lunes, 9 de marzo de 2026

DE LA ENAJENACIÓN DE LA ESCRIBANÍA NUMERARIA DE LOS VILLARES EN 1.819

 

Tal día como hoy, el 9 de marzo de 1.819, se  acordaba, por el Ayuntamiento de Los Villares, enajenar la Escribanía de número de la Villa, en base a la facultad concedida a los Ayuntamientos para tantear fincas enajenadas a la Corona, aún cuando se hallasen en manos particulares como era este caso.

 


Desarrollo de la efemérides:

La Reales Cédulas de S.M. de 21 de enero de 1.819 y 11 y 13 de noviembre del anterior concedían a los Ayuntamientos, la facultad para que en representación de su pueblo pudiesen  tantear las fincas enajenadas a la Corona aún cundo se hallasen  en poder de particulares y sean de libre disposición,  con tal de que se satisfaga el precio de la primera venta y el del impuesto que se haya reintegrado.

Debatido detenidamente, por los Regidores  los incalculables daños y perjuicios que se ocasionan a este vecindario y servicio público el estar la escribanía numeraria en un dueño particular y que esto no pueden removerlo aun cuando sea contrario al bien y fomento de los vecinos, como sucede con el presente porque careciendo de conocimientos y aptitud, falta quien dé curso a los negocios de la Administración y Justicia, no se llevan los de Propios y Arbitrios con cuenta y razón, se cometen continuados defectos en el orden gubernativo, se paralizan los expedientes y  se forma el estado más apático, perjudicial y gravoso que puede imaginarse contra el   bien general.

Al mismo tiempo que de servirse esta Escribanía por persona apta de la satisfacción del Cuerpo Capitular, subordinada a cuidar de los negocios del Real Servicio, ser celoso en los propios y arbitrios y demás ramos  de utilidad pública y  en el fomento de la agricultura y de las artes, puede producir los bienes más apreciables, útiles y precisos ante el vecindario, actualmente lleno de atrasos y penalidades por la abandonada situación en que se halla.

Por tan justos antecedentes y con presencia de que han transcurrido muchos meses más de los tres que concede el art. 2º del Real Decreto de 14 de noviembre de 1.817 para que Antonio Molina Madueño, de esta vecindad, dueño de la Escribanía numeraria que como tal es finca enajenada de la Corona, ganase la Real gracia de no ser tanteada en otra finca pues no ha hecho el servicio ordenado, ni lo ha intentando por lo cual se encuentra en el caso que previene el art. 10 del mismo Real Decreto, siendo como es ventajoso a estos Caudales de Propios hacerse de esta finca.

Dichos señores acordaron se formalice la demanda de tanteo de la citada Escribanía numeraria por estos Caudales de Propios y arbitrios bajo las reglas contenidas en los citados Reales Decretos y que para su logro  se obtengan los fondos precisos ya para el depósito de la segregación y valor entregado, ya para los recursos oportunos.

Y que se pase testimonio de este acuerdo al Señor Intendente General de esta provincia para que se digne concederlas y dar a todo el curso correspondiente. Que así mismo se pase  testimonio al Comisionado Provincial del Crédito público de Jaén para que solicite la certificación oportuna del valor de la primera enajenación a la Corona de esta finca y cantidad que el dicho Señor Antonio Molina haya satisfecho por el Real impuesto para acordar su pago en la misma Caja del mismo crédito y obtener la real cédula de propiedad con las facultades de nombrar sirviente a voluntad de los individuos de este Ayuntamiento, en Concejo pleno.

 

TAMBIÉN ESTE DÍA… En 1864D. José de los Santos Gutiérrez y Fernández, alcalde del Ayuntamiento de Los Villares,  por medio de oficio, felicitaba a D. Francisco de Paula Zurita, por el nombramiento por su Majestad la Reina (Q.D.G.), de Cura párroco en propiedad de la única iglesia parroquial de la Villa,  ofreciendo los servicios del Municipio a dicha autoridad eclesiástica. 

 

 

 

domingo, 8 de marzo de 2026

DE LA DESIGNACIÓN DE LOS GUARDAS DE MONTES EN 1819

 

Tal día como hoy, el 8 de marzo de 1819 el Ayuntamiento de Los Villares elevaba la propuesta para le elección del Guarda de Montes de Propios y  de Realengo en base al  Real Servicio General que exige la propuesta de dos vecinos.






