lunes, 4 de febrero de 2019

DEL NOMBRAMIENTO DEL RECEPTOR Y DEPOSITARIO DE LAS BULAS DE LA SANTA CRUZADA EN 1709.


Tal día como hoy, el 4 de febrero de 1709, el Concejo de Los Villares reunido en Cabildo, bajo la presidencia del Gobernador y Justicia Mayor D. José Antonio de Viedma y Pareja, nombraba como Repartidor y Depositario de las Bulas de la Santa Cruzada a Gabriel García y Juan Callejón, respectivamente, vecinos de la villa.











Desarrollo de la Efemérides:

En Los Villares, el 4 de febrero de 1709 el Concejo, Justicia y Regimiento de esta villa, reunidos en Cabildo, a saber los Señores Don José Antonio de Viedma y Pareja, Gobernador y Justicia Mayor de la Villa; Juan Esteban García y Cristóbal Malo de Molina, Alcaldes Ordinarios; Gonzalo de Aguilera y Juan Garrido, Regidores; por su Señoría D. Francisco de Ceballos y Villegas, Caballero de la Orden de Santiago, veinticuatro de la ciudad de Jaén y Vizconde de esta Villa, de una conformidad nombraron las personas receptoras de la bula de la Santa Cruzada de esta villa a Gabriel García para su recepción y reparto y Depositario de ellas a Juan Callejón, vecino así mismo de esta villa.
En total se repartieron 384 bulas de vivos y 360 de difuntos, entregadas al Concejo por el padre Francisco Sebastián Charte de la orden de Nuestra Señora de la Merced y predicador de la Santa Bula y por mano de Francisco Eugenio Fernández de la parroquia San Juan Bautista de Los Villares.

*Si tenemos en cuenta que la población de Los Villares, según el censo de vasallaje, entregado en 1708  a D. Francisco de Ceballos y Villegas, I Vizconde de la villa, era de 114 vecinos (unos 560 habitantes), y el número de bulas asciende a 744, debemos concluir que era muy elevado en relación con la población de Los Villares.


Comentario a la Efemérides:

¿Qué era una bula?  Era  un documento concedido por el Papado que suponía la concesión de determinadas gracias o beneficios espirituales a quien se acoge a él por su adquisición, aunque también puede tener un sentido de gracia o beneficio a nivel jurídico o administrativo.

¿Qué era el Receptor de Bulas?: Básicamente era el recaudador, que se encargaba de recoger el dinero de las limosnas  que generaba el reparto de las bulas entre los vecinos y luego debía entregar y dar cuenta sobre las cantidades recibidas, en la tesorería de la Santa Cruzada en Jaén, o bien entregar a su regente cuando éste se desplazaba a la Villa para recogerlas. Aunque el dinero no iba a parar al Concejo, éste si estaba obligado a elegir a la persona que se encargaba del reparto y cobranza.

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