martes, 12 de agosto de 2014

DE LA MILICIA HONRADA DE LOS VILLARES EN 1.809

Tal día como hoy, un 12 de agosto de 1.809, en las Salas Capitulares de la Villa se leía los despachos recibidos de la Capitanía General de los Reales ejércitos, nombrando los cargos de Capitán, Teniente y Subteniente de la Compañía  de Milicia honrada creada en esta Villa.







Desarrollo de la efemérides:
En la Villa de Los Villares a 12 de agosto de 1.809, reunido el Ayuntamiento en sus Salas Capitulares, por  D. Alfonso José de Peña se  presentó a este Ayuntamiento el Despacho que ha recibido con el que del mismo modo pertenece a D. Pedro del Alcalde Anguita y a D. Jorge Barragán de ese vecindario en los cuales se aprueba por el citado Capitán General la elección o nombramiento que se hizo al primero de Capitán de la Milicia honrada, al segundo de Teniente de ella y al tercero de subteniente de la misma, en cuyos respectivos despachos se expresa que sean reconocidos y puestos en posesión de dichos empleos. Dichos señores enterados a fondo de su contexto, de una conformidad dijeron que desde luego se tengan y reconozcan por tales oficiales de la expresada Compañía de Milicia honrada creada en esta Villa a las tres mencionadas personas a quienes desde luego sus mandos tienen por tales  y a cada uno según su Pasante o Despacho dándoles respectivamente como les dan desde ahora la Posesión Real del que tiene señalado  para que desde luego como tales usen de ellos en el modo y forma que por el Excmo. Sr. D. Ventura Escalante Brunei Lamadrid y Melgarejo, Capitán General de los Cuatro Reynos de Andalucía se le confiere en nombre de S.M. y desde ahora debían de mandar y mandaron a todos los vecinos de ese pueblo les tengan por tales oficiales de la mencionada Compañía y con especialidad a el número de individuos  que la componen a los que desde ahora mande este Ayuntamiento les obedezcan en el modo y forma en que está previsto por dicho Excmo. Capitán General y si de algún modo en el cumplimiento de sus funciones necesitasen de algún auxilio desde ahora, pronta esta Real Justicia prestándolo como mejor convenga para el desempeño de las obligaciones para las que se han constituido.
Capitán y miliciano honrado


Dice así el Despacho del Capitán de la Compañía de  Milicia honrada de Los Villares,  D. Alfonso José de Peña:  

“D. Ventura Escalante Bruin Lamadrid y Melgarejo, Capitán General de los Reales Ejércitos, Decano del Supremo Consejo de Interino de Guerra y Marina Comendador de Zarza la Mayor de la Orden de Alcántara, Capitán General de los Cuatro Reynos de Andalucía, Presidente de la Junta Militar de la Real Chancillería de Granada y de la Real Audiencia de Sevilla, por cuanto atendiendo a las circunstancias de Vos D. Alfonso Josef de Peña,  vecino de la Villa de Los Villares he venido en elegiros y nombraros como en virtud del presente os elijo y nombro por Capitán de la Compañía de la Milicia Honrada de la misma Villa. Por tanto, hallándome para ello autorizado por S.M., mando a las Juntas de Gobierno, Ayuntamiento o cualquier otra Autoridad a quien corresponda, que al expresado D. Alfonso Josef de Peña se le ponga en posesión de dicho empleo y a los Oficiales e individuos de la referida Compañía que le reconozcan y tengan por su Capitán, obedeciendo las órdenes del Real Servicio que les diere por escrito y de palabra, sin réplica ni dilación alguna, debiendo haberle y tenerle igualmente por Capitán los oficiales y soldados de las demás Milicias Honradas, guardándole y haciéndole guardar todas las honras, gracias, preeminencias y exenciones que le tocan y deben ser guardadas, bien y cumplidamente que sí es la Voluntad de S.M. y que se tome razón de este Despacho en las Contadurías de la provincia y en el Ayuntamiento de la mencionada Villa. Dado en Sevilla a 29 de Julio de 1.809 =Ventura Escalante= Lucas Fermín=Tiene un sello de Armas=V.E. nombra Capitán de la Compañía de  Milicia Honrada de la Villa de Los Villares a D. Alfonso Josef de Peña”.










































Comentario a la Efemérides:
La Compañía de Milicia honrada de Los Villares, debió ser muy numerosa, por el número de oficiales a su cargo. La primera Compañía de Milicia honrada es creada en julio de 1.809, contó de una compañía de infantería, a  cuyo mando estuvieron D. Alfonso José de Peña, Capitán Comandante de la misma; D. Pedro del Alcalde Anguita, Teniente y D. Jorge Barragán como Subteniente. Posteriormente en Septiembre de 1.809 se crearía una pequeña Compañía de veinte honrados de Caballería al mando de la cual se puso a D. Juan Miguel de Campos, con el empleo de Teniente.
El objetivo de las mismas, mantener el orden y tranquilad en la Villa y su término y defenderlo ante cualquier peligro de incursión del ejército francés, así como abastecer a la milicia provincial cuando lo fuera requerido.

No cabe duda que la participación y entrega del pueblo de Los Villares desde el primer día en que es requerido por la Junta provincial de Defensa, siendo el primer pueblo que manda una partida de escopeteros al mando de  Pedro del Alcalde para defender la ciudad de Jaén, el 31 de mayo de 1.808 y durante toda la Guerra de la Independencia fue todo ejemplo de patriotismo y lealtad a España.





Milicia honrada de La Coruña
en los actos del Aniversario de la Batalla de La Coruña 


Reseña Histórica:
La Milicias honradas, fueron creadas en noviembre de 1.808 por la Suprema Junta Central del Reyno en todos los pueblos de la península que estuvieron fuera del teatro de la guerra.
Su finalidad era mantener la tranquilidad en todos los pueblos, y singularmente en los más considerables para imponer respeto a los bandidos, para aprehender a los desertores, y evitar con el pronto e irremisible castigo la multiplicación de los delitos.
El número de individuos que ha de componer la Milicia honrada de cada pueblo sería proporcional al número y calidad del vecindario.
Aunque por lo general el cuerpo sería de infantería, podrían crearse también algunas partidas de caballería.
Las personas que compongan estos cuerpos serán aquellas que tengan rentas, sueldos o salarios fijos, no podrán incluirse en ellas los jornaleros ni aquellos individuos cuya subsistencia dependa absolutamente de su trabajo personal y diario.
Por estos mismos principios no gozarán sueldo alguno estos voluntarios; y será de su cargo, vestirse, uniformarse y armarse a su costa. Deberán vestirse con chaqueta y pantalón de paño pardo, con la divisa y botón que designe cada pueblo y un sombrero a estilo del país con escarapela.




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