
Desarrollo de la
Efemérides:
En la Villa de Los Villares, el 4 de mayo de 1.890 se
reunían los señores del Ayuntamiento, en las Salas Capitulares, bajo la
presidencia del Alcalde D. Luis Molina
Luque, para acordar los precios que ha de fijarse para la subasta de los
derechos de consumo y abastos con venta al por menor en las especies de aceites, vinagres,
alcoholes, carnes de cerdo en fresca y salada y sal común, sean los siguientes:
-Cada libra, o sea 53 centilitros de aceite al precio medio
que tenga el mismo en el Boletín Oficial de la provincia para cada mes.
-Cada cuartillo, o sea medio litro de vinagre a diez y nueve
céntimos de peseta.
-Cada cuartillo de vino a 20 céntimos de peseta.
-Cada cuartillo de aguardiente, que no ha de pasar 18 grados de fuerza, a 48
céntimos de peseta.
-Cada libra, o sea 460 gramos de tocino fresco a veinticinco
céntimos de peseta.
-Cada libra de lomo en fresco a una peseta.
-Cada libra de carne fresca de cerdo a ochenta y cinco
céntimos de peseta.
-Cada libra de embutido fino, o sea chorizo y morcilla a una
peseta y cincuenta céntimos.
-Cada libra de manteca blanca a una peseta.
-Cada libra de pajarilla a cuarenta y cinco céntimos de
peseta.
-Cada libra de tocino añejo y blanco a una peseta y diez
céntimos.
-Cada libra de magra fresca a tres pesetas.
-Cada libra de magra entrevesada a una peseta y cincuenta
céntimos.
-Cada libra de manteca en pan a una peseta y cincuenta
céntimos.
-Cada cuartillo, o sea catorce centilitros de sal común a
diez y ocho céntimos de peseta.
*Una LIBRA equivalía a unos 453 gramos.
*Un CUARTILLO equivalía a 0’5125 litros (aproximadamente medio litro).
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