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jueves, 5 de marzo de 2026

DE LA CONSTRUCCIÓN DE UN CANAL PARA UN MOLINO EN 1858

 

Tal día como hoy, el 5 de marzo de 1.858, El Ayuntamiento que preside el Alcalde D. José del Alcalde y Cuberos, estudió la solicitud presentada por D. José del Alcalde Araque para que se le autorice la construcción de un canal para la conducción de las aguas del río Eliche a las Torronteras, donde tiene construido un molino de aceite.





 

Desarrollo de la Efemérides:

El Ayuntamiento había recibido un escrito de D. José del Alcalde Araque, solicitando le autorice la construcción de un canal al sitio del arroyo de las Liebres para la conducción de las aguas del río Eliche a la Torronteras donde tiene construido un molino de aceite para el cual ha de utilizar para el canal el camino que pasa por este sitio.

El Ayuntamiento acordó nombrar una Comisión compuesta de los Regidores Juan José Caballero y Santiago del Alcalde para que se desplacen a dicho terreno y observen si puede perjudicarse el referido camino o inutilizarse de alguna manera y en su caso acordar lo que se crea oportuno.

 

Llevada a cabo dicha inspección, y no observándose perjudicial para el dicho camino, se autoriza a D. José del Alcalde Araque la construcción del referido canal.

 

TAMBIÉN ESTE DÍA…En 1767: Se firmaba en Jaén, ante el escribano Pedro García de Mora y León, la escritura de compra por el Caudal de Propios de Los Villares, de dos casas y solar con huerto situadas en la plaza de la villa propiedad del convento de la Merced, para la construcción de unas casas Capitulares.

 

martes, 19 de agosto de 2025

DE LA EXPLOTACIÓN DE UNA CANTERA DE YESO DE LOS VILLARES EN 1776

 

Tal día como hoy, el 19 de agosto de 1776, Concejo de Los Villares, tras recibir un Decreto del Vizconde de la Villa, renovaba el expediente de explotación de la cantera de yeso existente en el término municipal, a favor de Bartolomé Jordano y Francisco Martínez, por un periodo de tres años a contar de esta fecha.




Desarrollo de la Efemérides:

Bartolomé Jordano y  Francisco Martínez, vecinos de Los Villares, existiendo en el término una cantera perdida sin que nadie hubiese determinado abrirla por considerarla improductiva,  decidieron hacerlo para abastecer de yeso a las nuevas Casas Capitulares de dicha villa, entonces en construcción, y demás obras del pueblo; para lo cual obtuvieron la concesión por el Concejo de Los Villares, tras licencia concedida por el Señor D. Francisco de Ceballos Salcedo y Villalobos, Vizconde y Señor de la Villa.

Tras la toma de posesión en junio de 1776 del nuevo Concejo, los nuevos alcaldes pusieron trabas a estos vecinos para continuar con la extracción de yeso de la cantera, por lo que éstos presentaron Súplica ante el Señor Vizconde, el cual vista la pretensión de los suplicantes y el beneficio que supone para la villa la explotación de la cantera, accedió y concedió con fecha 14 de agosto, una prórroga de tres años que comenzaría a contar desde el 19 de agosto de 1776.

El Concejo recibido el Decreto del Vizconde, con fecha 19 de agosto, acordó guardar y hacer cumplir dicho decreto y expidió testimonio de dicho acuerdo que el Escribano público D. Pedro José Fernández trasladó al Vizconde y anotó en el libro capitular de ese año.

 

TAMBIÉN ESTE DÍA…En 1804: El Concejo de Los Villares acordó ante la escasez comida y  la situación crítica del presente año, nombrar a Domingo Rodríguez para que lleve cuenta y cargo del suministro del pan, para lo cual se le dará una lista en la que se manifieste el número de panes que ha de suministrarse por los panaderos a cada familia y la regularidad con que han de recibirlo. Por este trabajo el referido Domingo Rodríguez, recibiría por cada fanega de cincuenta panes un real de vellón que sería satisfecho por los panaderos.

Así mismo nombraron panaderos de abasto a Juan Garrido, Pablo Molina, Bartolomé Jordán y a María García.

