

Desarrollo de la Efemérides:
Un 22 de marzo de 1.839, Reunidos en Cabildo en las Salas Capitulares, los Señores D. José Mª de Uceda, Alcalde Presidente, D. Pedro de Luque, D. Lucas Maeso, D. Alejo García, D. Fernando del Alcalde, Regidores; y D. Genaro Anguita, Síndico, personas que componen el Ayuntamiento Constitucional de ella, abierta la sesión,
y leída una Orden del Jefe Político de la Provincia, relativa
a que se vigile intensamente para que no transite persona alguna sin su
correspondiente permiso según se previene por repetidas circulares a para salir fuera del término de esta población. Que por la Milicia Nacional y vecinos
honrados alternando sus Señorías, se guarde y se cumpla
sigilosamente dicha Orden, a cuyo efecto irá publicada por Edicto en lugares públicos de
esta población.
Que desde luego salga una partida compuesta por seis hombres
a cargo de uno de los Señores del Ayuntamiento que alternará por orden de un
nombramiento o destino a recorrer el término de esta población con objeto de
perseguir y capturar a los malhechores para que sufran el castigo
correspondiente a sus crímenes y delitos.
Que si por alguna circunstancia fuera encontrada en esta
Villa y su Término alguna persona sin los documentos previstos, se le detenga en debida forma hasta que se averigüe su conducta y modo de vivir por medio de las
justificaciones e informes de las Justicias de sus pueblos y poder resolver en
su vista lo conveniente a este particular.
Que en el momento de tener aviso o noticia de que en este término hay alguna partida de ladrones o gente sospechosa mandará el Sr. Alcalde Presidente o individuo del Ayuntamiento que por su ausencia o enfermedad ejerza su función, tocar la campana para que se reúnan los vecinos y Milicia Nacional en la Plaza de la Constitución para determinar la persecución de aquellos con la actividad y acierto que corresponda; practicándose igual operación en el caso de de se dé conocimiento por las Autoridades de los pueblos circunvecinos de hallarse malhechores en sus respectivos términos para acudir en su auxilio y socorro.
Que si alguien viese que de las personas de esta
población alguna inspira desconfianza por su comportamiento y en su modo de
vida, ya sea por no ir al trabajo diariamente y de forma debida u otra
circunstancia, se advierta a la Autoridad para tomar las medidas.
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Dos de los llamados pasaportes para desplazarse de un lugar a otro. |
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