemérides:

Un 21 de abril de 1.931, se constituía el Ayuntamiento Republicano elegido en las últimas Elecciones Municipales del 12 de abril de 1.931, una vez publicado en el Boletín Oficial de la provincia de 19 de abril. Tras la votación de los concejales electos sale elegido:

 Alcalde: D. Genaro Medina Peinado (6 votos).

1º T. de Alcalde: Dionisio Cabrera Callejón (5 votos).
  
2º T. de Alcalde: D. Miguel Hidalgo García (5 votos).

Concejales: Águedo Castro Fuentes, Juan José Cabrera Medina, Ángel Martínez Peña, Mateo  Molina Herrador,  José Gutiérrez Molina,  Juan Miguel  Palacios Higueras, Segundo López Rama, Manuel Higueras Ramos y Antonio Echevarría Sánchez.


*Así quedaba constituido el primer Ayuntamiento en Los Villares de la 2ª República. 

lunes, 20 de abril de 2020

DE DISTINTOS PAGOS DEL CONCEJO EN 1744


Tal día como hoy, el 20 de abril de 1744, el Concejo de Los Villares libraba en poder de Manuel de Alamedas, Mayordomo de los Propios y Rentas, 534 reales y 12 maravedíes de vellón, que de su parte se habían gastado.











Desarrollo de la Efemérides:

En la Villa de Los Villares el 20 de abril de 1.744 los señores del Concejo de esta Villa Francisco Esteban García y Juan de la Fuente, Alcaldes Ordinarios y Francisco de Molina y Juan Vicente Moreno, Regidores,  reunidos en las Sala Capitulares libraban en poder de Manuel de Alamedas Mayordomo de los Propios y Rentas de esta Concejo quinientos treinta y cuatro reales y doce maravedís de vellón. De entre ellos destacamos:

-85 reales que importó los gastos que se ofrecieron en un aleo para exterminio de zorros y lobos  que se ha hecho en el sitio de la Pandera por las muchas quejas que se recibían por los dueños del ganado que allí pasta. Así en la carne, pan y vino que se les llevó a la gente de dicho sitio como en el que se hizo antes de ir y volver a esta Villa y la pólvora que se les dio.

 -72 reales y  12 maravedís que tuvo de costo la cera  que se trajo para los capitulares y demás individuos del Concejo para asistir a las procesiones de Semana Santa, en velas de doce horas.

-68 reales que se hizo de gasto en el recibimiento de la Santa Bula de la Cruzada en este presente año por haber concurrido el Concejo y otras personas a la asistencia del Padre Predicador y Notario y  el gasto que se ofreció a las caballerías que traían.

-9 reales que se gastaron en yeso y manufacturas en poner el portón del corral del horno por el maestro albañil  Francisco de Cárdenas.

-39 reales que se dieron al Síndico para parte de los derechos en el pleito con D. Francisco de Haro sobre el deslinde del Cortijo que linda con lo Realengo, para dar al abogado que lo defiende.

-56 que se han gastado en diferentes veces y ocasiones que el Concejo se ha desplazado a la ciudad de Jaén para resolver asuntos  y en diferentes informes que se le han ofrecido.

-5 reales que importó la comida que se dio a un preso que estuvo en la cárcel de esta Villa.

-59 reales  que importaron los derechos de unos señores que vinieron para poner las piedras del molino, hacer un árbol para la tolva y una canaleja; aladrero, y peones que se ocuparon con el yeso en poner las piedras del molino y del cubo.



domingo, 19 de abril de 2020

DEL ACUERDO Y CONDICIONES EN LA CONTRATACIÓN DE UN MÉDICO EN LOS VILLARES EN 1.804


Tal día como hoy, el 19 de abril de 1.804, el Concejo de Los Villares, acordaba con el Médico D. Cipriano Pérez Baylón, un contrato para que el mismo se incorpore a esta Villa a mediados de mayo, hasta la resulta del concurso de la plaza de Médico Titular atendiendo a una serie de condiciones.















Comentario a la Efemérides:

El 19 de abril de 1.804 ante mí Alfonso Josef de Peña, Escribano del Concejo de Los Villares, se reunían los Señores del Concejo, con el Médico D. Cipriano Pérez Baylón, Médico Titular de Arenas del Rey, con quien el Síndico Personero de este Concejo Juan Miguel de Mena Campos había llegado a un arreglo en las condiciones para el desempeño de su cargo en esta Villa,  comprometiéndose el Doctor a mudarse a esta Villa a mediado de mayo próximo. El acuerdo contiene las siguientes condiciones:

1ª Que el sueldo de la Plaza actual de Médico en esta Villa es de trescientos Ducados por común y cuenta del Caudal de Propios.

Así mismo  se obliga dicho Médico a visitar hasta la resulta del expresado concurso a todos los vecinos en sus dolemas dentro de esta población hasta la hora de las Ánimas en cada día y los que quisieran a deshoras, han de satisfacer la incomodidad y los que quieran ser visitados en casas de campo también ha de pagar lo que ajuste.

3º Igualmente es el cargo de este Concejo proporcionar alojamiento al expresado facultativo sin interés alguno, por ahora hasta la resulta del expresado concurso.

4º Que se ha de permitir salga a los pueblos inmediatos el referido Dr. Cipriano si acaso le buscasen para algún enfermo con tal que no lo hayan requerido en esta Villa y que su ausencia no exceda del día. Y si en esta circunstancia de interinidad sigue todo el año, se le dan diez días para que los use sueltos a su antojo no teniendo enfermos a su cuidado en el pueblo.

5º Por último es condición que desde ahora hasta el día 15 del próximo mes de mayo vuelva al pueblo de Arenas de Rey para resolver sus particulares y traer a la familia a éste, para cuyos costos se le adelantarán mil reales que se le entregan a cuenta de su sueldo.







Y ante mí Alfonso Josef de Peña firmaron el acuerdo los Señores del Concejo y el dicho Doctor D. Cipriano Pérez Baylón.