 

viernes, 6 de junio de 2025

DE LOS EXPEDIENTES DE APREMIO A VILLARIEGOS EN 1.856

 

Tal día como hoy, el 6 de junio de 1.856 el Ayuntamiento de Los Villares,  acordaba el inicio de las diligencias y actuaciones por la Comisión de Apremio a los contribuyentes que se encontraban al descubierto en los ejercicios de 1.854 y 1.855. El número de contribuyentes expedientados para su estudio era de treinta y dos.





Desarrollo de la Efemérides:

En los Villares un 6 de junio de 1.856, el Ayuntamiento Constitucional de la misma reunido en sus Salas Capitulares bajo la presidencia del su Alcalde D. José del Alcalde y Cuberos, abierta la sesión, se dio cuenta de los expedientes instruidos por la Comisión de Apremio de los descubiertos que resultan de las contribuciones de inmuebles, cultivos y ganadería, correspondientes a los ejercicios de 1.854 y 1.855, y en base a lo dispuesto por el art. 11 del Reglamento de Instrucción de 20 de diciembre de 1.847, se acordó que el día 9 del corriente mes se proceda al inicio de las diligencias y actuaciones por la comisión de apremio y a la decisión y  declaración de partidas fallidas a cuya actuación se incluirán como mayores contribuyentes los señores, José de los Santos Gutiérrez, Francisco Ruiz Moreno, Fausto Herrador, Lorenzo García, Julián Herrador, José Herrador García y Pedro Higueras Gámez.

Sirva como modelo el de estos diez contribuyentes, de entre los treinta y dos, estudiados por la Comisión y la decisión que sobre ellos se toma.

-Qué José García Barranco, comprendido en la matrícula de industria de zapatero, posee seis celemines de olivos en las Cimbras y dos celemines de huertos en este término y en consecuencia no se le puede declarar fallido.

-Qué Fernando Gallardo, comprendido en la industria de panadero, por hallarse ausente hace mucho tiempo y no tener bienes en este término se le debe declarar fallido.

-Julián Molina, panadero no se le puede considerar fallido por poseer tres fincas, otra en el Pocico y tres celemines de olivos en el Cerrejón, un celemín de olivos de riego en vega redonda de este término y una casa en la calle Solana.

-Desposorio Espejo Ramírez, carpintero, no posee bienes y se le debe declarar fallido.

-Antonio Martín Madero, zapatero, se ausentó de esta Villa y se avecinó en la de Martos en donde estableció su tienda e ignorando el estado en que se encuentra no podemos declarar si es o no fallido.

-Pedro de Mena, barbero, se le debe declarar fallido al no tener bienes y encontrarse pobre.

-Francisco Tuñón, herrador, no dispone de bienes por lo que se le declara fallido.

-Juan Maeso, albañil, teniendo en cuenta que no ejerce oficio y si el de solador o revocador de fachadas y hace un año que falleció afectado del cólera-morboso y sus bienes distribuidos entre diferentes personas, el Ayuntamiento lo declara fallido sin perjuicio de lo que resuelva el Sr. Administrador de la Provincia sobre este particular.

-Juan Salmerón, tratante de granos, debe declararse fallido por no tener ninguna clase de bienes.

-Manuel Jiménez Hidalgo, frutero, por las razones aducidas en el certificado que obra unida el expediente de ejecución de 1.854, no debe considerarse fallido.

 

·         El término “fallido”, se aplicaba a la deuda que era imposible cobrar (quebrado, sin crédito). Los que la Comisión consideraba fallidos, eran aquellos a los que no se les podía aplicar el expediente de apremio.

·         De otro lado, la efemérides nos detalla las personas que ejercían ciertas profesiones comerciales y oficios a mediados del siglo XIX.

 

TAMBIÉN ESTE DÍA…En 1.862: el Ayuntamiento de Los Villares, estudiada la solicitud de vecindad de los hermanos Gabriel y Pedro de Castro, naturales y vecinos de Valdepeñas, le concede la vecindad en Los Villares en base a los informes de personas de orden y de buena conducta”.


domingo, 27 de octubre de 2024

DEL PROYECTO INDUSTRIAL “CAVILSA” EN 1962

 

Tal día como hoy, el 27 de octubre de 1962, el Ayuntamiento de Los Villares, que preside D. Emilio Cabrera Toribio, aprobaba el proyecto presentado por D. Antonio y D. Joaquín Horna López, como promotores de la Sociedad Anónima “Cavilsa” (Cartonajes de Los Villares S.A.), la que tendrá por objeto la fabricación de diversas clases de cartón y manipulación del mismo en su primera fase y manipulados de papel en segundo lugar.


