
Desarrollo de la efemérides:
En la villa de Los Villares un 26 de enero de 1866, el Ayuntamiento
Constitucional de la villa, reunido en Cabildo, bajo la presidencia del Alcalde
Don José de los Santos Gutiérrez y Fernández, se hizo presente a la
Corporación que el Regidor y recaudador de contribuciones de esta villa Don
José Maximiliano Molina, había fallecido y hallándose próximo el día primero de
febrero en que debe procederse a la cobranza de dichos impuestos era
conveniente nombrar nuevo recaudador para que se pueda cobrar el indicado
servicio. Por el Regidor Don Francisco Higueras se manifestó que no tenía
inconveniente en hacerse cargo de la recaudación de las contribuciones de
inmuebles, subsidio, consumos e igualas facultativas, comprometiéndose a cubrir
todas las cuotas determinadas en los cupos o repartimientos de esta villa en el
presente año económico y en las fechas marcadas por las instrucciones y
en caso de no cumplir con esta obligación, ante la municipalidad responderá de
todos los perjuicios que ocasione.
El Ayuntamiento decidió que el
proponente designase los bienes y mancomunidades que como garantía ha de
presentar y éste presentó como garantía una fanega de olivos en el cerro de la
Viña de este término, otro en la cañada del Pozo, otra en los Palacios,
dieciocho celemines de olivos en la Guindalea y una casa en la Plaza de la
Constitución. Además se presentaron como garantistas don José del Alcalde
Cuberos y Don Manuel Soro Vera, aportando como garantía, Don Manuel del
Alcalde y Cuberos, seis fanegas de olivos en el Cerrejón y Don Manuel Soro, dos
fanegas de olivos en la dehesa de Buena Hija. El Ayuntamiento acordaba nombrar
a Francisco Higueras, recaudador de Contribuciones de esta Villa según está
previsto y bajo las bases que quedan establecidas firmando esta Acta en prueba
de su compromiso, no haciéndolo el Señor Don José del Alcalde y Cuberos por
encontrarse imposibilitado.
TAMBIÉN ESTE Día…En 1821: Por el Ayuntamiento de Los Villares que presidía D. Luis Palacios, se daba comisión a los Regidores Juan de Luque y Francisco del Mármol para inspeccionar los molinos aceiteros de la villa, reconocer las medidas que usan, recoger las faltas, multar los defectos maliciosos que encuentre y retirar los libros de molienda quedando retenidos, hasta que hayan satisfecho su contribución y demás débitos de caudales públicos
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