Tal día como hoy, el 15
de octubre de 1.804 el Concejo de Los Villares acordaba cercar la población,
para mayor defensa de la epidemia de fiebre amarilla que azota las provincias
de Málaga y Granada, dejando únicamente para su comunicación con los demás que
estén libres del contagio, la puerta situada en el puente llamado del Nogueral
y para que los vecinos puedan salir y entrar para las labores y faenas del
campo, se coloquen dos portones uno en el sitio
del Cantón y otro en el sitio del Vadillo cuyas llaves tengan dos personas que
se elijan desde la Junta de Sanidad local.
Desarrollo de la Efemérides:
Desde principios del año 1.804, la ciudad de Málaga sufría
una epidemia de fiebre amarilla que se fue extendiendo a otros lugares como
Cartagena, Alicante y Granada. Ya en septiembre se recibía en Los Villares una
comunicación del Gobernador indicando se forme una Junta Local de Sanidad, con
el mayor número de personas de autoridad que presten sus brazos útiles para las
operaciones y trabajos que serán inexcusables y que comience a poner en
práctica y velar por el cumplimiento de las disposiciones del Gobierno en
defensa de la salud pública y prevención de los posibles contagios.
Los Villares, era por entonces una población que albergaba
327 vecinos, unos 1.310 habitantes. En ella, se constituía la Junta de Sanidad
el día 12 de Septiembre, presidida por los Alcaldes ordinarios Alonso de Mena y
Marcelino Sánchez y como vocales con
dichos señores, el Prior de la Iglesia Parroquial de esta Villa, D. Ildefonso
Nicomedes Gómez y Barco; el Síndico
Procurador General, D. Juan de Siles Herrador; el Señor José de Barragán,
actual Diputado de Abastos; D. Juan Miguel de Campos, Síndico Personero; D.
Manuel García y D. Manuel del Alcalde, vecinos de esta población y D. Cipriano
Pérez Baylón, Médico Titular para hacer la funciones propias a su facultad y como
Secretario de la Junta el Escribano del Concejo D. Pedro José de Peña.
El 15 de octubre de 1.804 se reunía de urgencia el Concejo en
las Salas Capitulares y se leía una comunicación del Gobernador en la que se
advierte que ningún pueblo está libre al contagio a menos que se adopte las
medidas más serias y eficaces para precaverse y que va aumentando el número de
pueblos y el número de personas contagiados y sospechosos, por cuya razón el
Gobierno ha nombrado al Capitán General de los Cuatro Reinos de Andalucía, Don
Tomás de Mola como responsable de ejercer, junto con una Comisión de Salud, las
medidas que sean precisas y convengan para que los pueblos que por la
misericordia de Dios están libres de este azote, puedan evitar sufrir esta
enfermedad voraz y los estragos que le siguen.
Así mismo se indica se ponga todo el celo posible en la
vigilancia de cuántas personas circulan por el término pues se está observando
que a través de los montes que principian en Alcalá la Real es frecuente el
número de fugitivos que buscan estos parajes de la sierra para refugiarse,
muchos de ellos procedentes de pueblos contagiados. Por lo que en base a esto
será indispensable redoblar el esfuerzo y vigilancia aunando las fuerzas para
que el pueblo quede bien cercado.
Vista y estudiada la provisión,
el Concejo acordó lo siguiente:
a) Que se cerque para
mayor defensa este pueblo, dejando únicamente para su comunicación con los
demás que estén libres del contagio la puerta que se colocará en el puente del
Nogueral, y para que cómodamente puedan salir y entrar para las labores y faenas
del campo, se coloquen dos portones uno en el sitio del Cantón y otro en el
sitio del Vadillo cuyas llaves tengan dos personas que se elijan de la misma
Junta de Sanidad quienes cuiden de tenerlos abiertos desde el amanecer hasta
dos horas después por la mañana y otras dos horas a la tarde principiando desde
media hora antes del anochecer.
b) Que los vecinos que
tengan huertos, corrales o solares en la línea por donde se ha de cercar el pueblo
han de levantar sus tapias o paredes hasta una altura proporcionada capaz de
impedir la entrada por ella de personas y que si los tales huertos, corrales o
solares fuesen de forasteros se llevará su edificación de paredes o tapias por
el Concejo pero a costa de los mismos dueños exigiendo de los arrendadores las
cantidades necesarias para ello sin detenerse en citarlos porque las circunstancias
no están para ello.
c) Que se cuide de que
la cerca comprenda el Molino Harinero, pues siendo el único de este pueblo y
concurriendo a él muchos forasteros es conocido el riesgo que hay de que pueda
contaminarse y de esta forma llegaría el contagio inmediatamente a la población.
d) Que la llave del
portón que ha de ponerse en el sitio del Cantón se entregue y encargue al Señor
D. Antonio Molina Madueño y la del Vadillo al señor D. Andrés García.
e) Que los Señores
Alcaldes se encarguen de nombrar a las personas que además del Alcalde de la
Santa Hermandad, Juan Palacios, hayan de rondar de noche por el pueblo y que
les ayude el señor regidor decano para llevar las listas de los sujetos que
deban hacer este servicio y el turno de los que vayan verificando.
f) Que los Señores Alonso de Mena Alcalde, el Prior de esta iglesia Parroquial y el
Regidor Decano, nombren los Diputados que han de estar de guardia en la única
puerta de comunicación que queda establecida cuya guardia se ha de componer de
tres sujetos, y como responsable el
mejor considerado o más a propósito para el reconocimiento de pasaportes y
anotando las entradas y salidas y que de este servicio se encarguen en cuanto
sea posible a los menos jornaleros que necesitan sus trabajos diariamente para
su sustento.
g) Que conviene hacer
el cercado del pueblo a la mayor brevedad y el modo previsto, corra a cargo de
los Señores Alcaldes, Regidor Decano, D. José Barragán y D. Miguel de Campos,
así como del tapiado que hay que hacer en las bocacalles y terrenos públicos
cuya obra debe costearse con los fondos del Caudal de Propios, cuyo costo es de
seis mil reales.