Maqueta del edificio del proyecto industrial


Desarrollo de la Efemérides:

El 27 de octubre de 1962, el Ayuntamiento de Villares, bajo la presidencia del alcalde D. Emilio Cabrera Toribio, estudiaba la instancia presentada por los hermanos Antonio y Joaquín Horna López, promotores de la fábrica de Cartonajes Villariegos S.A. “CAVILSA”, en la que solicitan del Ayuntamiento los siguientes requisitos:

1º. 3.000 m2 de solar para la edificación.

2º. Suministro de agua gratis durante cinco años.

3º. Exención de pago de impuestos durante el mismo tiempo.

4º. Colaboración económica del pueblo en el capital social de la sociedad en la cuantía de uno y medio a dos millones de pesetas.

A cambio ofrecían que en su primera fase trabajaría cincuenta hombres y cincuenta mujeres del pueblo en un plazo no superior a 18 meses.

Una vez estudiado el proyecto, el pleno considerando que suponía un beneficio para los habitantes de la localidad y que ayudaría a paliar el paro existente en la misma, acordó por unanimidad:

Primero- Ceder a la sociedad llamada Cavilsa (Cartonajes de Los Villares SA.) la solar propiedad de este municipio en el sitio denominado Ejido. Al norte de esta población, con extensión de 2784 m2, cuyo valor en inventario es de 300.000 pesetas.

Segundo- Se le concede a Cavilsa los puntos 2º, 3º, y 4º de su solicitud, o sea suministro de agua gratis y exento de pagar impuestos municipales durante cinco años y aportación económica de los vecinos en el capital de 1.500.000 o 2.000.000 de pesetas.

Tercero- Que tales concesiones se hacen supeditadas a la superior aprobación del Ministerio de Gobernación y con las consiguientes condiciones:

a)  Que la citada industria inicie su funcionamiento en un plazo no superior a 18 meses.

b)  Si transcurrido el plazo no se hubiesen cumplido las anteriores condiciones estas concesiones revertirán totalmente y de modo automático al patrimonio de este municipio con sus pertenencias y accesiones.

c)      Que el expediente se muestra a información pública por el plazo de quince días, publicando edictos en los sitios de costumbre y en el boletín oficial de la provincia.

d)     Que pasado este plazo se dé cuenta de las reclamaciones que se produzcan y consecutivo se lleve al ministerio de gobernación para su aprobación.

Tras esta aprobación se iniciaba el proyecto de industrialización del pueblo, acogido al conocido como “Plan Jaén”, cuyo objetivo perseguía la industrialización provincial y paliar el paro y emigración a otros lugares de la geografía española.

La instalación de la industria CAVILSA, cuyo edificio llegó a construirse, nunca funcionó, por lo que se produjo una estafa económica y  se vieron truncadas las ilusiones de un pueblo y de una Corporación que vieron en ella un futuro prometedor.

sábado, 22 de junio de 2024

DEL APROVECHAMIENTO DEL REMANENTE DE AGUA DE LA FUENTE PÚBLICA DE LA PLAZA EN 1898

 

Tal día como hoy, el 22 de mayo de 1898, el Ayuntamiento de los Villares, concedía el aprovechamiento del remanente de agua de la fuente pública, situada en la fachada de la iglesia, de la plaza del pueblo a los señores D. Francisco Alcalde, Dña. Antonia Bretón y Muñiz. D. Juan Alcalde y D. Manuel Soro Vera, con el fin de dotar con ella los molinos aceiteros que poseen en la calle Solana de esta población.



