Tal día como hoy, el 31 de julio de 1728, el Concejo de Los Villares, publicaba un edicto ordenando que ninguna persona saque de esta villa y su término y jurisdicción, trigo, cebada, ni otro grano alguno, ni los venda con pretexto alguno a ningún forastero, bajo pena de que el grano que así se hubiera extraviado, se le dará por pena diez días de cárcel.
Desarrollo de la Efemérides:
En la villa de Los Villares a 31 de julio
de 1728, el Concejo, Justicia y Regimiento de ella, a saber los Señores
D. Manuel Pérez y Manuel de Campos, Alcaldes Ordinarios; Pedro Moreno y
Francisco García, Regidores de ella; dijeron que en atención a que la cosecha
de trigo y cebada de este presente año, por las muchas personas que lo tienen
sacado ha supuesto una perdida notable y siendo como es poco el trigo y
ser necesario para el consumo del pueblo y abasto de los vecinos, acordaron,
acordaron que ninguna persona saque de esta villa y su término y jurisdicción,
trigo, cebada, ni otro grano alguno, ni los venda con pretexto alguno a ningún
forastero, pena que el grano que así se hubiera extraviado, se le dará por pena
diez días de cárcel, y su valor se repartirá en terceras partes, entre el
juez, Cámara y denunciador y para que surta efecto y consiga este beneficio del
pueblo, se da permiso a cuantos cualesquiera vecinos de esta villa,
puedan denunciar a las personas que lo vendieren y a las que lo compraren para
el cargo de ella. Colando el edicto en la esquina de la plaza de esta villa
para conocimiento de los vecinos y no puedan alegar ignorancia.