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sábado, 14 de marzo de 2026

DEL DECRETO DE ELECCIONES A AYUNTAMIENTOS CONSTITUCIONES EN 1820

 

Tal día como hoy, un 14 de marzo de 1820 la Justicia y Ayuntamiento de Los Villares, recibía de la Intendencia General de Jaén, un Despacho por el que se traslada el Decreto Real de convocatoria inmediata de elecciones a Alcaldes y Ayuntamientos constitucionales tras el juramento por el Rey de la Constitución de Cádiz, el día 10 de ese mes.



Comentario a la Efemérides:

El 1 de marzo de 1820 tenía lugar en la ciudad sevillana de Cabezas de San Juan, el pronunciamiento militar del teniente coronel Rafael de Riego. Tras un reducido éxito inicial, Riego proclamó inmediatamente la proclamación de la Constitución de Cádiz (1812, la Pepa) y el restablecimiento de la autoridades constitucionales. El pequeño apoyo al golpe militar fue creciendo con el tiempo y prolongó el levantamiento hasta el 10 de marzo. En esa fecha se publicó un manifiesto de Fernando VII acatando la Constitución de Cádiz, que dos días antes, el 8 de marzo, había jurado en Madrid.

Con fecha 14 de marzo, la Justicia y Ayuntamiento de Los Villares recibía un Despacho del Intendente  General de Jaén, D. Antonio Saiz de Zafra, en el que le trasladaba un Real Decreto del Despacho del Secretario del Despacho y Justicia en el que en el que dice que en el mismo el Rey se sirvió dirigirle el siguiente: Para que el sistema constitucional que  he jurado y adoptado tenga la marcha rápida y uniforme que corresponde, he resuelto oída la Junta Provisional que en todos los pueblos de la Monarquía se haga elecciones a Alcaldes y a Ayuntamientos constitucionales con arreglo a todo lo previsto en la Constitución política sancionada en Cádiz y a los decretos que de ella emanan y arreglan el modo y forma en que se han de verificar estas elecciones.

Con fecha 18 de marzo, el Ayuntamiento de Los Villares publicaba por Edicto dicha Orden, que era fijada en el lugar acostumbrado del pueblo y convocaba a los vecinos para que asistieran al día siguiente 19 de marzo a la nueve de la mañana a las Salas Capitulares de la villa para elegir la Junta de Electores que habrá de elegir el nuevo Ayuntamiento constitucional de la Villa.

*De esta manera se iniciaba en Los Villares el periodo político conocido como TRIENIO LIBERAL.

 

TAMBIÉN ESTE DÍA… En 1791: A instancia del Síndico Personero, El Concejo de Los Villares, estudiaba un escrito presentado por el párroco, de parte del Señor Obispo de la Diócesis, en el que se solicita se busque una solución a los perjuicios considerables que se está causando a los vecinos la falta de una torre campanario en la Iglesia de la Villa.

 


miércoles, 1 de diciembre de 2021

DE LA CONVOCATORIA DE JUNTA PARROQUIAL ELECTORAL EN 1821

 

Tal día como hoy, el 1 de diciembre de 1821, el Ayuntamiento Constitucional de Los Villares, que preside el alcalde Luis Palacios; ordenaba citación directa, a través del Alguacil Mayor, a los vecinos fijando Junta Parroquial de vecinos, para el día siguiente, domingo, a fin de elegir los electores que nombren al nuevo Ayuntamiento.


Desarrollo de la Efemérides:

En la villa de Los Villares a 1 de diciembre de 1821, reunidos en sesión extraordinaria los Señores del Ayuntamiento para cumplir el decreto de S.M. de 17 de noviembre sobre el modo de hacer las elecciones de Ayuntamiento, recibido por vereda a las 10 horas  de la mañana de este día, siendo leído y enterados de cuanto comprende, acordaron que inmediatamente y casa por casa, por no haber ya tiempo de fijación de Edictos, sean citados estos vecinos para que mañana domingo, día dos, se ejecute la Junta Parroquial que previene el artículo 13 de la Constitución, ley de 23 de marzo de 1812, punto primero de la antes referida y se elijan los electores encargados de nombrar en el siguiente festivo al nuevo Ayuntamiento Constitucional.

El domingo, día 2, con concurrieron los vecinos convocados a Junta Parroquial, por lo que no se pudieron elegir los electores. De nuevo el día 6 de diciembre se convocaría, ya por Edicto, nueva Junta Parroquial para el día 8 de diciembre, primer día festivo comunicando al Párroco dicho Edicto.

*La Junta Parroquial de vecinos era la asamblea de todos los vecinos con derecho a participar en la designación de los vecinos electores, éstos a su vez elegían los nuevos miembros del Ayuntamiento.

*No fue ésta, la primera vez que los vecinos no concurrían a Junta Parroquial durante el inicio del periodo constitucional, ya 1820 con la proclamación de la Constitución de 1812 y nombramiento de los nuevos Ayuntamientos Constitucionales, había ocurrido igual y hubo que ir casa por casa a invitarles a asistir (obligarles). En el pueblo había una fuerte división de los vecinos entre absolutistas –mayoría- y liberales y la gente queriendo evitar problemas o no señalarse prefería no concurrir a las convocatorias, a las que finalmente asistían casi obligados, con la advertencia de sanción.

 

miércoles, 24 de marzo de 2021

DILIGENCIA DE EDICTO EN MARZO DE 1820

 

Tal día como hoy, un 24 de marzo de 1820, Don Bartolomé José de Aguilera, Escribano Público de Número de la ciudad de Jaén expresaba Diligencia de Edicto sobre la fijación del mismo en los lugares de costumbre de la Villa, en el que se convoca al vecindario a Junta Popular en la Parroquia, el día 25 a las once de la mañana para elegir por votación a la Junta de electores que deben elegir el nuevo Ayuntamiento Constitucional de Los Villares.

 




Desarrollo de la Efemérides:

Transcripción de la Diligencia:

Yo el infrascrito Escribano de S.M. en sus Reinos y Señoríos público de Número de la ciudad de Jaén, vecino de ella y residente en esta Villa, doy fe que en este día con asistencia de los Señores Don Martín de Pineda y Pedro Sánchez, Alcaldes Ordinarios de la misma por el Ministro (Alguacil Mayor) Blas de la Rubia se fijó en el sitio público y de costumbre de este pueblo el Edicto expresivo que manda el Auto asesorado que precede convocando a la Junta Popular de parroquia en el día hora y sitio señalado para el nombramiento de Electores y para que conste lo acredito en Los Villares  a veinticuatro de marzo de mil ochocientos veinte”.

 

*Tras la nulidad del Acto celebrado el 19 marzo de designación de Junta de Electores, por parte de Martín de Pineda, Alcalde de primer voto de Los Villares,  y el Auto que el mismo alcalde decretaba, como responsable de llevar a cabo el proceso de constitución de un nuevo Ayuntamiento Constitucional, tenía lugar esta Diligencia de Edicto ejecutada por un Escribano de Jaén, por haber cesado como Secretario del Ayuntamiento D. Juan Miguel de Campos, acusado de no estar habilitado para el cargo por su tiempo como oficial en la Prefectura de Jaén durante el gobierno de la ocupación francesa, si bien tras juicio fue declarado inocente  y un verdadero patriota, pero aún no había recibido su admisión a cargos de la administración.