Comentario a la Efemérides:

 

El Ayuntamiento de Los Villares, reunido en la Sala de Sesiones, un día 8 de marzo de 1.819,  acordó en base al Real Servicio General que exige el nombramiento de dos vecinos que debe hacerse para Guardas de los Montes Propios y de Realengo, en virtud de lo previsto por la Real Orden de 6 de marzo de 1.817 comunicada por el Sr. Juez Conservador en la circular de 15 del mismo mes y teniendo presente cuánto por ella se previene y habiendo debatido sobre ella, de conformidad, eligieron para que lo haga el Ilmo. Sr. Juez Conservador del que tenga por conveniente a las personas siguientes: En primer lugar a Vicente del Alcalde Sánchez y en segundo lugar a Juan Siles Moreno, ambos vecinos de la Villa y que concurren en ellos la cualidad de haber servido a S.M. el Rey  y hallarse uno y otro con arraigo, siendo personas de acreditada conducta y honradez y demás circunstancias previstas por las Ordenanzas y a fin de que a la mayor brevedad se haga la elección de uno de ellos para la conservación de los indicados Montes, mandaron sus mercedes se ponga el correspondiente término de esta propuesta y se dirija por medio del Subdelegado de este partido al Sr. Juez Conservador.

 

* MONTES DE PROPIOS: Eran los montes propiedad de un municipio que proporcionan una renta al mismo por estar arrendados en subasta pública, adjudicándose su explotación al mejor remate. Generalmente destinados al pastoreo o la extracción de leña o como en el caso Los Villares, al aprovechamiento de la nieve, como en los conocidos pozos de nieve de la Pandera. Eran una de las principales fuentes de las que se abastecía el Presupuesto Municipal.


*MONTES DE REALENGO: Se conocían también como Montes sin dueño. Realengo es un término jurisdiccional, que tienen los lugares cuya jurisdicción  dependía directamente del Rey. Eso no quiere decir que el Rey sea el propietario de las tierras, que generalmente tienen sus propietarios obligados a pagar a la Corona sus cargas correspondientes. A veces, como en el caso de nuestro pueblo, esta jurisdicción la ejercía, por delegación de la Corona, el Vizconde de Los Villares. 

 

TAMBIÉN ESTE DÍA… En 1762: se fijaba un edicto, en la esquina de la Fuente, haciendo saber que cada uno de los vecinos de ella en todo el próximo mes de abril mate seis cabezas de gorrión y las entregue en el oficio de Escribanía con apercibimiento de que el que no lo hiciere se le impondrá la multa de seis reales.

 

sábado, 7 de marzo de 2026

DE LA SOLICITUD DE UN PRÉSTAMO EN 1927

 

Tal día como hoy, el 7 de marzo de 1927, el Ayuntamiento de Los Villares, presidido por D. Electo Montón Esteve, acordaba solicitar del Banco de Crédito Local, la cantidad de entre 250.000 y 300.000 pesetas para poder llevar a cabo distintos proyectos para mejorar la infraestructura urbana y equipamientos de la villa.






Desarrollo de la Efemérides:

Un 7 de marzo de 1.927, el Pleno de la Corporación Municipal de Los Villares, presidido por D. Electo V. Montón Esteve, acuerda solicitar del Banco de Crédito Local, la cantidad de entre 250.000 y 300.000 pesetas para poder llevar a cabo los proyectos presentados en la Moción presentada por D. Electo Montón, siendo concejal en  el Pleno del 18 de Enero pasado, quedando sin efecto la parte correspondiente al camino vecinal de Los Villares a Martos, ya acordado.


TAMBIÉN ESTE DÍA…En 1787: El Concejo, Justicia y Regimiento de Los Villares, siendo preciso nombrar los Comisarios de Yeguas para el presente año, de conformidad, nombraron a Bartolo de Higueras y  Manuel Hidalgo (mayor), de esta vecindad a los cuales el Escribano les hizo llegar el citado nombramiento


viernes, 6 de marzo de 2026

DE LOS ESTATUTOS DE LA COFRADÍA SACRAMENTAL DE LOS VILLARES EN 1898

 

Tal día como hoy, el 6 de marzo de 1.898, bajo la presidencia del Hermano Mayor Pedro Herrador y del Secretario Luis Gómez Luque, se redactaron los Estatutos de la Cofradía Sacramental de Los Villares que fueron elevados en 8 de marzo al Obispo D. Victoriano Guissasola.




