
Desarrollo de la
Efemérides:
En la villa de Los Villas un 16 de octubre de 1.811 los
Señores de la Junta Municipal de Gobierno presidida por el Regidor primero Marcelino Sánchez, e integrada por Juan de Luque, Juan Cabrera, Romualdo
Higueras, José Delgado y Francisco del Mármol, teniendo en cuenta las
contribuciones tan exorbitantes que sufre esta Villa a consecuencia del coste
de la Guerra de la Independencia y deseando cubrirlas del modo más sencillo y
menos gravoso a todos, después de una larga sesión acordaron establecer los
arbitrios temporales siguientes:
En primer lugar queda establecido desde hoy un octavo de real
por cada pan que se cueza en los hornos de esta Villa; así mismo se le impone a
cada cuartillo de vino y aguardiente maravedís de vellón del que se venda
en los puesto o las casas de los cosecheros al por menor y por el mismo caso
otros cuatro maravedís por cada libra de carne o tocino que se venda al pormenor.
Dichos arbitrios se administrarán por Romualdo Higueras, de esta vecindad, llevando
cuenta y razón en un Libro que se le entregará rubricado por el Señor Corregidor, D. Antonio Molina Madueño y por el Escribano D. Pedro del Alcalde. Por
el trabajo personal se le señala, de los mismos arbitrios, tres reales de
vellón por día. Y a los citados productos no se les podrá dar otro destino más
que el de cubrir parte de las contribuciones impuestas al vecindario.
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