Tal día como hoy, el 8 de marzo de 1819 el
Ayuntamiento de Los Villares elevaba la propuesta para le elección del Guarda
de Montes de Propios y de Realengo en base al Real Servicio General
que exige la propuesta de dos vecinos.
Comentario a la Efemérides:
El Ayuntamiento de Los Villares,
reunido en la Sala de Sesiones, un día 8 de marzo de 1.819, acordó en
base al Real Servicio General que exige el nombramiento de dos vecinos que debe
hacerse para Guardas de los Montes Propios y de Realengo, en virtud de lo
previsto por la Real Orden de 6 de marzo de 1.817 comunicada por el Sr. Juez
Conservador en la circular de 15 del mismo mes y teniendo presente cuánto por
ella se previene y habiendo debatido sobre ella, de conformidad, eligieron para
que lo haga el Ilmo. Sr. Juez Conservador del que tenga por conveniente a las
personas siguientes: En primer lugar a Vicente
del Alcalde Sánchez y en
segundo lugar a Juan Siles
Moreno, ambos vecinos de la
Villa y que concurren en ellos la cualidad de haber servido a S.M. el Rey
y hallarse uno y otro con arraigo, siendo personas de acreditada conducta
y honradez y demás circunstancias previstas por las Ordenanzas y a fin de que a
la mayor brevedad se haga la elección de uno de ellos para la conservación de
los indicados Montes, mandaron sus mercedes se ponga el correspondiente término
de esta propuesta y se dirija por medio del Subdelegado de este partido al Sr.
Juez Conservador.
* MONTES DE PROPIOS: Eran
los montes propiedad de un municipio que proporcionan una renta al mismo por
estar arrendados en
subasta pública, adjudicándose su explotación al mejor remate. Generalmente
destinados al pastoreo o la extracción de leña o como en el caso Los Villares,
al aprovechamiento de la nieve, como en los conocidos pozos de nieve de la
Pandera. Eran una de las principales fuentes de las que se abastecía el
Presupuesto Municipal.
*MONTES DE REALENGO: Se
conocían también como Montes sin dueño. Realengo es un término jurisdiccional,
que tienen los lugares cuya jurisdicción dependía directamente del Rey.
Eso no quiere decir que el Rey sea el propietario de las tierras, que
generalmente tienen sus propietarios obligados a pagar a la Corona sus cargas
correspondientes. A veces, como en el caso de nuestro pueblo, esta jurisdicción
la ejercía, por delegación de la Corona, el Vizconde de Los Villares.
TAMBIÉN ESTE DÍA… En 1762: se fijaba un edicto, en la esquina
de la Fuente, haciendo saber que cada uno de los vecinos de ella en todo el
próximo mes de abril mate seis cabezas de gorrión y las entregue en el oficio
de Escribanía con apercibimiento de que el que no lo hiciere se le impondrá la
multa de seis reales.


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