Desarrollo de la Efemérides:

En la villa de Los Villares un 22 de mayo de 1898, reunido el Ayuntamiento en la Salas Capitulares, bajo la presidencia de su alcalde D. Esteban García Villén, por el Secretario, se presenta un instancia dirigida a la Corporación y suscrita por los Señores, D. Francisco Alcalde, Dña. Antonia Bretón y Muñiz. D. Juan Alcalde y D. Manuel Soro Vera, propietarios en este término municipal, en solicitud de que se le conceda el aprovechamiento del agua remanente de la fuente pública que hay en la plaza de esta villa con el fin de dotar con ella los molinos aceiteros que poseen en la calle Solana de esta población comprometiéndose a la vez a ejecutar por su cuenta y cargo todos los gastos que ocasione la cañería y saneamiento de la conducción que solicitan, como así mismo  la parte que les corresponda en las reparaciones del conducto principal.

Tras una amplia y debida deliberación, la Corporación por unanimidad acordó conceder dicha solicitud, con las siguientes condiciones:

-Que los solicitantes quedan obligados a encauzar el remanente del agua de la fuente pública que existe en la plaza de esta Villa por medio de cañería, cubierta, del material que crean conveniente a sus intereses, desde el punto de partida hasta aquel de su dominio, dando parte a la Alcaldía al empezar las obras.

-Que el terreno por donde hoy corren las aguas que se intentan aprovechar, deberá, una vez construida la cañería que se expresa, empedrarse por cuenta de los aprovechadores de dichas aguas, con el fin de que desparezca la cuneta que aquellas han formado durante su curso y de no verificarlo quedará nulo este acuerdo.

-Quedan obligados los Señores D. Francisco Alcalde, Dña. Antonia Bretón y Muñiz. D. Juan Alcalde y D. Manuel Soro, a sufragar, cuando sea necesario, y con su intervención directa, la reparación, limpieza y demás del conducto principal origen del agua que aprovechan.

De dicha concesión se entregó, por el secretario, certificación a los interesados.

 

Los molinos aceiteros existentes entonces en Los Villares eran los de los señores D. Francisco Alcalde, D. Juan Alcalde, D. Manuel Campos, D. Esteban García, D. Leandro Gómez, D. Juan Gutiérrez, D. Luis Molina, D. Mateo Molina y Dña. Antonia Bretón.

 

*D. ESTEBAN GARCÍA VILLÉN, fue alcalde de Los Villares entre el 6 de diciembre de 1897 y el  31 de octubre de 1898

 

 

martes, 5 de marzo de 2024

DE LA CONSTRUCCIÓN DE UN CANAL PARA UN MOLINO EN 1858

 


Tal día como hoy, el 5 de marzo de 1.858, El Ayuntamiento que preside el Alcalde D. José del Alcalde y Cuberos, estudió la solicitud presentada por D. José del Alcalde Araque para que se le autorice la construcción de un canal para la conducción de las aguas del río Eliche a las Torronteras, donde tiene construido un molino de aceite.







 

Desarrollo de la Efemérides:

El Ayuntamiento había recibido un escrito de D. José del Alcalde Araque, solicitando le autorice la construcción de un canal al sitio del arroyo de las Liebres para la conducción de las aguas del río Eliche a la Torronteras donde tiene construido un molino de aceite para el cual ha de utilizar para el canal el camino que pasa por este sitio.

El Ayuntamiento acordó nombrar una Comisión compuesta de los Regidores Juan José Caballero y Santiago del Alcalde para que se desplacen a dicho terreno y observen si puede perjudicarse el referido camino o inutilizarse de alguna manera y en su caso acordar lo que se crea oportuno.

 

Llevada a cabo dicha inspección, y no observándose perjudicial para el dicho camino, se autoriza a D. José del Alcalde Araque la construcción del referido canal.



TAMBIÉN ESTE DÍA: En 1680 nace en Los Villares CRISTÓBAL MALO DE MONILA CIVANTOS. Hijo de Juan Antonio Malo de Molina y de María Civantos. Propietario y Regidor de Los Villares en 1745.

 

jueves, 27 de octubre de 2022

DEL PROYECTO INDUSTRIAL “CAVILSA” EN 1962

 

Tal día como hoy, el 27 de octubre de 1962, el Ayuntamiento de Los Villares, que preside D. Emilio Cabrera Toribio, aprobaba el proyecto presentado por D. Antonio y D. Joaquín Horna López, como promotores de la Sociedad Anónima “Cavilsa” (Cartonajes de Los Villares S.A.), la que tendrá por objeto la fabricación de diversas clases de cartón y manipulación del mismo en su primera fase y manipulados de papel en segundo lugar.



