Tal día como hoy, el 20
de agosto de 1754, el Concejo de Los Villares libraba en poder de Juan de
Morales, Mayordomo de Propios de dicho Concejo, 412 reales y 16 maravedíes
que de su orden se habían gastado en los
meses de junio y julio de este año.
Desarrollo de la
Efemérides:
En la villa de Los Villares el 20 de agosto de 1754, los
Señores Alfonso Malo de Molina y Pedro de Gámez, Alcaldes Ordinarios; Francisco
Garrido y Manuel Palacios, Regidores;
personas que componen el Concejo, Justicia y Regimiento de la villa,
reunidos en las Salas Capitulares, libraron en poder de Juan de Morales;
Mayordomo de los Propios de dicho Concejo 412 reales y 16 maravedíes de vellón
que de su orden se habían gastado entre otros:
a) 88 reales y 6 maravedíes, que han importado cinco
despachos de vereda.
b) 32 reales, gastado en papel de diez cuartos, blanco de
oficio, para las dependencias de dicho Concejo.
c) 100 reales que se han dado de limosna para ayudar a hacer
una corona a Nuestra Señora del Rosario, Patrona de esta Villa, y la imagen del
Señor San Ramón, consta recibo del Señor Prior de ella.
d) 42 reales que se pagaron al ejecutor de la Administración
de Propios de la ciudad de Jaén, por el
Censo perpetuo que se paga por los Propios de esta Villa.
e) 22 reales que en diferentes veces se han dado a Juan
Pérez, Alguacil Mayor de ella, para ayuda a su manutención, por ser muy pobre y
no tener otro oficio para mantenerse.
f) 12 reales y 10 maravedíes que se han dado de limosna a
diferentes pobres enfermos y mujeres con despacho que pasaron por esta villa y
pedían limosna al dicho Concejo.
*De los distintos
pagos realizados hemos de destacar el correspondiente al apartado c); ésta es la primera vez, en que se especifica documentalmente, hasta
ahora, que la Virgen del Rosario es
Patrona de Los Villares, cuarenta y siete años antes de que se hagan los Estatutos
de su cofradía.
TAMBIÉN ESTE DÍA…En 1813: El Ayuntamiento Constitucional de Los Villares en respuesta a la
Circular del Intendente de la provincia de Jaén, tomaba los acuerdos necesarios para abonar
las deudas a la Hacienda Nacional destinadas a atender la subsistencia de los
defensores de la Patria
.
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