sábado, 15 de noviembre de 2025

DE LA PROPUESTA DE EMPLEOS PARA EL AYUNTAMIENTO EN 1.820

 

Tal día como hoy, el 15 de noviembre de 1819 el Ayuntamiento de Los Villares presentaba, a la Chancillería Territorial de Granada, la propuesta de personas hábiles y sin tacha para ocupar los empleos de Alcaldes Ordinarios, Regidores, Síndico y Alguacil Mayor en el año de 1.820.

 

Desarrollo de la Efemérides:

En Los Villares un 15 de noviembre de 1819 los señores Antonio Gómez y Antonio Higueras, Alcaldes Ordinarios y Juan Alonso Fernández y Gregorio de Campos, Regidores reunidos en las Salas Capitulares de la misma, elaboraron la propuesta de personas hábiles y sin tacha que han de ocupar los empleos de Alcaldes Ordinarios, Regidores, Síndico y Alguacil Mayor en el año venidero de 1.820 en número doble, para que de ellas pueda hacer elección el Real Acuerdo de la Chancillería Territorial de la ciudad de Granada para que puedan ser personados el día primero de año y nombrados con la antelación que el citado Real Acuerdo tiene previsto unánimes acordaron hacer las propuestas siguientes:

*Don Antonio Gómez Gardí de primera vara para que sirva este empleo propone en primer lugar a Don Martín de Pineda, de esta vecindad y en segundo lugar a Carlos del Alcalde de esta vecindad.

*Don Antonio Higueras, Alcalde de segunda vara propone para que sirva este empleo en primer lugar a Pedro Sánchez y en segundo lugar a Juan Alonso de Luque ambos de esta vecindad.

*Juan Alonso Fernández, Regidor Decano para que sirva este empleo, propone en primer lugar a Antonio Espejo y en segundo lugar a Gregorio del Alcalde, de esta vecindad.

*Gregorio de Campos, Regidor segundo propone para este empleo en primer lugar a Andrés Parra García y en segundo Romualdo Higueras.

*Los Señores alcaldes, de mutuo acuerdo, proponen para que sirva en el empleo de Síndico Procurador General en primer lugar a Juan Vicente Anguita y en segundo a Francisco del Alcalde Fernández.

*Los referidos Alcaldes, proponen para que sirva en la vara de Alcalde de la Santa Hermandad, en primer lugar a  Antonio de Higueras Araque y en segundo a Pedro Moreno Molina.

*Por parte de los SS. Alcaldes deseando que el empleo de Alguacil Mayor que tiene las regalías en las funciones públicas de asiento en el Cuerpo de la Villa recaiga en una persona que no desmerezca esta distinción y proponen en primer lugar a Juan de Águila y por los Regidores para dicho empleo a Policarpo de Ramos.

*Por los cuatro referidos Señores deseando que el citado empleo de Alguacil Mayor sea distinguido del de Ministerio Ordinario con que se ha confundido hasta la presente, suplican a S.A. el Real Acuerdo conceda facultad a esta Real Justicia para que pueda elegir o dignarse a hacerlo para que no puedan excusarse en una de las personas que se proponen y son Manuel del Águila y Blas de Rubia de esta vecindad.

Así mismo a la nominación de propuestas para los empleos del Concejo a quienes compete por privilegio y posesión sin que concurra otra persona alguna, dijeron que por la Real Instrucción de Pósitos  está previsto dejen en el mismo Acto la elección de Juez Interventor del Pósito, Regidor Clavero y Depositario y decidieron que por Juez Interventor del Pósito sea el Alcalde primero ordinario que venga electo en el Real Acuerdo, para Regidor Clavero al que venga electo como Regidor segundo en el Real Acuerdo y para Depositario a Luis Palacios de esta vecindad, a quienes se dará posesión el día primero del año venidero como está previsto.

*Tras la Constitución de 1812, perdidos los privilegios por el Señor Vizconde de la villa, la jurisdicción de Los Villares quedó en manos de la Corona, siendo administrada por la Real Chancillería de Granada, hecho por el cual las designaciones de los oficiales del Concejo corresponden a la misma.

