
Desarrollo de la
Efemérides:
En la villa de Los Villares a 13 de abril de 1789 en reunión del
Concejo, Justicia y Regimiento de ella, por los Síndicos y Diputados del Común,
se dijo que atendiendo a las obligaciones que a cada uno les asiste, se sienten
obligados a procurar con el mayor esmero todo cuanto sea favorable y útil al
vecindario para lo cual consideran todos y cada uno que es necesario haya en
esta población persona encargada por el Concejo a cuyo cuidado se pongan y
estén todos los ganados de cerda que hubiere en este vecindario para que éste
los cuide y custodie por su cuenta, pagándole por cada cabeza de ganado un
precio proporcionado, justo y equitativo, tanto para los vecinos, como al
ganadero que se ponga y encargue en este cuidado de forma que pueda mantenerse
como corresponde.
Qué esta disposición evitará se produzca el desorden y poca
guarda de las siembras y heredades; por otro lado es bien conocido que, en la
mayoría de los casos estos animales se custodian por niños que deberían estar
en la escuela o con sus padres o tutores, ocupaciones propias de su edad; y generalmente
en el cuidado de estos ganados por su edad de ninguna forma pueden evitar que
coman y destrocen todas las siembras y heredades del término, por lo que son
continuadas las quejas de los hacendados y demás vecinos. Así mismo que deambulen
por las calles con el consiguiente perjuicio para la salud del vecindario.
Por lo tanto a fin de contener el prenotado desorden y que
éste tenga el debido arreglo, acordaron, que de manera inmediata se ponga un
sujeto que se encargue en la guarda y custodia de todo el ganado que hubiese de
esta especie en el casco del pueblo, a quien ha de obligarse a satisfacer los
daños y pérdidas que éstos causen y que se guarde dicho ganado en la campiña. Que
esta disposición se haga pública por medio de un Edicto y que se elija persona
que se ajusta con las condiciones convenientes que se propongan por la
Justicia. Que en el día de hoy ha de
hacerse público un Edicto, fijado en el lugar de costumbre, para que todos los vecinos que tengan estos
animales, los procuren entregar al ganadero donde se ordene.
TAMBIÉN ESTE DÍA…En 1814: Por el Ayuntamiento
constitucional de Los Villares, se concedía la plaza de Médico titular de la
Villa a Don Martín de Pineda y Barragán, vecino de la ciudad de Granada, con
una asignación anual de 500 ducados, bajo la condición de
que ha de asistir a los pobres de solemnidad de balde y los demás vecinos les
han de pagar sus visitas según costumbre o por igualas según el referido D.
Martín y los vecinos se convengan.
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