Tal día como hoy, el 31 de julio de 1728, el
Concejo de Los Villares, publicaba un edicto ordenando que ninguna persona
saque de esta villa y su término y jurisdicción, trigo, cebada, ni otro grano
alguno, ni los venda con pretexto alguno a ningún forastero, bajo pena de que
el grano que así se hubiera extraviado, se le dará por pena diez días de
cárcel.
Desarrollo
de la Efemérides:
En la
villa de Los Villares a 31 de julio de 1728, el Concejo, Justicia y Regimiento
de ella, a saber los Señores D. Manuel Pérez y Manuel de Campos, Alcaldes
Ordinarios; Pedro Moreno y Francisco García, Regidores de ella; dijeron que en
atención a que la cosecha de trigo y cebada de este presente año, por las
muchas personas que lo tienen sacado ha supuesto una perdida notable y
siendo como es poco el trigo y ser necesario para el consumo del pueblo y
abasto de los vecinos, acordaron, acordaron que ninguna persona saque de esta
villa y su término y jurisdicción, trigo, cebada, ni otro grano alguno, ni los
venda con pretexto alguno a ningún forastero, pena que el grano que así se
hubiera extraviado, se le dará por pena diez días de cárcel, y su valor se
repartirá en terceras partes, entre el juez, Cámara y denunciador y para
que surta efecto y consiga este beneficio del pueblo, se da permiso a cuantos
cualesquiera vecinos de esta villa, puedan denunciar a las personas que
lo vendieren y a las que lo compraren para el cargo de ella. Colando el edicto
en la esquina de la plaza de esta villa para conocimiento de los vecinos y no
puedan alegar ignorancia.