Tal día como hoy, un 7 de marzo de 1821,
el Ayuntamiento Constitucional de Los Villares, que presidía como Alcalde D.
Luis Palacios, en respuesta al escrito recibido del Ilmo. Sr. Obispo de la
Diócesis de Jaén, don Andrés Esteban Gómez, emitía un informe sobre el estado
de atención de la parroquia.
Desarrollo de la Efemérides:
En la Villa de Los Villares un 7 de marzo de 1821 reunidos en las Salas Capitulares los Señores
que componen el Ayuntamiento para enterarse de un oficio que les manda el Ilmo.
Señor Obispo de esta diócesis, de fechas 25 de febrero desde su Santa visita a
Andújar, el cual lo entregó al Señor presidente Reverendo padre Bartolomé de
Mena, ministro trinitario de Jaén, D. Andrés Esteban Gómez, tras debatir sobre
los puntos que incluyen y persuadidos de los deseos de S.I. se dirigen al
laudable y preciso fin de que cuando esté ausente de esta Parroquia su Prior D.
Juan del Mármol deje en ella, designada persona que lleve debidamente sus funciones;
que se diga si se cumple esto y se halla la feligresía está atendida
espiritualmente, si todos sus ministros se comportan de tal manera que se
afiance más y más la paz del pueblo; si en los Sermones se recuerda la
explicación de la Constitución Política y por último que esta Corporación le avise de todo cuanto
perturbe la paz de la Parroquia para remediarlo, ya por correcciones de caridad
o ya si no hubiere otro por el Tribunal de Justicia.
En consecuencia, todos
unánimes acordaron se conteste a S.I. sin pérdida de tiempo cuan satisfactorios
le son estos cuidados de su celo pastoral y que si en todo tiempo son precisos
los obreros de la Viña Santa, en los presentes en que es urgentísimo impartir
los fieles modos en los deberes religiosos, lo son más indispensables para
evitar las equivocaciones que se dan por los “mal afectos al orden y
autoridades constituidas”. Que siendo la obediencia la base de toda la
felicidad, todos los esfuerzos que se hagan para su desempeño serán los más apreciables servicios
a la Religión y a la Patria.
Que en cuanto tener en esta referida parroquia el referido
Prior, D. Juan de Mármol, desde que en primeros de enero se ausentó de ella
persona que desempeñe el empleo parroquial no consta a esta Corporación lo haya
verificado, pues el padre Francisco Bartolomé de Mena tan sólo ha venido los
días feriados a celebrar la Misa de Alba que costea la cofradía de Ánimas,
retirándose el mismo día, sin embargo de que este sujeto no podrá
considerársele en otro ministerio que el de predicador cuaresmal que V.S.I. le
tiene cometido y por el que ha de recibir las limosnas de los vecinos. Que no
se ha presentado ningún otro religioso para sustitución de dicho Prior, pues si
en los días festivos lo ha hecho el Sr. Francisco Carlos, trinitario, éste es
traído y pagado por dicha cofradía de Ánimas para que celebre la misa de doce y
se retira al instante a Jaén, de modo que ha sido el único clérigo hecho cargo
de la parroquia según se ve ha sido por el Teniente Cura D. Francisco Calabrés,
sujeto de cuyas virtudes y cualidades
apreciables para tan espinoso encargo está S.I. más impuesto que esta
Corporación y como se sabe mejor cuánto destruye la Religión Santa la falta de
conformidad con sus preceptos y no ignora nada S.I. en esta parte el
ayuntamiento no puede menos que interesarle a favor de esta pequeña parte de su rebaño, que éste continúe en su mejor orden político, sin
disensiones ni escándalos o que
exija una corrección particular y por
último que la explicación que se hace de la constitución política en dicha
parroquia está reducida a leer un
párrafo o capítulo de un compendio
compuesto por el Señor Diputado Cepero, lo cual como dirigido a otro fin
y solamente leído instruye tan poco que puede asegurarse no conciencian los
fieles de la utilidad del sistema constitucional, de la justificación de las
Leyes y sobre todo de la estrecha armonía, unión y conformidad que con todo
tiene nuestra Santa Religión, asegurando a S.I. que puede y debe contar para
cuanto necesite con las facultades y amor filial más respetuoso de esta
Corporación por tan alta dignidad y benemérita persona.
*De dicho informe, se remitió por el Secretario del
Ayuntamiento, D. Juan Miguel de Campos, testimonio del Acta, al Ilmo. Sr.
Obispo de la Diócesis.
*Este Informe hemos de encuadrarlo dentro del ambiente
constitucionalista del conocido como trienio liberal, tras
el sexenio absolutista (1814-1820).
TAMBIÉN ESGTE DÍA…En 1927: La Corporación Municipal de Los Villares, presidida por su Alcalde D.
Electo Montón Esteve, aprobaba la solicitud de un préstamo de en 250.000 y
300.000 pesetas para llevar a la práctica la moción presentada en su día por el
Sr. Alcalde y aprobada por unanimidad.
No hay comentarios:
Publicar un comentario