Estampa del estandarte de 1898

 

Comentario a la Efemérides:

 

Tras el concilio de Trento se crearon cofradías dedicadas a la exaltación de la Eucaristía. La fundación de la  de Los Villares data del 8 de junio de 1544.

 

Vivió su época de mayor esplendor a mediados del s. XVIII, en que se sabe que ejercieron como hermanos mayores Mateo Hidalgo (1.739), Blas Madueño (1.755), Francisco Muñoz (1.756) y Francisco Garrido (1.758),  llegando a desaparecer como consecuencia de los efectos de la Guerra de la Independencia y posterior desamortización de Mendizábal. Los viejos cofrades siguieron asumiendo los fines de la cofradía, hasta que en 1.898 se decidió reorganizarla de manera oficial, adaptándola a los nuevos tiempos y regularizando su anómala situación con la parroquia. Y así un seis de marzo de mil ochocientos noventa y ocho se redactaron los Estatutos.

 

Bajo la presidencia del Hermano Mayor Pedro Herrador y del Secretario Luis Gómez Luque a los que se unieron los cofrades, Juan Luis Alcalde, José García, Facundo Gómez, Zoilo Gómez, Manuel Narciso Gómez, Manuel Herrador, Antonio Muñoz, Francisco Peña, Cecilio Ramos, Eufrasio de los Ríos Vilches, Pedro José Ruiz,  Leandro Ruiz Gómez, Rafael Siles y Joaquín Tuñón Ruiz y de común acuerdo redactaron los Estatutos de la Cofradía Sacramental de Los Villares que fueron elevados en 8 de marzo al Obispo D. Victoriano Guissasola.




 

Con fecha 10 de marzo de ese año, el obispado remitía los Estatutos al párroco de Los Villares, D. Rafael Siles, para que los informase o propusiese las modificaciones oportunas. D. Rafael Siles, con fecha 23 de marzo, informaba al Obispado de no ver nada censurable en ellos.  Los Estatutos fueron aprobados por decreto de 15 de abril de 1.898.

 

Los Estatutos se organizaron en treinta artículos, recogiendo en buen parte los usos de la cofradía.

Establecía entre otros, que el ingreso en la hermandad se haría tras votación secreta de las propuestas, exigiéndose que los candidatos fuesen personas de acreditada “moralidad y conducta” y que se comprometieran a abonar cada año una cuota de 2’50 pesetas o 5 pesetas en caso de ser matrimonio o hermanos.

 

Cada cofrade estaba obligado a proveerse a su costa de un blandón o candelero de cera, indispensable para asistir a los actos corporativos.

 

La acción social y caritativa de la cofradía se concretaba en la tradicional costumbre de asistir a los hermanos en casos de enfermedad y muerte. Si el cofrade estaba enfermo o impedido la cofradía proveería para que se le llevase comunión, asistiendo todos los cofrades portando sus báculos y blandones, presididos por el estandarte, a cuyo efecto el secretario cursaba citación con 24 horas de antelación a fin de que la concurrencia fuera numerosa.

 

Si el cofrade estaba en peligro de muerte, la cofradía velaba por que se le administrase el Viático con toda solemnidad, tocando las campanas.

 

Al entierro asistía la cofradía en corporación, con velas encendidas y el gallardete, multándose con una peseta al cofrade que faltaba.

 

El Jueves Santo la cofradía debía acudir en corporación a los oficios, estando obligados a confesar y comulgar, precepto que se hacía saber con especial énfasis a los hermanos en el momento de ingresar en la hermandad

 

Luego, previo sorteo, los cofrades organizaban turnos de vela ante el Monumento Eucarístico, todo ello con aviso de multa, en caso de incumplimiento.

 

El día de la Ascensión del Señor, tenía consideración de fiesta mayor de la hermandad.