 

TAMBIÉN ESTE DÍA…En 1756: El Concejo de Los Villares, libraba en poder de Juan de Morales, Mayordomo de Propios del Concejo 558 reales de vellón gastados desde el mes de septiembre.

*De los diferentes pagos podemos reseñar como significativos por lo que nos aportan, el de 25 reales por la conducción de maderos utilizados en las obras de construcción del puente sobre el Eliche (Priscaleda); los 24 reales en el arreglo de la corona de la virgen del Rosario, aparece de nuevo como Patrona, con fecha muy  anterior a 1781;  o los 227 reales en las 20 fanegas de langostas en canuto y su método para prevención de plagas, tan perjudiciales para las cosechas de cereales.

 

 

viernes, 14 de noviembre de 2025

DE LA CONSTITUCIÓN DE UN NUEVO AYUNTAMIENTO EN 1.934

 

Tal día como hoy, el 14 de noviembre de 1934, por orden gubernativa, se llevaba a cabo la destitución del Ayuntamiento de Los Villares, constituyéndose un nuevo Ayuntamiento presidido por D. Lorenzo Herrador Peinado.

 




Desarrollo de la Efemérides:

Un 14 de noviembre de 1.934, se celebraba sesión extraordinaria del Pleno de la Corporación Municipal, presidida por D. Antonio Velasco Damas,  Delegado Gubernativo, al objeto de reorganizar el Ayuntamiento de esta Villa, vista la situación del Ayuntamiento constituido en su mayoría por concejales interinos y la actuación de los propietarios, contraria al régimen republicano y peligrosa para el orden público. El pleno se celebra por orden, de 13 de noviembre, del Gobernador Civil, para llevar a efecto la supresión del Alcalde y demás concejales, nombrando en su lugar a los vecinos de esa localidad cuyas credenciales porta el  Delegado Gubernativo..

Seguidamente el Sr. Presidente entregó las credenciales a los concejales interinos a los Señores: D. Lorenzo Alcalde Luque, D. Mateo Guerrero Molina, D. Juan Antonio Peña Palacios, D. Antonio Herrador Campos, D. Gregorio Molina Siles, D. Lorenzo Herrador Peinado, D. Manuel Delgado Mármol, D. Manuel Guerrero Molina, D. José Fuentes Higueras y D. Luis Pardo Peña.

 

A continuación por la Presidencia se procedió a la apertura de elecciones, quedando como Alcalde Presidente,  D. Lorenzo Herrador Peinado, con 11 votos; para Primer Teniente de Alcalde, D. Antonio Herrador Campos por igual número de votos; para Segundo Teniente de Alcalde, D. Matero Guerrero Molina, con 11 votos y para Regidores Síndicos, primero y segundo, D. Manuel Guerrero Molina y D. Lorenzo Alcalde Luque, respectivamente, ocupando el resto el cargo de concejales.

 

*Este acontecimiento de cambio en la composición del Ayuntamiento Los Villares, se produce  como consecuencia del movimiento revolucionario de Octubre del 1934. El gobierno de la República daba orden de destituir de los ayuntamientos a los miembros considerados como más extremistas y sustituir por republicanos moderados. Con fecha 13 de noviembre, en base a esta orden, el Gobernador emitía el escrito de cese del anterior y constitución de un nuevo Ayuntamiento Los Villares y nombraba Delegado Gubernativo a D. Antonio Velasco Damas, al que hace entrega de las credenciales de los nuevos concejales. El 14 de noviembre se constituía el nuevo Ayuntamiento.

 

TAMBIÉN ESTE DÍA…En 1707: El consejo real autorizaba a D. Francisco de Cevallos y Villegas, efectuar el deslinde del término de la villa y a partir de esta fecha ostentar el Señorío de la misma, con la única regalía efectiva de aprobar anualmente la designación de los cargos públicos que formarían el Concejo.

