Tal día como hoy, el 11
de diciembre de 1747, reunido el Concejo de Los Villares para tratar sobre el
pago de las penas de cámara, acordaban dar respuesta al Señor Corregidor de que
los mismos en esta villa los percibe el Señor Vizconde de la misma en virtud de
su Real Título.
Casa palacio del Vizconde |
Desarrollo de la
Efemérides:
En Los Villares, el 11 de diciembre de 1747, el Concejo,
Justicia y Regimiento de ella, a saber, Juan Cristóbal Malo de Molina y Manuel
Ramírez, alcaldes ordinarios; Pedro Magueño y Gerónimo Parra, Regidores;
personas que lo componen, se reunía para dar respuesta a un despacho del Señor
Corregidor de Jaén y Superintendente General de todas las rentas reales de
dicha ciudad y de su provincia, en el cual venía inserto una carta del Señor
Marqués de los Llanos, con fecha en la villa y Corte de Madrid del 14 de
octubre del presente año sobre cuentas y productos de penas de cámara y gastos
de Justicia de dicha ciudad y pueblos de su partido hasta finales del año
pasado en la cual dicho Señor Corregidor solicitaba dar las cuentas de dichos
efectos en Los Villares desde las últimas que se hubieran tomado por Juez hasta
el pasado año de 1746.
Una vez debatido el asunto, el Concejo acordó que dado que los
efectos de penas de cámara y gastos de Justicia los percibe y los ha
apercibido su Señoría Don Gabriel de
Ceballos Villegas y Villalobos como Señor Vizconde de esta villa en virtud del
Real Título, tomado las cuentas de dichos efectos por Juez de su comisión que las ha recogido, entienden que el Señor Corregidor no se deberá entender
con la Justicia y Regimiento de esta villa y si con dicho Señor Vizconde para
lo cual el escribano dará el testimonio de dicho acuerdo y lo remitirá al señor
Superintendente de la ciudad de Jaén.
*PENAS DE CÁMARA: Se trataban de condenaciones pecuniarias
que los jueces y tribunales imponían a las partes con aplicación a la Cámara
Real o al Fisco. En este caso estaba referido a la que aplicaba la Justicia
Municipal.
*En Los Villares, el cobro del producto de las penas de
cámara correspondía al Señor Vizconde. Era una de las regalías, junto a la de
designar a los oficiales del Concejo (alcaldes ordinarios, regidores, alguacil
mayor…), y la de ostentar la jurisdicción sobre las tierras de realengo, entre
otras.
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