 

El gobierno estaba encomendado a una Junta de muy elemental composición. El párroco ejercía de presidente. El Hermano mayor se nombraba por riguroso turno, siguiendo la lista de antigüedad de los cofrades. Había un Secretario y tres vocales.

 

Con la puesta en marcha de estos Estatutos, la Cofradía del Santísimo Sacramento se manifestó como una de las más activas de Los Villares, prestando puntual y asidua colaboración a la parroquia a lo largo de la primera mitad del siglo XX.

 

 

 TAMBIÉN ESTE DÍA…En 1.868: Fueron llamados para su servicio en el Ejército 40.000 hombres de alistamiento, de los cuales correspondió a la provincia de Jaén una asignación de 990 hombres y de ellos un cupo de 8 hombres al pueblo de Los Villares.

 

jueves, 5 de marzo de 2026

DE LA CONSTRUCCIÓN DE UN CANAL PARA UN MOLINO EN 1858

 

Tal día como hoy, el 5 de marzo de 1.858, El Ayuntamiento que preside el Alcalde D. José del Alcalde y Cuberos, estudió la solicitud presentada por D. José del Alcalde Araque para que se le autorice la construcción de un canal para la conducción de las aguas del río Eliche a las Torronteras, donde tiene construido un molino de aceite.





 

Desarrollo de la Efemérides:

El Ayuntamiento había recibido un escrito de D. José del Alcalde Araque, solicitando le autorice la construcción de un canal al sitio del arroyo de las Liebres para la conducción de las aguas del río Eliche a la Torronteras donde tiene construido un molino de aceite para el cual ha de utilizar para el canal el camino que pasa por este sitio.

El Ayuntamiento acordó nombrar una Comisión compuesta de los Regidores Juan José Caballero y Santiago del Alcalde para que se desplacen a dicho terreno y observen si puede perjudicarse el referido camino o inutilizarse de alguna manera y en su caso acordar lo que se crea oportuno.

 

Llevada a cabo dicha inspección, y no observándose perjudicial para el dicho camino, se autoriza a D. José del Alcalde Araque la construcción del referido canal.

 

TAMBIÉN ESTE DÍA…En 1767: Se firmaba en Jaén, ante el escribano Pedro García de Mora y León, la escritura de compra por el Caudal de Propios de Los Villares, de dos casas y solar con huerto situadas en la plaza de la villa propiedad del convento de la Merced, para la construcción de unas casas Capitulares.

 

miércoles, 4 de marzo de 2026

DEL PRIMER INTENTO DE REPOBLACION DE LOS VILLARES EN 1494

 

Tal día como hoy, el 4 de marzo de 1494 se reactivaba el proyecto de repoblación de Los Villares, repartiéndose siete vecindades a otros tantos moradores de Jaén, con la obligación de que construyeran sus casas e iniciaran la roturación de las parcelas rústicas adjudicadas.

 





Desarrollo de la Efemérides:

El 18 de noviembre de 1489 los Reyes Católicos daban licencia al Concejo de Jaén para comenzar la repoblación de una extensa zona de sierra comprendida entre la ciudad, el castillo de Otiñar  y los márgenes del río Eliche, creándose una villa en los cortijos de Los Villares, que serviría para asegurar la zona, hasta entonces muy despoblada e iniciar los trabajos de roturación de aquellos extensos baldíos.

El proyecto se dilató por intereses particulares hasta que de nuevo, el 4 de marzo de 1494 se reactivó repartiéndose siete vecindades a otros tantos moradores de Jaén, con la obligación de construirse sus casas y comenzaran la roturación de las parcelas asignadas. Pero pronto surgió el fraude. Los nuevos colonos, siguieron viviendo en Jaén, no levantaron sus casas y sólo acudían temporalmente cuando el laboreo lo precisaba. Los Jurados del Ayuntamiento, algunos de ellos muy ligados a la cofradía de Santo Domingo de los Pastores, contraria a la repoblación de estas tierras, aprovecharon el incumplimiento de los nuevos moradores, consiguiendo que el concejo de Jaén se desdijese de su proyecto colonizador y acordara que las riberas de los ríos Frío y Eliche quedasen como zona de pastos donde los ganaderos de Jaén tuvieran asegurado el sustento de sus ganados e incluso pudieran contar con algunos gajes más como la saca de leña, el carboneo o el aprovechamiento para colmenas.

