martes, 25 de mayo de 2021

DE LA RESOLUCIÓN REAL DE EXPEDICIÓN DE UN TITULO DE MAESTRO EN 1.825.

 

Tal día como hoy, el 25 de mayo de 1.825 por Despacho Real de Ministerio de Gracia y Justicia se autorizaba la expedición por el Concejo de Los Villares, del título de Maestro de primeras letras, a favor de D. Antonio Gómez Malo de Molina, vecino de esta Villa.

 




Desarrollo de la Efemérides:

Tras el informe favorable del expediente que la Justicia y Ayuntamiento de Los Villares elevaba al Despacho de Gracia y Justicia, solicitando el Título de Maestro de Primeras Letras para el vecino de la villa, don Antonio Gómez Malo de Molina, con fecha 23 de mayo su Majestad el Rey, resolvía que se le expidiese dicho nombramiento. Dicha resolución era tramitada por el Señor Secretario del Despacho de Gracia y Justicia con fecha 25 de mayo de 1.825

Dice así el documento:

El Señor secretario del Despacho de Gracia y Justicia me dice con fecha 25 del corriente lo que sigue:

“Excmo. Señor: Enterado el Rey nuestro Señor de lo que de conformidad con el Sr. Obispo de Jaén ha informado V.E. en su oficio de 10 del corriente, con motivo de la solicitud de D. Antonio Gómez, vecino de Los Villares, en aquel Reyno, relativa a que se le despachare por el concejo, Título de Maestro de primeras letras, sin embargo, de haber sido miliciano local voluntario supuesto consta su buena conducta y admiración a S.M.; se ha dignado a resolver que se le expida. Lo que de su Real Orden comunico a V.E. para que disponga su cumplimiento.

Traslado a Vd. Esta Soberana resolución para su inteligencia y noticia del interesado.

Dios guarde a Vd. Muchos años.  Madrid a 25 de mayo de 1.825".




Con fecha 18 de junio de 1.825 D. Antonio Gómez Molina, con estudios de Filosofía y titulo de Maestro de primeras letras, expedido por el Real y Supremo Consejo de Castilla, exponía a la Justicia y Ayuntamiento de Los Villares, que no existiendo Magisterio en la población por no haber profesor aprobado, está dispuesto a su desempeño con la concesión de 130 ducados anuales procedentes del fondo de Propios y pagando los padres pudientes las clases de sus hijos pues a los pobre se las daría gratis, y cediéndosele para clase con los muebles necesarios por ahora, hasta que se establezca una capaz y a propósito, la Sala de las Salas Capitulares que anteriormente se utilizó como escuela. Con lo que suplica que con la aportación de su título y demás informes tengan a bien concederle la plaza de la Escuela Pública de primeras letras de esta Villa.







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