Desarrollo de la Efemérides:

El 27 de octubre de 1962, el Ayuntamiento de Villares, bajo la presidencia del alcalde D. Emilio Cabrera Toribio, estudiaba la instancia presentada por los hermanos Antonio y Joaquín Horna López, promotores de la fábrica de Cartonajes Villariegos S.A. “CAVILSA”, en la que solicitan del Ayuntamiento los siguientes requisitos:

1º. 3.000 m2 de solar para la edificación.

2º. Suministro de agua gratis durante cinco años.

3º. Exención de pago de impuestos durante el mismo tiempo.

4º. Colaboración económica del pueblo en el capital social de la sociedad en la cuantía de uno y medio a dos millones de pesetas.

A cambio ofrecían que en su primera fase trabajaría cincuenta hombres y cincuenta mujeres del pueblo en un plazo no superior a 18 meses.

Una vez estudiado el proyecto, el pleno considerando que suponía un beneficio para los habitantes de la localidad y que ayudaría a paliar el paro existente en la misma, acordó por unanimidad:

Primero- Ceder a la sociedad llamada Cavilsa (Cartonajes de Los Villares SA.) la solar propiedad de este municipio en el sitio denominado Ejido. Al norte de esta población, con extensión de 2784 m2, cuyo valor en inventario es de 300.000 pesetas.

Segundo- Se le concede a Cavilsa los puntos 2º, 3º, y 4º de su solicitud, o sea suministro de agua gratis y exento de pagar impuestos municipales durante cinco años y aportación económica de los vecinos en el capital de 1.500.000 o 2.000.000 de pesetas.

Tercero- Que tales concesiones se hacen supeditadas a la superior aprobación del Ministerio de Gobernación y con las consiguientes condiciones:

a)  Que la citada industria inicie su funcionamiento en un plazo no superior a 18 meses.

b)  Si transcurrido el plazo no se hubiesen cumplido las anteriores condiciones estas concesiones revertirán totalmente y de modo automático al patrimonio de este municipio con sus pertenencias y accesiones.

c)      Que el expediente se muestra a información pública por el plazo de quince días, publicando edictos en los sitios de costumbre y en el boletín oficial de la provincia.

d)     Que pasado este plazo se dé cuenta de las reclamaciones que se produzcan y consecutivo se lleve al ministerio de gobernación para su aprobación.

Tras esta aprobación se iniciaba el proyecto de industrialización del pueblo, acogido al conocido como “Plan Jaén”, cuyo objetivo perseguía la industrialización provincial y paliar el paro y emigración a otros lugares de la geografía española.

La instalación de la industria CAVILSA, cuyo edificio llegó a construirse, nunca funcionó, por lo que se produjo una estafa económica y se vieron truncadas las ilusiones de un pueblo y de una Corporación que vieron en ella un futuro prometedor.

sábado, 5 de marzo de 2022

DE LA CONSTRUCCIÓN DE UN CANAL PARA UN MOLINO EN 1858

 

Tal día como hoy, el 5 de marzo de 1.858, El Ayuntamiento que preside el Alcalde D. José del Alcalde y Cuberos, estudió la solicitud presentada por D. José del Alcalde Araque para que se le autorice la construcción de un canal para la conducción de las aguas del río Eliche a las Torronteras, donde tiene construido un molino de aceite.








 

Desarrollo de la Efemérides:

El Ayuntamiento había recibido un escrito de D. José del Alcalde Araque, solicitando le autorice la construcción de un canal al sitio del arroyo de las Liebres para la conducción de las aguas del río Eliche a la Torronteras donde tiene construido un molino de aceite para el cual ha de utilizar para el canal el camino que pasa por este sitio.

El Ayuntamiento acordó nombrar una Comisión compuesta de los Regidores Juan José Caballero y Santiago del Alcalde para que se desplacen a dicho terreno y observen si puede perjudicarse el referido camino o inutilizarse de alguna manera y en su caso acordar lo que se crea oportuno.

