martes, 22 de diciembre de 2015

DEL CONTRATO DE D. JOSÉ MARTÍN CABRERA, COMO CIRUJANO Y MAESTRO EN 1716.

Tal día como hoy, el 22 de diciembre de 1716, tras el informe que emite D. Pedro Morales, médico de Jaén, el Concejo de Los Villares admitía como Cirujano a D. José Martín  y Cabrera,  aceptando igualmente que ejerza como maestro de los niños de la villa.



















Desarrollo de la Efemérides:
Con fecha 17 de diciembre, se recibía en el Concejo de Los Villares un Memorial de D. José Martín Cabrera, Cirujano, ofreciendo sus servicios tanto como cirujano como  maestro de primeras letras. El concejo solicitaba de D. Pedro Morales, médico del Hospital de San Juan de Dios, examinara el título de este cirujano y la emisión de un informe sobre el mismo. Con fecha 22 de diciembre dicho informe era entregado y estudiado por  Concejo y siendo favorable, se acordó su contratación  tanto de cirujano como de maestro de primeras letras, mientras se observe que este segundo empleo no interfiere en el ejercicio de Cirujano.
El informe que D. Pedro Morales, médico de Jaén, emite sobre el cirujano,  es el siguiente:
Transcripción literal:
Examinado el título que se ha dado por el Real Protomedicato, a favor del Señor D. José Martín y Cabrera, no hay duda que dicho título está verdaderamente despachado en el Real Protomedicato y que en dicha audiencia apareció el dicho D. José, pues hallándose en el hospital de San Juan de Dios de la ciudad de Jaén en visita de los enfermos, ante mí y dos cirujanos  curó a los enfermos de cirugía y sangró a dos sujetos y tuvo conferencia con dichos cirujanos y les pareció muy bien el modo de curar y el modo de discurrir y la mucha caridad con que lo llevó a efecto, por cuyas razones respondo a dichos señores que pueden con seguridad admitir a dicho D. José, pues es muy necesario en cualquier. Y así lo siento y lo firmo en Jaén a 22 de diciembre de 1716=D. Pedro Morales, médico del Hospital de San Juan de Dios”.



TAMBIÉN ESTE DÍA…En 1754: El Concejo de Los Villares, cumpliendo los Abastos de vino, vinagre, aceite y aguardiente y el de Jabón, así como el arriendo del Molino de Pan de los Propios de esta villa el día último de este presente mes y año, acordaron se fije edicto por el término de nueve días en la parte acostumbrada de la villa,  haciendo saber la almoneda de ellos  y en los cuales se admitan las posturas que se hicieren, colocando  el remate para el día primero de enero del año de 1755.

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