·         Este primer intento de colonización de Los Villares quedó paralizado y habría que esperar a que el 17 de marzo de 1508 la reina Doña Juana, a instancias del Concejo lo reactivara y posteriormente su hijo el rey Carlos I, en 1539 lo pusiese en marcha.

 

TAMBIÉN ESTE DÍA…En 1767: Quedaba reflejado en acta  el acuerdo de compraventa entre el Concejo de Los Villares y el Reverendo Padre Comendador del Convento de la Merced de la ciudad de Jaén de tres casas con su huerto, situadas en la plaza de la villa, para la construcción de las Casas Capitulares, en el precio estipulado por los peritos de  7.600 reales de vellón; instando a los desplacen a Jaén los miembros de la Junta de Propios, Juan García de Mena, Francisco de Gámez y Juan del Águila,  para hacer efectivo el pago de los 7.600 reales de vellón, elevando escritura pública y entregándose por dicho convento los Títulos de propiedad de dichas casas.

 

 

martes, 3 de marzo de 2026

DE DISTINTOS PAGOS DEL CONCEJO EN 1733

 

Tal día como hoy, el 3 de marzo de 1733, el Concejo de Los Villares libraba en poder de Matías García de Mena, Mayordomo de Propios y Administrador de Rentas de dicho Concejo 1014 reales que había gastado por orden de dicho Concejo.




Desarrollo de la Efemérides:

En Los Villares el día 3 de marzo de 1733 los Señores Juan del Acalde y Francisco García, Alcaldes Ordinarios;  Juan Antonio Malo de Molina  y Juan de la Fuente, Regidores; personas que componen el concejo de esta villa, reunidos en Cabildo acordaron lo siguiente:

Librar en poder de Matías García de Mena, Mayordomo de Propios y Administrador de Rentas de este Concejo  1.014 reales de vellón que había gastado en esta forma:

-400 reales en los gastos de Iglesia y otros precisos para la fiesta que se celebra en esta villa en el día de la Purificación de Nuestra Señora de este año.

-100 reales que se han gastado en la traída de acopio de sal de la sal a esta villa a las personas que la trajeron, darle de comer y a los caballos que trajeron.

-107 reales en un aleo (caza de lobos y zorros) que se ha hecho por orden del Señor Vizconde de la Villa en el sitio de la Pandera, para proteger a los ganados.

-30 reales en el gasto de las personas y caballería que venían con la Bulas.

-105 reales que se gastaron en el sorteo del soldado que nos tocó compartir a esta villa con la de Valdepeñas; en los viajes realizados para el sorteo, la comida que se utilizó y el sueldo que se pagó al soldado.

-40 reales en despachos de vereda.

-150 reales del gasto del arrendamiento anual de la Sala Capitular que tiene este Concejo para sus Juntas que se ha pagado al Señor Vizconde de esta villa dueño de ella.

Así mismo se acordó librar en dicho mayordomo 8 fanegas de trigo que entregó en especie a Juan Antonio de Escobedo Gobernador y Justicia Mayor de esta villa, como pago en especie por las asistencias y trabajo de venir a presidir distintos  Cabildos.

 

*Entre los gastos aparece el tradicional de la celebración de la fiesta institucional de la Candelaria; el gasto de arrendamiento de casa para Sala Capitular, por carecer el municipio de Casas Capitulares y por primera vez encontramos el pago en especies (fanegas de trigo) hecho a la Justicia Mayor de la villa, por los servicios de desplazarse desde Jaén donde residía habitualmente, para presidir los Cabildo del Concejo.

 

TAMBIÉN ESTE DÍA…En 1855: El Ayuntamiento Constitucional de Los Villares, bajo la presidencia del Alcalde D. José de los Santos Gutiérrez y Fernández, estudiaba una instancia de Francisco Salas Moreno en la que solicita se acepte el traspaso de una haza de propios, sita en el lugar de las Cimbras, que tiene asignada en favor de Antonio de Mena, ambos vecinos de Los Villares, por haberle vendido a éste sus mejoras. El Ayuntamiento acordó que una vez se pague al Caudal de propios el censo que a su favor gravita sobre la citada finca, se anote el traspaso solicitado en los libros de propios, pasándose al Depositario la referida solicitud.