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D. Manuel Narciso en su modesto piso de la calle Alameda de Lugo. |
Desarrollo de la
Efemérides:
Un 22 de julio de 1933, a la edad de 72 años, en aquella modesta vivienda del número 9 de
la calle Alameda de Lugo, junto a la catedral, entregaba su alma a Dios el
ilustre villariego D. Manuel Narciso Gómez Luque, sacerdote y héroe del 98 en
Cuba. El Teniente Coronel de la Guardia Civil, D. Ramón García Pardo, Jefe y
amigo del clérigo al escribir al Coronel Aranguren, decía: “Con el Canónigo Luque, se nos va uno de nuestros más fervientes
adoradores”.
Nota necrológica aparecida en la prensa lucense |
El funeral de entierro por el eterno descanso del canónigo D. Manuel Narciso, se celebró el día 23 de julio, a las diez y media de la mañana en la S.I. Catedral Basílica. Celebró la misa el Deán Prieto Martín, su gran amigo, cantándose por la capilla de voces el Oficio de Difuntos a cuatro voces de Hatler.
Terminado el funeral, se efectuó la conducción del cadáver al
cementerio, constituyendo lo mismo este acto que el anterior, una sentidísima
manifestación de duelo del pueblo de Lugo, donde por su entrega y carácter
afable dejó honda huella.
D. Manuel Narciso en una celebración del Corpus en Lugo. |
En el duelo figuraban dos presidencias, una formada por los canónigos Garrote y Sindín y la otra que presidían los Jefes y Oficiales de la Comandancia de la Guardia Civil de Lugo.
Dos guardias del Puesto y sus dos sobrinos, Narciso Peinado y
Agustín Huertas, trasladaron a hombros el cadáver.
De él diría el coronel Aranguren, “Una baja sensible. Se murió un buen soldado: el Canónigo Luque,
exsargento de la Guardia Civil”.
Un personaje insólito que fue, para su gloria, nada más y
nada menos que “canónigo por méritos de guerra”. Quizás el único caso en la
historia de la Iglesia y del Instituto Armado de la Guardia Civil.
TAMBIÉN ESTE DÍA…En 1894: El Ayuntamiento de Los Villares,
que preside el Alcalde D. Luis Molina Luque, solicitaba al Gobierno Civil de la
provincia, se sirva ordenar el deslinde de los términos de esta villa y la de
Valdepeñas, así como intervenir ante el Juzgado de Instrucción de Martos para
que se inhiba en el contencioso entre vecinos de ambos términos, por la dehesa de la Pandera, toda vez que
los límites de los términos municipales corresponden a la Administración y no a
los Tribunales de Justicia.
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