 

jueves, 13 de noviembre de 2025

DE LA INTERVENCIÓN DEL VIZCONDE EN EL ARREGLO DEL MOLINO HARINERO EN 1761


 

Tal día como hoy, el 13 de noviembre de 1761 el Concejo de Los Villares, solicitaba licencia a Don Gabriel de Ceballos Villegas Villalobos, II Vizconde de Los Villares, para poder acometer las urgentes y necesarias obras en el molino harinero perteneciente al Caudal de Propios, cuyo importe superaba los 100 reales de vellón.




Comentario a la Efemérides:

Decía así el Memorial presentado por el Concejo al Señor Vizconde de Los Villares:

“… Señor:

El Concejo, Justicia y Regimiento de la Villa de Los Villares, puesto a los pies de Vuestra Merced con el debido acatamiento, dice se haya esta Real Justicia requerida con una Instrucción del Real y Supremo Consejo de Castilla a quien Su Majestad el Rey Nuestro Señor que Dios guarde muchos años,  ha encargado el manejo y gobierno de los Propios y arbitrios del Reino. Por la que entre diferentes capítulos que contiene, uno de ellos dice que los Concejos y Justicia de los pueblos no pueden librar ni gastar cosa alguna de los Caudales de Propios que tengan los pueblos, sin que proceda licencia de los Señores Intendentes de cada provincia y que tan solamente la pueden dar de la cantidad de cien reales y siendo el gasto de mayor aumento se informe a dicho Real Concejo para que se pueda gastar las cantidades que se pidan o le parezca más conveniente.

Respecto a que el Caudal de Propios de esta villa tiene entre otras posesiones el molino harinero, con una piedra y su canal en virtud de legítimos títulos, con su casa de teja y un cuerpo, del cual por las muchas lluvias que se han experimentado, se ha caído y arruinado un pedazo de tejado del largo de seis varas hasta llegar a la piedra que muele, quedándose a la clemencia del tiempo y siendo preciso y urgente que se efectúe dicha obra por los graves inconvenientes y perjuicios que se están originando al común y vecindario de esta villa en la molienda que llevan a dicho molino por el mucho espolvoreo que los aires causan en las harinas y así mismo pérdida para el arrendador del citado molino, respecto que la Real Justicia Ordinaria le pertenece y es propia de Vuestra Merced, en virtud de los reales títulos que tiene y que para dar cuenta a dicho Real y Supremo Consejo de lo acaecido en el referido molino es preciso se pasen algunos días en la ida y vuelta de correo y que por los muchos y graves asuntos que concurren en él,  no  pueda dar pronto despacho.  Para el mayor acierto y que en modo se cumpla la voluntad Real y su Instrucción referida:

Suplica este Concejo a Vuestra Merced se sirva determinar en el asunto referido y si fuere posible, conceder su licencia para que dicha obra y reparación se efectúe prontamente y de cuyos gastos se llevará cuenta y razón por el maestro que la efectúe para que conste y se abone en sus cuentas del Mayordomo de dichos Propios, porque de lo contrario el arrendatario de dicho molino se retirará de él y será mayor la pérdida de este vecindario, además de perder el Caudal sus rentas por no tener corriente la posesión como es obligado, cuyo favor espera recibir este Concejo de Vuestra Merced, esperando sus órdenes y que Dios guarde su vida muchos años, Villares  y Noviembre a 13 de 1761”.

Respuesta del Señor Vizconde: En Jaén a 1 de diciembre de 1761

“Vista la pretensión que contiene el precedente Memorial, se concede la licencia que pide el Concejo, Justicia y Regimiento de Los Villares para hacer la obra en la casa molino que enuncia para evitar los perjuicios y detrimentos al común y Caudal de Propios de ella. Debe llevarse con la mayor formalidad cuenta de su razón y gasto para dar cuenta de cuánto se pida y ejecutar lo previsto por las Reales Órdenes de su Majestad.= El Vizconde de Los Villares”.