 

Llevada a cabo dicha inspección, y no observándose perjudicial para el dicho camino, se autoriza a D. José del Alcalde Araque la construcción del referido canal.

miércoles, 19 de enero de 2022

DE LAS ORDENANZAS DE LOS MOLINOS ACEITEROS EN 1756

Tal día como hoy, el 19 de enero de 1756, el Concejo de Los Villares, reunido en Cabildo dictaba las ordenanzas de que debían regir el funcionamiento de los molinos aceiteros de la villa durante la campaña de aceituna de dicho año.



Desarrollo de la efemérides:

Un 19 de enero de 1756, el Concejo de Los Villares, reunido en Cabildo acordaba las Ordenanzas de los molinos aceiteros de la Villa, para la campaña de ese año, que publicado en Edicto, establecía:

b) Todos los molinos aceiteros, deberán sacar licencia judicial a la Real Justicia de la Villa para que puedan moler libremente, pagando el tributo correspondiente. El que así no lo hiciere además de cerrársele el molino será castigado, conforme a derecho y pagará los daños y perjuicios que ocasionare y la multa a que haya lugar.

b) El cobro a los cosecheros, por molinada será de un real y medio. Para fijar este precio se ha tenido en cuenta los precios por molinada de los cosecheros de Jaén como cabeza de partido, que se encuentran entre un real y un cuartillo y un real  y medio.

c) Los molinos deberán especificar la carga que se eche en cada molinada, para que sea la misma en todos ellos y la conozcan los cosecheros.

d) El edicto será fijado en la parte acostumbrada de la villa (solía ser la esquina de la iglesia y una de las esquinas de la Fuente) y en la pared de entrada de cada uno de los molinos aceiteros para que conste a todos.

Por el Cabildo se dio orden al Escribano para que personalmente lo entregase a los dueños de cada molino aceitero o persona a su cargo.

 





miércoles, 27 de octubre de 2021

DEL PROYECTO INDUSTRIAL “CAVILSA” EN 1962

 

Tal día como hoy, el 27 de octubre de 1962, el Ayuntamiento de Los Villares, que preside D. Emilio Cabrera Toribio, aprobaba el proyecto presentado por D. Antonio y D. Joaquín Horna López, como promotores de la Sociedad Anónima “Cavilsa” (Cartonajes de Los Villares S.A.), la que tendrá por objeto la fabricación de diversas clases de cartón y manipulación del mismo en su primera fase y manipulados de papel en segundo lugar.


Desarrollo de la Efemérides:

El 27 de octubre de 1962, el Ayuntamiento de Villares, bajo la presidencia del alcalde D. Emilio Cabrera Toribio, estudiaba la instancia presentada por los hermanos Antonio y Joaquín Horna López, promotores de la fábrica de Cartonajes Villariegos S.A. “CAVILSA”, en la que solicitan del Ayuntamiento los siguientes requisitos:

1º. 3.000 m2 de solar para la edificación.

2º. Suministro de agua gratis durante cinco años.

3º. Exención de pago de impuestos durante el mismo tiempo.

4º. Colaboración económica del pueblo en el capital social de la sociedad en la cuantía de uno y medio a dos millones de pesetas.

A cambio ofrecían que en su primera fase trabajaría cincuenta hombres y cincuenta mujeres del pueblo en un plazo no superior a 18 meses.

Una vez estudiado el proyecto, el pleno considerando que suponía un beneficio para los habitantes de la localidad y que ayudaría a paliar el paro existente en la misma, acordó por unanimidad:

Primero- Ceder a la sociedad llamada Cavilsa (Cartonajes de Los Villares SA.) la solar propiedad de este municipio en el sitio denominado Ejido. Al norte de esta población, con extensión de 2784 m2, cuyo valor en inventario es de 300.000 pesetas.

Segundo- Se le concede a Cavilsa los puntos 2º, 3º, y 4º de su solicitud, o sea suministro de agua gratis y exento de pagar impuestos municipales durante cinco años y aportación económica de los vecinos en el capital de 1.500.000 o 2.000.000 de pesetas.

Tercero- Que tales concesiones se hacen supeditadas a la superior aprobación del Ministerio de Gobernación y con las consiguientes condiciones:

a)  Que la citada industria inicie su funcionamiento en un plazo no superior a 18 meses.

b)  Si transcurrido el plazo no se hubiesen cumplido las anteriores condiciones estas concesiones revertirán totalmente y de modo automático al patrimonio de este municipio con sus pertenencias y accesiones.

c)      Que el expediente se muestra a información pública por el plazo de quince días, publicando edictos en los sitios de costumbre y en el boletín oficial de la provincia.

d)     Que pasado este plazo se dé cuenta de las reclamaciones que se produzcan y consecutivo se lleve al ministerio de gobernación para su aprobación.

