sábado, 1 de agosto de 2020

DEL REPARTIMIENTO DEL IMPUESTO DE MILLONES Y CIENTOS EN 1716


Tal día como hoy, el 1 de agosto de 1716 el Concejo de Los Villares, llevaba a cabo y aprobaba el repartimiento del impuesto de millones y cientos entre los vecinos, labradores y ganaderos del término municipal, cuyo importe a ingresar en la Real Hacienda, alcanzaba la cantidad de 1.093 reales de vellón.













Desarrollo de la Efemérides:

En la villa de Los Villares a 1 de agosto de 1716, el Concejo, Justicia y Regimiento de ella estando juntos como acostumbran, a saber los Señores Diego López y Juan Nieto, Alcaldes Ordinarios; Francisco Ramírez Martos y Juan del Alcalde, Regidores;  dijeron que por cuanto está pendiente de pago a la Real Hacienda el efecto de millones y cientos a  pagar en  plazos, el uno en abril, otro de ellos en San Juan y el otro en Navidad, para que se haga como se requiere en materia tan importante al Servicio de Su Majestad mandaron repartir lo que toca y pertenece a dicho tercio de los referidos efectos de los vecinos de esta Villa y labradores comprendidos en el término de ella y diferentes ganaderos que ordinariamente asisten y pastan en él con sus ganados, por razón de sus consumos.

El total de vecinos contribuyentes en el repartimiento fue de 123 y total del repartimiento alcanzó los  1.093 reales de vellón.

 Vecinos cuyo impuesto supera los 20 reales: Antonio de Heredia…24 /Juan García…40/ Luis Galán…21 / Melchor de Morales…21 / Manuel de Blanca…26 / Pedro de Medina…24 / Tomás Nieto…36 / Cristóbal de Gámez…20/ Cristóbal Malo de Molina…20.

Y en la forma  y manera que dichos Señores Capitulares, con asistencia de Juan Francisco de Anguita y Ortega, Síndico personero y Procurador General de los vecinos de esta villa, se hizo y finalizó dicho repartimiento que importa una suma de 1093 reales de vellón. Así mismo se nombró a Diego López Hidalgo, Alcalde Ordinario de esta villa a cuyo cuidado se pone el encargo de esta cobranza, quien como tal capitular, hallándose presente, lo aceptó y se obligó de hacer dicha cobranza y dar cuenta de todo ello.

IMPUESTO DE SISAS: Impuesto que se establecía sobre determinadas mercancías y comestibles y que se cobraba descontando una cantidad de peso o medida de producto en el mismo momento de la compra. A esa cantidad descontada se le llamaba “sisa”. Así sobre el vino se sisaba un ochavo (1/8) . En sus inicios se consideraba un derecho real que el rey concedía a los municipios para atender sus gastos, posteriormente fue también un renta real. Más que un impuesto por sí mismas, eran una de la formas de cobrarlos.


No hay comentarios:

Publicar un comentario