 

 

TAMBIÉN ESTE DÍA…En  1934: El Ayuntamiento de Los Villares presidido por el Alcalde D. Miguel Hidalgo García, sacaba a concurso las plazas de: Comadrona (Profesora de Partos) de la Beneficencia Social con un sueldo anual de 750 ptas., y la de Practicante de la Beneficencia Social con un sueldo de 750 ptas.”

  

martes, 11 de noviembre de 2025

DE LA COOPERATIVA SAN JUAN BAUTISTA EN 1954

 

Tal día como hoy, el 11 de noviembre de 1954, se constituía la Cooperativa Agrícola San Juan Bautista de Los Villares, inscrita en el Ministerio de Trabajo con el número 6619.




Desarrollo de la Efemérides:

 Un 11 de noviembre de 1.954, se reunían un grupo de olivareros de Los Villares y  constituían la Cooperativa Agrícola de San Juan Bautista, inscrita en el Ministerio de Trabajo con el nº 6619. Su instalación fue en el lugar conocido como Ejido y su primer presidente D. José María Colmenero Chica.

* El 29 de octubre de 2.005, la cooperativa agrícola “San Juan Bautista” se unificaba junto con la cooperativa “Ntra. Sra. del Rosario”, naciendo de ellas la Sociedad Cooperativa Andaluza “Sierra de la Pandera”, inscrita en el Registro de Sociedades Cooperativas de Andalucía, folio, 1478, asiento 1.

*D. José María Colmenero Chica, primer presidente de la cooperativa había sido Alcalde de Los Villares entre el 1 de enero de 1940 y el 6 de noviembre de 1946.

 

 

TAMBIÉN ESTE DÍA…En 1619: El Concejo de Los Villares, a saber Cristóbal Ruiz Malo de Molina y Francisco Frutos Colmenero, Alcaldes Ordinarios; Simón Ruiz de Quesada y Francisco de Bonilla, Regidores de este lugar, acordaban librar en Francisco Frutos Colmenero, Mayordomo de Propios, los 68 reales que se deben a la Real Hacienda, por comisión de apremio, correspondientes al año 1618.

 

lunes, 10 de noviembre de 2025

DEL PROYECTO DE ENSANCHE DEL HUERTO DE LA VIRGEN EN 1.928

 

Tal día como hoy, el 10 de noviembre de 1928, el Ayuntamiento que preside el alcalde D. Electo Montón Esteve, aprobaba el proyecto, plan y memorias para llevar a cabo el ensanche y urbanización de la población en el sitio conocido como “Huerto de la Virgen”.



Vista de la calle Huerto de la Virgen


Desarrollo de la Efemérides:

Un 16 de abril de 1928, el Ayuntamiento de Los Villares aprobaba por unanimidad la moción presentada por el alcalde D. Electo Montón Esteve sobre la urbanización y mejora del interior de la localidad con la apertura de calles amplias y modernas para favorecer el levantamiento de edificios, ya que por otra parte es bastante sensible el crecimiento de la población. Por todo ello se aprobaba el aparcelamiento del plano de ensanche del pueblo en el denominado huerto de la Virgen, habiendo de decidir sobre la extensión que han de ocupar las calles y solares. Ello conlleva declarar de utilidad pública la expropiación del denominado huerto de la Virgen y contiguos.

El 18 de julio de 1.929, el Ayuntamiento de Los Villares aprobaba, por unanimidad, solicitar de la Caja de Previsión Social de Andalucía Orienta, la cantidad de 59.000 ptas., a reintegrar en 30 años, a un interés del 5% anual, para la adquisición de solares en el sitio Huerto de la Virgen y edificar cuatro escuelas y otras tantas casas para habitación de maestros, según proyecto de construcción autorizado por el arquitecto D. Luis Berges Martínez, de renombrada fama en Jaén.

Los solares sitos en la calle del Arroyo, tienen cada uno una extensión de seiscientos diez metros cuadrados y hacen esquina con la calle nueva, del sitio del huerto de la Virgen.

