Tal día como hoy, el 19 de enero de 1756, el Concejo de Los Villares, reunido en Cabildo dictaba las ordenanzas de que debían regir el funcionamiento de los molinos aceiteros de la villa durante la campaña de aceituna de dicho año.
Desarrollo de la
efemérides:
Un 19 de enero de 1756, el Concejo de Los Villares, reunido
en Cabildo acordaba las Ordenanzas de los molinos aceiteros de la Villa, para
la campaña de ese año, que publicado en Edicto, establecía:
b) Todos los molinos aceiteros, deberán sacar licencia
judicial a la Real Justicia de la Villa para que puedan moler libremente,
pagando el tributo correspondiente. El que así no lo hiciere además de
cerrársele el molino será castigado, conforme a derecho y pagará los daños y
perjuicios que ocasionare y la multa a que haya lugar.
b) El cobro a los cosecheros, por molinada será de un real y
medio. Para fijar este precio se ha tenido en cuenta los precios por molinada
de los cosecheros de Jaén como cabeza de partido, que se encuentran entre un
real y un cuartillo y un real y medio.
c) Los molinos deberán especificar la carga que se eche en
cada molinada, para que sea la misma en todos ellos y la conozcan los cosecheros.
d) El edicto será fijado en la parte acostumbrada de la villa
(solía ser la esquina de la iglesia y una de las esquinas de la Fuente) y en la
pared de entrada de cada uno de los molinos aceiteros para que conste a todos.
Por el Cabildo se dio orden al Escribano para que
personalmente lo entregase a los dueños de cada molino aceitero o persona a su
cargo.
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