
Desarrollo de la
efeméride:
En Los Villares, un 22 de julio de 1.894, reunidos en el
Ayuntamiento, bajo la presidencia de su Alcalde D. Luis Molina Luque y abierta
la sesión, por el Regidor Síndico se manifestó que había llegado a su
conocimiento las discusiones que existen a diario entre el dueño de la Dehesa
de la Pandera de este término municipal y varios vecinos de Valdepeñas sobre
terrenos que pueden perturbar el deslinde de ambos términos o alterar o
modificar la mojonera de los términos municipales.
Siendo ésta, competencia de la Administración, entiende que
procede y así lo propone a la Corporación, solicitar al Sr. Gobernador Civil de
la provincia el deslinde de los expresados términos a fin de evitar dichas
cuestiones interesándole a la vez, exprese la competencia y requiera la
inhibición del Sr. Juez de Instrucción de Martos por tener entendido también
que por un propietario de Valdepeñas se ha interpuesto en dicho Juzgado interdicto
de recobrar sobre terrenos cuyo deslinde no es competencia de los tribunales de
Justicia ni por consiguiente del interdicto, por ventilarse cuestiones que pueden alterar
los límites municipales de ambos pueblos.
Enterado el Ayuntamiento, acordó por unanimidad, solicitar
del Sr. Gobernador Civil de esta provincia se sirva ordenar el deslinde de los
términos de esta villa y la de Valdepeñas por si pudiera haber sufrido
alteración los mojones divisorios de dichos términos, que se interese igualmente,
de solicitar la inhibición del Sr. Juez de Instrucción del partido de Martos
por tratarse en el interdicto propuesto por el propietario de Valdepeñas de
terrenos cuyo deslinde no es competencia del tribunal de Justicia por referirse
a cuestiones que afectan al deslinde de ambos pueblos los cuales no pueden
alterarse sin ciertas condiciones y requisitos según el capítulo 1º de la Ley
Municipal vigente correspondiendo su conocimiento a la Administración.
Disponiendo que este acuerdo se ponga en
conocimiento del Sr. Gobernador Civil por medio de una certificación del
mismo.
Tras la solicitud al Gobernador Civil de la provincia, por el
Ayuntamiento de Los Villares, la revisión del deslinde, ésta fue autorizada y
con fecha 20 de junio de 1.896, el Gobernador Civil citaba para llevar a cabo
las diligencias previas, a ambos alcaldes y a las comisiones de ambos
municipios, a una reunión a tener en Valdepeñas el 28 de junio de ese año. Todos los trabajos reconocimiento de mojones,
se hicieron en base al expediente de
deslinde llevado a cabo entre ambos términos en 1.821.
Los trabajos de reconocimiento de la mojonera tuvieron lugar
en la mañana del día 1 de julio de 1.896 para lo cual ambas comisiones se
reunieron en el trayecto de la Pandera para desde allí iniciar dicho
reconocimiento. El primer mojón se
encontraba en el conocido como “puerto del Guijuelo”, a unos sesenta pasos de
distancia del camino vecinal entre ambos pueblos. Y desde ahí iniciarían el
reconocimiento de la mojonera de delimita ambos términos municipales.
Por Los Villares, la comisión la formaron: el Sr. Alcalde, D.
José Higueras Molina; el Regidor Síndico, D. Carlos García Barranco y el
Concejal, D. Juan Morales Ortega. Como Peritos Prácticos, fueron nombrados:
Antonio García Fernández y Justo Mena Alcalde.

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Firma del Acta por ambas comisiones. |

*INTERDICTO: Es un procedimiento judicial, de tramitación sencilla, cuyo objetivo es atribuir la posesión de una cosa a una persona física o jurídica, frente a otra, de manera provisional.
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