Un 11 de febrero de 1.930, el Ayuntamiento suscribía ante el Notario de Jaén, D. Lázaro Junquera un préstamo de 59.000 pesetas con la Caja de Previsión de Andalucía Oriental, para la adquisición de dos amplios solares en las esquinas de la calle del Arroyo con las de una nueva calle que se comenzaba a urbanizar en el popular “Huerto de la Virgen”, destinados a la construcción de cuatros edificios escuela y casas de maestros.

El 1 de febrero de 1.932, la Corporación Municipal que preside el alcalde D. Miguel Hidalgo García, acordaba, por unanimidad, poner el nombre de Pablo Iglesias a la nueva calle del proyecto de urbanización y ensanche enclavado en el lugar conocido como Huerto de la Virgen.

Los actos de colocación de las placas e inauguración oficial, tuvieron lugar un trece de marzo de 1.932, asistiendo las Autoridades locales y provinciales, así como numeroso público.

 

En 1939 pasaría a llamarse calle del Capitán Cortés, y en 1984 calle Huerto de la Virgen, nombre con el que siempre se le había conocido pero que por primera vez tiene como nombre oficial.

 

 

D. ELECTO VICENTE MONTÓN ESTEVE, fue Alcalde de Los Villares desde el 23 de febrero de 1.927   al   26 de febrero de 1.930.

 

 

 

TAMBIÉN ESTE DÍA…En 1.946: Previa convocatoria de urgencia y con la presencia del Subjefe Provincial del Movimiento D. Javier Marín Pérez, Delegado del Excmo. Gobernador Civil de la Provincia, se constituía el nuevo Ayuntamiento, con la siguiente composición:  Alcalde,  D. Joaquín Tuñón Gámez, D. José doblas Lozano como Primer Teniente de Alcalde; D. Antonio Liébanas Alcalde, como Segundo Teniente de Alcalde; D. Lázaro Rueda Siles, Síndico; y los gestores, D. Antonio García Barrios, D. Luis Siles Gómez, D. Agustín Huertas Ortega y D. Laureano Herrador Cabrera y D. Luis Herrador Palacios

 

domingo, 9 de noviembre de 2025

DEL REGISTRO DE YEGUAS, POTROS Y POTRANCAS EN 1739

 

Tal día como hoy, el 9 de noviembre de 1739, Juan del Alcalde Cámara, hacía el registro de sus yeguas, potros y potrancas, ante el Alcalde ordinario y Escribano de la villa, en cumplimiento de las Reales Órdenes de S.M. el Rey.






Desarrollo de la Efemérides:

En la Villa de Los Villares, el 9 de noviembre de 1739, estando en la plaza  pública de la Iglesia de ella, ante el Señor Sebastián García, alcalde ordinario de la villa, presente así mismo el escribano D. Lázaro Garrido de Ocaña,  Juan del Alcalde, vecino, labrador y criador de yeguas de ella, en cumplimiento de las Reales Órdenes de S. M. el Rey - Nuestro Señor que Dios guarde- haría registro de las yeguas, potrancas y potros que posee, con descripción de las mismas y que eran las siguientes: 10 yeguas, de ellas cuatro preñadas; 4 potrancas y 3 potros. Todas ellas herradas y examinadas. Dicho registro se llevó a cabo en presencia de Antonio de Ortiz y Gámez, Maestro de Albéitar, vecino de la ciudad de Jaén, a quien se llamó para dicho reconocimiento.


*El criador de yeguas, Juan del Alcalde Cámara; labrador acomodado, cuyo domicilio estaba en la plaza de la iglesia,  costearía en 1741 la adquisición de la imagen del crucificado, que con la advocación del “Señor del Socorro” se colocó en el altar mayor de la parroquia.

*Juan Alcalde Cámara es el bisabuelo paterno del célebre guerrillero villariego Pedro del Alcalde Heredia.

 

TAMBIÉN ESTE DÍA…En 1.936: bajo la presidencia de D. Ángel Alberjón Sabariego, se reúne la Corp. Municipal y acuerda nombrar para que formen parte del Comité Agrícola Local del Frente Popular a los vecinos de esta villa, José Fernández Muñoz, Januario Alamedas Ruiz, Antonio Moreno Parra y Antonio Ávila Armenteros.