Tras esta aprobación se iniciaba el proyecto de industrialización del pueblo, acogido al conocido como “Plan Jaén”, cuyo objetivo perseguía la industrialización provincial y paliar el paro y emigración a otros lugares de la geografía española.

La instalación de la industria CAVILSA, cuyo edificio llegó a construirse, nunca funcionó, por lo que se produjo una estafa económica y  se vieron truncadas las ilusiones de un pueblo y de una Corporación que vieron en ella un futuro prometedor.

 

martes, 27 de octubre de 2020

DEL PROYECTO INDUSTRIAL “CAVILSA” EN 1962

 

Tal día como hoy, el 27 de octubre de 1962, el Ayuntamiento de Los Villares, que preside D. Emilio Cabrera Toribio, aprobaba el proyecto presentado por D. Antonio y D. Joaquín Horna López, como promotores de la Sociedad Anónima “Cavilsa” (Cartonajes de Los Villares S.A.), la que tendrá por objeto la fabricación de diversas clases de cartón y manipulación del mismo en su primera fase y manipulados de papel en segundo lugar.




Desarrollo de la Efemérides:

El 27 de octubre de 1962, el Ayuntamiento de Villares, bajo la presidencia del alcalde D. Emilio Cabrera Toribio, estudiaba la instancia presentada por los hermanos Antonio y Joaquín Horna López, promotores de la fábrica de Cartonajes Villariegos S.A. “CAVILSA”, en la que solicitan del Ayuntamiento los siguientes requisitos:

1º. 3.000 m2 de solar para la edificación.

2º. Suministro de agua gratis durante cinco años.

3º. Exención de pago de impuestos durante el mismo tiempo.

4º. Colaboración económica  del pueblo en el capital social de la sociedad en la cuantía de uno y medio a dos millones de pesetas.

A cambio ofrecían que en su primera fase trabajaría cincuenta hombres y cincuenta mujeres del pueblo en un plazo no superior a 18 meses.

Una vez estudiado el proyecto, el pleno considerando que suponía un beneficio para los habitantes de la localidad y que ayudaría a paliar el paro existente en la misma, acordó por unanimidad:

Primero- Ceder a la sociedad llamada Cavilsa (Cartonajes de Los Villares SA.) el solar propiedad de este municipio en el sitio denominado Ejido. Al norte de esta población, con extensión de 2784 m2, cuyo valor en inventario es de 300.000 pesetas.

Segundo- Se le concede a Cavilsa los puntos 2º, 3º, y 4º de su solicitud, o sea suministro de agua gratis y exento de pagar impuestos municipales durante cinco años y aportación económica de los vecino en el capital de 1.500.000 o 2.000.000 de pesetas.

Tercero- Que tales concesiones se hacen supeditadas a la superior aprobación del Ministerio de Gobernación y con las consiguientes condiciones:

a)  Que la citada industria inicie su funcionamiento en un plazo no superior a 18 meses.

b)  Si transcurrido el plazo no se hubiesen cumplido las anteriores condiciones estas concesiones revertirán totalmente y de modo automático al patrimonio de este municipio con sus pertenencias y accesiones.

c)      Que el expediente se muestra a información pública por el plazo de quince días, publicando edictos en los sitios de costumbre y en el boletín oficial de la provincia.

d)     Que pasado este plazo se dé cuenta de las reclamaciones que se produzcan y consecutivo se lleve al ministerio de gobernación para su aprobación.

Tras esta aprobación se iniciaba el proyecto de industrialización del pueblo, acogido al conocido como “Plan Jaén”, cuyo objetivo perseguía la industrialización provincial y paliar el paro y emigración a otros lugares de la geografía española.

La instalación de la industria CAVILSA, cuyo edificio llegó a construirse  nunca funcionó, por lo que se produjo una estafa económica y  se vieron truncadas las ilusiones de un pueblo y de una Corporación que vieron en ella un futuro prometedor.