Tal día como hoy, el 8 de abril de 1.737, el Concejo de Los Villares,
atendiendo a la situación de estrechez económica que atravesaba acordó una
serie de normas para controlar las rentas que lo vecinos debían pagar en
función a los granos que molían en el molino de propios o cualquier otro de la
Villa.
Desarrollo de la Efemérides:
En Los Villares un 8 de abril de 1.737 el Concejo, a
saber los Señores Francisco García y
Cristóbal Malo de Molina Rueda, Alcalde Ordinarios y Juan Ramírez y Andrés
Felipe Rodríguez, Regidores, atendiendo
a la estrechura económica por la que pasaba acordó que todos los vecinos de
ella como forasteros que vienen a moler granos del molino de propios de este
Concejo, deben acudir a registrar el trigo, cebada y demás granos que llevasen
a moler a este dicho molino o a cualquiera de los otros,
ante el Escribano, pena de dos ducados y diez días de cárcel si así no
lo ejecutase.
Así mismo acordaron que cualquier vecino que se preste a
sacar algunos granos, destruyera otros o no fuera a registrarlos como se ha
dicho y no diese cuenta, será castigado bajo pena de cuatro ducados y diez días
de cárcel, y a aquel vecino que sabiendo del hecho lo denuncie se le premiará
con la tercera parte de ello sea para el denunciador o quien diere cuenta.
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