*El Ayuntamiento estaba constituido por: D. Ángel Alberjón Sabariego, como Alcalde Presidente y los concejales, Laureano Garrido Serrano, José García Molina, Juan José Fernández Alcalde, Juan Gámez Valenzuela, Francisco Fuentes Cabrera, Fernando Rodríguez Torres, Juan Gallardo Ortiz, Laureano Moreno Higueras, Ramón Mejías Cabrera, Pedro León Ávila, Juan Fernández Expósito y Esteban Palacios Araque.

viernes, 7 de noviembre de 2025

DEL CONFLICTO POR LA DISTRIBUCIÓN DE LAS AGUAS EN LOS VILLARES EN 1819.

 

Tal día como hoy, el 7 de noviembre de 1819, el concejo de Los Villares ante el conflicto surgido por la distribución de las aguas, recibía del Intendente General de la Provincia, D. Antonio Sainz de Zafra una Orden de aplicación de distintas medidas para satisfacer las necesidades de los vecinos, hacendados y del molino harinero.

 

 




Comentario a la Efemérides:

Por D. José María Pérez y D. José Gutiérrez, vecinos de la ciudad de Jaén y hacendados de Los Villares, cuyas plantaciones de olivos estaban situadas en el paraje de  “la Carrasquilla”, fincas que recibían el riego de la acequia alta del costado del Levante del término municipal, procedentes del manantial del Borbotillo y arroyo del Cerezo, se había presentado una queja ante la Intendencia General de la Provincia, exigiendo se redistribuyera el caudal de agua del término para satisfacer las necesidades de la agricultura, pues consideraba había un derroche en el abastecimiento a la población y se carecía del necesario para el riego de los nuevos plantíos de olivar y el fomento de nuevas industrias.

Ante estas quejas, el siete de septiembre anterior, el Sr. Intendente General se desplazaba a Los Villares, asistido del asesor general de la Intendencia, peritos y personas de conocimientos prácticos en las tierras y nacimiento del Río Frío.

Tras la visita de inspección de la comisión de Intendencia, D. Antonio Sainz de Zafra, Intendente General, emitía un 7 de noviembre la siguiente Orden:

 

“INTENDENCIA DE JAÉN…

En la  la visita ocular que realicé, encontré en los copiosos nacimientos de agua al pie de la Pandera un río de riqueza que puede hacer subir la de ese pueblo a la mayor de los de su clase de la Provincia, sin otra necesidad que la de darles mejor disposición y arreglo para evitar los derroches y sobrantes que por todas partes se notan.

La abundancia de aguas de ese término asegura en los años lluviosos el caudal diario en todas las acequias para los riegos de sus tierras y arbolados en todas las estaciones del año, siendo necesario poner arreglo y fijar el método para que se consiga el fomento de la agricultura y nuevas plantaciones evitando pleitos, ruinas y disgustos.

A un simple cotejo de la extensión de tierras que benefician estas aguas desde su nacimiento se advierte el exceso de las que se dedican a la población y la falta en las que deben regar el costado de Levante.

La dificultad que expresada por el Ayuntamiento  en razón de que minorando las aguas que bajan a esa villa se priva al molino harinero de las que ha menester para trabajar y al Caudal de Propios de quien es dicha finca, de una parte, de sus rentas, es fácil de conciliar: puede dar abasto de harina a los vecinos; no sufrir pérdida con sus productos y atenderse a los riegos de las nuevas plantaciones de olivos.

El tiempo que en ese término se usa las aguas para beneficio de las siembras y plantas es el que media desde el 15 de mayo al 15 de septiembre de cada año, en el que se ceden dos días de cada semana para las referidas tierras del sitio del Levante, lo que como queda sentado no es suficiente a pesar de que faltan cuarenta días de sol a sol en el molino. Este hecho convence que en las horas de puesta de sol y la noche puede el citado molino dar abasto de pan y por consiguiente que hay lugar a mejor distribución en las citadas aguas.

