sábado, 10 de septiembre de 2016

DE LA RENOVACIÓN DE LOS ESTATUTOS DE LA COFRADÍA DE LA VIRGEN DEL ROSARIO EN 1.929

Tal día como hoy, el 10 de septiembre de 1.929 bajo la presidencia del Hermano Mayor, Gregorio Molina y del cura-párroco, D. Francisco Ortega Espejo, se decidió renovar los viejos Estatutos de la Cofradía de la Virgen del Rosario que habían sido aprobado allá por 1.781.

Imagen actual, obra de
Jacinto Higueras Fuentes


























Desarrollo de la Efemérides:
Desde que el 3 de septiembre de 1781 un grupo de devotos de la Virgen decidiesen crear la Congregación y Compañía de Soldados marianos de Nuestra Señora del Rosario con la que se le daba un carácter corporativo a la antiquísima devoción a la Virgen del Rosario, la Hermandad se rigió por unos minuciosos y singulares Estatutos que fueron aprobados por D. José de la Mata Linares, provisor y vicario general del Obispado, en nombre del obispo Agustín Rubín de Ceballos.
Pero el paso de los años, el cambio de costumbres y el nuevo ordenamiento canónigo, hizo necesario que tras ciento cuarenta y siete años de uso ininterrumpido, se sintiera la necesidad de renovar tales ordenanzas con el fin de perfeccionar algunos artículos  de los antiguos Estatutos para su mejor cumplimiento.
Y fue así como reunida la Hermandad el día 10 de septiembre de 1.929 bajo la presidencia del Hermano Mayor, Gregorio Molina y del cura-párroco, D. Francisco Ortega Espejo, se decidió renovar los viejos Estatutos. Más no queriendo derogar del todo aquel  antiquísimo y bello texto legal, se prefirió que el nuevo ordenamiento, figurase como “Suplemento a los Estatutos”.
Este “Suplemento” quedó articulado en 33 artículos de forma clara y precisa, con objeto de facilitar su cumplimiento.
Entre otros aspectos, se establecía lo siguiente:
-La Hermandad se organizaría “a semejanza de una compañía de soldados”, cuyos dirigentes tendrían la condición de capitán-hermano mayor,  teniente, sargento, dos abanderados y el resto de los cofrades alabarderos, estando todos “sujetos a escalafón”.
La Junta Directiva de la Cofradía la compondrían once miembros. Cinco de ellos serían los mandos antes citados y los seis restantes se elegirían por votación. A ella  se incorporaría además, el cura-párroco  y un secretario, depositario y munidor u ordenanza.
-Para ingresar en la Cofradía había que dirigir una carta al capitán-hermano mayor, detallando la filiación y “el deseo de servir a Dios y a su Santísima Madre”.
-Todos los cofrades estaban obligados a “cumplir con la iglesia”, confesando y comulgando el 4º domingo de Cuaresma o el día de la Virgen del Rosario, bajo pena de incurrir en falta grave y ser sancionado.
-Siendo de costumbre inmemorial las salvas que con escopetas se vienen haciendo por los hermanos en honor a la Santísima Virgen durante todos los años, y debiendo conservarse esta tradición que se rememora la batalla de Lepanto, con el fin de evitar abusos, antes de la fiesta se nombrará por la Cofradía una sección de escopeteros que hará las salvas de costumbre, sin que el número pase de veinticinco, que sean mayores de edad y competentes para el caso, haciendo la descarga en sitios que la autoridad designe dentro de la población.
-Para los actos propios de la fiesta, la cofradía en corporación irá a recoger en sus domicilios a los abanderados, sargento, teniente y capitán-hermano mayor. “Durante la fiesta en la misa mayor, el capitán-hermano mayor hará los relevos de la guardia de escopeteros al Santísimo Sacramento y el sargento los relevos de alabarderos  para la guardia de la Santísima Virgen.
-El privilegio de llevar las andas en la procesión corresponde a los cofrades, pero si algún vecino devoto quiere hacerlo por promesa, deberá solicitarlo previamente.
-El capitán-hermano mayor estaba obligado a representar a la Cofradía y a guardar y conservar sus efectos.
-Los cofrades que vivieran en las caserías y cortijos a menos de un kilómetro de Los Villares tenían la obligación inexcusable de asistir a todos los actos, incluidos los entierros de los hermanos y sus hijos menores.
-Al fallecimiento de un cofrade y dado el carácter de asistencia mutua tradicional en la cofradía, se entregaba a la familia 30 pesetas para ayuda del entierro y lutos.

Estatutos de 1781 renovados en 1929

El 1 de octubre, el doctor Pedro Hernández, fiscal general eclesiástico concedía el preceptivo “Nihil Obstat”; y el 5 de octubre de 1.929 el vicario general Félix Pérez Portela los aprobaba en nombre del Obispo Manuel Basulto  Jiménez.



Comentario: A los siete años de aprobarse estos Estatutos, estallaría la Guerra Civil y la primitiva imagen de la Virgen se perdería en aquel triste suceso del 3 de agosto de 1.936. Curiosamente todos los pusieron su firma y su espíritu en los Estatutos (obispo, el vicario general, el fiscal-eclesiástico, el párroco y el capitán-hermano mayor), todos perdieron la vida en aquella  dolorosa contienda.





TAMBIÉN ESTE DÍA…En 1934: El Ayuntamiento de Los Villares, que preside D. Mateo Molina Herrador, habiéndose cubierto por orden gubernativa las vacantes de concejales, procedía a la creación de Comisiones para el buen funcionamiento del mismo:
Comisión de Hacienda Cuentas y Presupuestos: D. José Alcalde Ruiz, D. Dionisio Cabrera Callejón y D. Mateo Molina Herrador. Comisión de Obras Públicas y Ornato: D. Luis Moreno Siles, D. Juan Manuel Palacios Higueras y Águedo Castro Fuentes. Comisión de Instrucción Pública y Festejos: D. Juan José Cabrera Medina, D. Águedo Castro Fuentes y D. Cándido Anguita Medina. Comisión de Policía Rural, Censos y Montes: D. Juan Manuel Palacios Higueras, D. Manuel Delgado Mármol y D. Luis Pardo Peña. Comisión de Policía Urbana y Fielato: D. Manuel Delgado Mármol, D. Cándido Anguita Medina y D. Juan José Cabrera Medina.





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