Desarrollo de la Efemérides:
En Los Villares un 8 de abril de 1.737 el Concejo, a
saber los Señores Francisco García y
Cristóbal de Molina Rueda, Alcalde Ordinarios y Juan Ramírez y Andrés Felipe
Rodríguez, Regidores, atendiendo a la
estrechura económica por la que pasaba acordó que todos los vecinos de ella como
forasteros que vienen a moler granos del molino de propios de este Concejo,
deben acudir a registrar el trigo, cebada y demás granos que llevasen a moler a
este dicho molino o a cualquiera de los
otros, ante el Escribano, pena de dos
ducados y diez días de cárcel si así no lo ejecutase.
Así mismo acordaron que cualquier vecino que se preste a
sacar algunos granos, destruyera otros o no fuera a registrarlos como se ha
dicho y no diese cuenta, será castigado bajo pena de cuatro ducados y diez días
de cárcel, y a aquel vecino que sabiendo del hecho lo denuncie se le premiará
con la tercera parte de ello sea para el denunciador o quien diere cuenta.
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