Conciliándolo todo, he resuelto que en los citados cuatro meses que median desde el 15 de mayo al 15 de septiembre de cada año, se destinen las referidas aguas expresamente a los riegos desde la hora de la salida del sol hasta la de ponerse, si fuese bastante; y que las restantes surtan el molino harinero: que todos los nacimientos existentes más altos del llamado “Ojo del Moral” o de Río frío, se recojan sus resultas a la acequia alta que se dirige a las tierras del convento de Santa Clara y da riego hasta los plantíos de Don José María Pérez, D. José Gutiérrez y Bartolomé García; que las aguas del citado nacimiento del “Ojo del Moral” se distribuyan dos terceras partes para la población y sus huertos colindantes y una para la acequia llamada de los Cotos; que precisamente en el riego de todos los olivares se empiece a darle por el orden de su aproximación al nacimiento sin que pueda ningún propietario dar segundo hasta que todo el pago haya concluido el primero, concediendo a las siembras de granos y hortalizas la justa preferencia según su necesidad y por último que el agua de dicha acequia alta del Levante; se destine el domingo de cada semana a    las tierras del convento de Santa Clara, herederos de Pedro  Espinosa y Francisco Ramos Ruiz; el lunes a los olivares de Luis Palacios, Juan Alonso Fernández y de Don Pedro Chamorro; el martes y miércoles a  los de Don Modesto Pérez, Doña Catalina Delgado y Doña María Gertrudis Esponera; el jueves a los plantíos y tierras de Don Pedro Chamorro, Don Antonio Anguita, Don Martín de Pineda y José de Higueras; el viernes a las tierras del Morterón, Guindalea y estacares de Don José María  Pérez y el sábado el plantío de Don José María Pérez, de las Majadillas y plantío de Bartolomé García.

A fin de que no sufra quebranto el producto del molino harinero ni falte a los Propios el ingreso de sus rentas, todos los años con arreglo al remate de ellas, se liquidará el cuanto le corresponde  a los ochenta días o los que le falte el agua que por la precedente disposición deja de moler y esta misma cantidad se a repartida en justa proporción entre todos los terrenos que en dicho sitio de Levante son beneficiados con esta procedencia y además se repartirá lo suficiente para establecer un fondo con el que pueda atenderse a la pronta reparación de las presas, acequias y caminos servidumbres, pues todo se halla en el mayor abandono.

En cada año será un deber del Ayuntamiento elegir para cada acequia de las dos de Levante un alcalde de pago que será responsable de los desórdenes y haga cumplir rigurosamente esta disposición y se encargue de la cobranza de lo que a cada uno de los que reciben el beneficio corresponda, a cuyo fin se nombrará un depositario todos los años bajo la responsabilidad del ayuntamiento que lo nombre y a quien le concedo esta facultad.

Para que a todos conste y quede sancionada del modo más obligatorio, citarán V.V. a todos los interesados para el día 14 del presente mes en que se presentarán en esa villa y se tendrá una Junta General, en la que dando a todos audiencia, quedarán vencidos los obstáculos y  fijados todos los puntos que exijan atención extendiéndose una lista de los que sean y de la que se me entregará una copia literal y de los resultados de esta Junta se extenderá acta formal en los libros de acuerdos del Ayuntamiento, que firmaré yo, los individuos de éste, y cuánto sepan de los concurrentes para que en todo tiempo rija este sistema que se establece para fomento y felicidad del pueblo.

Quedo persuadido que por este medio, esos vecinos y los hacendados del término deberán fomentarlo del modo más ventajoso, asegurando sus cosechas y haciendo felices sus familias, que son los deseos del Gobierno y los sentimientos que me dirigen.

Dios guarde a V.V. muchos años: Jaén 7 de noviembre de 1819=Antonio Sainz de Zafra.

S.s. Justicia, Ayuntamiento y Junta de Propios de la villa de Los Villares”.