Tal día como hoy, el 7 de diciembre de 1866, el Ayuntamiento de Los
Villares que preside el alcalde D. José de los Santos Gutiérrez y Fernández,
legitimaba un total de 40 suertes de tierra del término de Los Villares, tras
expedientes abiertos, de conformidad con lo dispuesto por el Regidor Síndico.
Desarrollo de la Efemérides:
En Los Villares un 7 de diciembre de 1866, reunidos los señores de la municipalidad y mayores
contribuyentes, bajo la presidencia del su Alcalde D. José de los Santos
Gutiérrez y Fernández, se dio cuenta del expediente instruido a instancia de
Juan Pedro Parra Bonilla, vecino de la villa, solicitando la legitimación de
dos suertes de tierra de estos Caudales públicos. Tras la oportuna y más amplia
discusión de conformidad con lo dispuesto por el Regidor Síndico, se acordó por
unanimidad se proceda a la legitimación
de que se trata a favor de D. Juan Pedro Parra Bonilla de las dos
suertes, la primeras en el pago de Linarejos y la segunda en las Cimbras.
Igualmente y en estas circunstancias se aprobaron las legitimaciones
solicitadas por los siguientes vecinos, entre otros:
-A Serafín Martos Cárdenas, por una suerte de secano plantada de olivar en el pago de la Dehesa del Quejigar, con un canon
anual a favor de estos Propios de 4 reales.
-A Bartolomé Sánchez Molina, por una suerte de tierra de secano
plantada de olivos en el pago de Dehesa
del Quejigar, con un canon anual a favor de los Propios de 9 reales.
-A Alejandro Gámez Ortega, por una suerte de tierra calma de
secano en el pago de Linarejos,
sitio la Loma de Granados por un
canon anual de 4 reales.
-A Juan de Mata Espejo Ibáñez, por una suerte de tierra de
secano plantada de olivos en el pago de la Dehesa del Quejigar por un canon anual de un real y 68 centésimas.
-A Manuel Jiménez Hidalgo, por una suerte de tierra de secano
puesta de olivos en el pago de las
Cimbras por la cual no satisface a estos Propios canon alguno, en
atención a haberlo rendido el interesado al Estado, el que fue impuesto en
virtud de la Ley de Desamortización.
-A Pío Mena Alcalde, por una suerte de tierra de secano
puesta de olivos en el pago de la Dehesa
del Quejigar, por la cual no paga canon alguno a estos Propios, por
haberlo rendido anteriormente al Estado, en virtud de la Ley de
Desamortización.
-A Antonio Liébana Nieto, por una suerte de tierra calma de
secano en el pago de Linarejos,
sitio conocido como El Toscón con el canon anual a favor de estos Propios de 7
reales.
- A Antonio Molina Anguita, por una suerte de tierra calma de
secano en el pago del Cuarto de las
Cabras con un canon anual de 8 reales. Otra suerte de tierra de secano
plantada de olivos en el pago de Dehesa
del Quejigar, con un canon de 8 reales. Otra suerte de tierra de calma
en el pago de Linarejos con un
canon de 7 reales. Otra suerte de tierra de secano plantada de olivos y viñas
en el pago de las Cimbras, con
un canon a favor de estos Propios de setenta centésimas. Otra suerte de tierra
de secano en el pago de las Cimbras,
plantada de olivar que no satisface canon a estos Propios por haber satisfecho
al estado su impuesto por la Ley de Desamortización.
-A Francisco Parras Nieto, por una suerte de tierra de secano
en el pago Cerro de Jabalcuz, sitio Llano de la Hormiga,
la mitad de ella plantada de olivos y la otra mitad de tierra calma, con un
canon anual de 3 reales.
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