
Desarrollo de la
Efemérides:
En la villa de Los
Villares a 9 de abril de 1804, los Señores Alonso de Mena y Marcelino Sánchez,
alcaldes Ordinarios de ella; Juan José Parra y Diego Negrillo Regidores;
Antonio Molina Madueño y D. Jorge Barragán Diputados de Abastos con Juan de
Siles y Don Juan Miguel de Campos, Síndico General y Personero del común de
estos vecinos, estando juntos en su Sala Capitular por el Síndico Personero por este Ayuntamiento le
hizo presente las Diligencias que para ello ha practicado en desempeño de su
cargo y el acuerdo de contrato con el doctor don Cipriano Pérez Baylón, Médico
Titular de la villa de Arenas del Rey a
mudar su residencia a esta villa y a estar con fija vecindad en ella desde
mediados de Mayo próximo y estando presente dicho médico para el acto de su contrata, se firmó el
mismo en base a las siguientes condiciones:
a) Que atendiendo a ser la dotación actual de la plaza de
médico de esta villa sólo 300 ducados de su común y 50 ducados de su Caudal de
Propios, con lo que de ningún modo puede mantenerse dicho facultativo, así por
la carestía de víveres como por la decencia necesaria a su estado lo que en concepto de este
Ayuntamiento es evidente, por ello se comprometen a elevar un recurso al Real y
Supremo Consejo, con la debida justificación de dicho motivo e igualmente de la
notoria pobreza del vecindario, se conceda
a dicho médico 300 ducados anuales del Caudal de Propios, con la sola
obligación de residir en esta villa y asistir a los pobres sin interés alguno,
cobrando de los demás vecinos cuando tengan dolencias por ser este medio el más
deseado de todo el común y mientras se logra del Supremo Tribunal dicha
Resolución, el citado D. Cipriano se comprometen a cuidar de la Salud Pública
en las condiciones actuales.
b) Así mismo se obliga dicho médico hasta el resultado de
dicha Resolución a visitar a todos los
vecinos en sus dolencias dentro de esta población hasta la hora de ánimas de
cada día y si lo ha de hacer a partir de esa hora le han de satisfacer lo que
se ajuste.
c) Será de cargo de este Concejo proporcionar alojamiento a
dicho facultativo sin interés alguno, hasta la resolución del citado Recurso.
d) Se le permitirá salir a los pueblos limítrofes, si acaso
lo buscasen para algún enfermo con tal de que no haya en ese momento enfermo en
esta villa y que su ausencia no exceda de un día.
e) Cada año gozará de diez días para usar de ellos a su
arbitrio no habiendo enfermos a su cuidado en ese momento en el pueblo.
f) Por último es condición que desde ahora hasta el día 15
del próximo mes de mayo ha de desplazarse al pueblo de Arenas del Rey para traer
a su familia éste para cuyo costo pidió por necesidad se le adelanten 1.000
reales.
*El concejo le adelantó dichos mil reales; tras firmar los
mencionados señores y el médico el referido contrato.
TAMBIÉN ESTE DÍA…En 1753: El Concejo de Los Villares
nombraba a Matías García de Mena y a
Francisco Mateo Gámez, administradores para el reparto de trigo, que junto al
Depositario de Abastos, se ha de hacer de los granos almacenados en el Pósito
para atender a las necesidades del
vecindario.
No hay comentarios:
Publicar un comentario