Tal día como hoy, un 23
de enero de 1782 en la persona del
Licenciado Don Francisco José Sánchez, Comisionado del nuevo Vizconde,
por el Concejo y Justicia de Los Villares se le hacía entrega de
la posesión real, actual, corporal,
velquasi del Señorío y vasallaje, Jurisdicción y demás regalías y derechos que
a dicho Señor Vizconde corresponden.
Comentario de la
Efemérides:
Dice así el
Acta-Testimonio de la posesión por el IV Vizconde de Los Villares, del Señorío,
vasallaje y Jurisdicción de la Villa:
“…En la Villa de Los
Villares, a 23 de enero de 1782 ante los Señores Don Francisco Antonio Sánchez,
Gobernador; Andrés García y José García,
Alcaldes Ordinarios; Juan de Siles y Pedro de Anguita, Regidores; Carlos
Gutiérrez y Tomás de Bonilla, Diputados del Común; Juan de Ortega y Manuel del
Alcalde, Síndico General y personero de esta Villa, personas que componen el
Concejo, Justicia y Regimiento de ella y con mi presencia, es Escribano, dicho
Señor Gobernador presentó la Real Carta de S.M. que Dios guarde, firmada de su
Real mano y fechada en Aranjuez a 16 de diciembre del año próximo pasado, otorgando a su Señoría Don Gabriel de Ceballos
y Escobedo, Villegas y Villalobos, el
Título de Vizconde y Señor de esta Villa, su término y Jurisdicción, por el fallecimiento del Señor Don Francisco
Javier de Ceballos, su padre, Vizconde que fue del mismo título.
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Sello y firma del Vizconde |
Junto a esta Real
Carta, el Señor Vizconde usando de sus facultades previene que en su nombre, presentándose ante
sus mercedes, el Licenciado Francisco José Sánchez, Abogado de la Real
Chancillería de Granada y vecino de la ciudad de Jaén, inmediatamente se le dé la
posesión real, actual, corporal, velquasi del Señorío y vasallaje, Jurisdicción
de esta repetida Villa y demás regalías y derechos que a dicho Señor Vizconde
corresponden entregándole al nominado, su apoderado, la Jurisdicción, insignias
de ella y demás que obtiene en virtud del nombramiento de dicho Señor Vizconde
difunto. Vista, oída y entendida por los mencionados señores con dicha Real
Carta la obedecieron con el respeto debido y pusieron sobre sus cabezas como
carta de su Rey y Señor natural, habiéndola antes besado, según corresponde y
en su observancia y cumplimiento, constándoles hallarse en la casa Palacio de
esta Villa, el mencionado apoderado de su Señoría, dieron comisión a los
Señores Andrés García, Alcalde; Juan de
Siles y Pedro de Anguita, Regidores;
Carlos Gutiérrez, Diputado; Juan de Ortega y Manuel del Alcalde, Síndicos
General y personero, con el Alguacil Mayor Antonio del Águila para que
comunicándole la ciega obediencia de sus mercedes y estar prontos a cumplir
cuanto se les previene por su Señoría, pase a esta Sala del Ayuntamiento a
practicar todo cuanto se ordena por dicho Señor Vizconde. Los señores
comisarios de este Ayuntamiento pasaron con dicho señor Alguacil Mayor a la
Casa Palacio de esta villa y volvieron a esta Sala Capitular acompañados del
apoderado de su Señoría el Señor Vizconde que entró en ella tomó el lugar y
asiento preeminente y habiéndole entregado los Señores Gobernador y Alcaldes
Ordinarios, el de la Santa Hermandad y alguacil Mayor los bastones y varas de
Justicia que son las insignias de que usan, las tomó en su mano dicho apoderado
diciendo lo hacía en nombre del Señor Vizconde como dueño de la Jurisdicción que a su Señoría le compete en esta Villa y su
término, y visto el consentimiento y
obediencia de dichos subalternos, habiendo éstos con los demás que componen
Ayuntamiento jurado en sus manos por Dios Nuestro Señor y una señal de la cruz
que cada cual formó con su mano derecha obedecer y cumplir las órdenes y
mandatos de su Señor Don Gabriel de Ceballos y Escobedo, como Vizconde de esta
villa reconociéndolo como por tal lo reconocen y también observan puntualmente
las Leyes de estos Reinos, Autos acordados y demás resoluciones, les restituyó
sus bastones y varas a todos y cada uno para que volviesen a sus respectivos
empleos en nombre del Rey nuestro Señor
que Dios guarde y de su Señoría el Señor Vizconde dueño y Señor de esta Villa y
estando así aposesionados inmediatamente preguntaron si estaba satisfecho y contento dicho comisionado con
los mencionados actos en cuya virtud, le tenían dada, daban y dieron de nuevo
en caso necesario toda la sumisión y respeto debido a su Señoría dicho Señor
Vizconde con las más vivas y eficaces señales de posesión quieta y pacífica del
Señorío y vasallaje, Jurisdicción. Y diciendo dicho comisionado lo aceptaba
todo así en nombre de su Señoría el
Señor Vizconde actual en señal de posesión para mayor crédito de que la tomaba pacíficamente y sin contradicción de persona
alguna, pasó con asistencia de todos los mencionados señores y otros muchos
concurrentes de todos los estados, a la Cárcel Real, que se le franqueó, tomó
sus llaves, abrió y cerró las puertas de sus oficinas, estancias y calabozos,
movió sus prisiones y cadenas y desde allí pasó con la misma comitiva al Pósito
de Pan y en su nombre ejecutó las mismas diligencias, después se encaminó a la
Casa Horno perteneciente a los Caudales de Propios y al Molino Harinero que
también lo es y finalmente fue al Puesto Público de abastos y en todos y cada
uno de estos sitios y lugares respectivamente ejerció la Jurisdicción con la
complacencia de todos los vecinos manifestando cada cual su gratitud,
obediencia, sumisión y respeto y habiéndose así paseado por los sitios más
públicos de este Pueblo, presidiendo a los mencionados Señores sin que por
persona alguna se le hiciese la más mínima oposición ni contradicción volvió a
la Sala Capitular y en ella me pidió lo pusiese todo por testimonio para que
quede en el Libro Capitular, restituyendo todos los documentos originales a el
dicho apoderado, según y cómo se ordena por el Señor Vizconde dueño de esta
Villa y en fe de ello lo firman en ella en el mismo día, mes y año, dichos
Señores y Yo el Fiel de Fechos=Francisco Antonio Sánchez=Andrés García=José
García=Juan de Siles=Pedro de Anguita=Tomás de Bonilla=Juan de Ortega=Carlos
Gutiérrez=Manuel del Alcalde=Ante mí=Miguel de Molina”.
TAMBIÉN ESTE DÍA…En 1876:
El Ayuntamiento de Los Villares, que presidía Don José del Trigo y Galabardo,
aprobaba el Proyecto de Presupuesto para el año presente que resumido era el
siguiente:
-Gastos Obligatorios y Voluntarios……………. 33.543’68 pesetas
-Ingresos Ordinarios y
Extraordinarios……… 10.276’73
pesetas.
-Déficit para cubrir con recursos generales… 23.276’95 pesetas.
Recursos generales para cubrir el Déficit: Igualmente la
Comisión propone los recursos para cubrir este déficit y aprueba la cantidad de
18.997’03 pesetas, sin perjuicio de emplear en su caso otros medios para
enjugar el déficit que con todo resulta.