domingo, 25 de octubre de 2015

DEL FALLECIMIENTO DE DON JUAN DE MATA ESPEJO MOLINA EN 1.942

Tal día como hoy, un 25 de octubre de 1.942  a la edad de 87 años fallecía, en su casa de la calle de San Bartolomé de Jaén, el ilustre músico villariego D. Juan de Mata Espejo Molina.




















Comentario a la Efemérides:
 Hijo de José Desposorio Espejo Ramírez, carpintero y organista de la parroquia de Los Villares y de Úrsula Molina Anguita. Nacido en el seno de una familia muy ligada al mundo de la música religiosa, D. Juan de Mata Espejo Molina, destacó desde muy joven en ella. Ya en 1.879 con sólo 24 años de edad, aparece como director de una de las dos bandas de música que había en Los Villares, (la otra dirigida por D. Eduardo Delgado Muñoz). Organista de la parroquia San Juan Bautista de Los Villares entre 1873 y 1892.
En Junio de 1884 contrae matrimonio con Elvira Luque Alcalde, con quien tiene dos hijos, Ángel y Mateo, éste último sería también organista.
El Ayuntamiento de Jaén, le encomendó en 1.901 la formación de la banda municipal. Trabajó como profesor de música en la Real Sociedad Económica de Amigos del País y fue organista en la parroquia de San Bartolomé y en la Capilla de San Andrés.
Ejerció como un acreditado profesor particular y escribió un “Compendio de Solfeo”. Como compositor podemos destacar: unos “Dolores a Nuestra Señora”, una versión peculiar del “Ave María”, una glosa de los “Misterios del Rosario”, un piadoso “Ramillete” así como unas bellas “Letrillas”, todas estas dedicadas a la Virgen del Rosario. Es también de destacar la composición “la Fiesta de mi pueblo” (valses para piano).
Tras una dilatada vida dedicada a la composición y a la formación de nuevos músicos, Don Juan de Mata Espejo Molina, fallecía en Jaén,  a la edad de 87 años en su casa de la calle de San Bartolomé, el 25 de octubre de 1.942.

TAMBIÉN ESTE DÍA…En 1840:El Ayuntamiento que preside D. José de los Santos Gutiérrez y Fernández acordaba que la Junta de Instrucción Pública de esta Villa se componga además de las personas señaladas por la Ley del Regidor primero, D. Antonio del Alcalde Siles y de D. Plácido de Campos y de D. Pedro del Alcalde de esta vecindad de propiedad y conocimiento y se les encarga que cuiden de la enseñanza conforme a las Instrucciones vigentes, venciendo los obstáculos y previendo lo necesario con objeto  de que se proporcionen los adelantos que se recomienda en la Instrucción primera.



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