
Un 4 de enero del año
1.819, el Nuevo Ayuntamiento, constituido tras la Real Certificación de la
Chancillería de Granada de doce de diciembre pasado, de elección de la Justicia
y Ayuntamiento de Los Villares, reunido en las Salas Capitulares, redactaba la Reglas que habrían de observarse en
esta Villa en el presente año por todos los vecinos y transeúntes por ella.
Desarrollo de la Efemérides:
En la villa de los Villares a quatro días del mes de
Enero del año de mil ochocientos diez y nueve, estando en las Sala Capitulares
de ella en virtud de citación anterior los SS. D. Antonio Gómez y D. Antonio
Higueras Alcaldes Ordinarios, Juan Alonso Fernández y Gregorio de Campos,
Regidores, Juan Palacios y Manuel García Diputados, Tomás del Alcalde y Ramón
Martínez Síndicos de este común, personas que componen la Justicia y
Ayuntamiento de las mismas, entre otras cosas que determinaron el
establecimiento de las Reglas que conforme a nuestras Leyes se han de observar
en esta Villa en el presente año por todos los vecinos y transeúntes por ella,
las cuales son a saber:
1ª Que
ninguna persona de cualquiera estado y calidad que sea diga blasfemias de
nombre de Dios, de la Virgen ni de sus Santos y consagradas, ni jurar su santo
nombre, ni profieran palabras desonestas, vajo las penas impuestas por las
Leyes.
2ª Que
ninguna persona esté amenazada ni tenga malos tratos con Mujeres, bajo la pena
por primera vez de dos Ducados y por la segundo doble y ocho días de Cárzel.
3ª Se
prohíben los juegos de Naipes como son Banca, Carteta, Dados, Tabla, Parar,
Treinta y una, Cañé, Monte, Vivís o cualquier otra Suerte que tenga encuentros
o reparos y estén prohibidos por las Leyes, así mismo los conocidos en esta
Villa por Patuscas, Cara y Lis, la Rifas y Almonedas que no están sujetos a lo
dispuesto por las mismas Leyes bajo la pena por primera vez de un Ducado a cada
uno de los que se encuentren en ellos y cuatro al que consienta en su casa y
por la segunda doble y ocho días de prisión.
4ª Así mismo
se prohíbe trabajar en el Término de esta Villa a todos los vecinos de ella en
los días festivos ecepto en los que por necesidad ra necesario, pues entonces
con anuncia del Párroco se dará la competente licencia, bajo la multa de un Ducados al que se
encuentre por primera vez y por la segunda doble y ocho días de Carzel.
5ª Ningún
vecino podrá cortar leña de Encina y Quejigo no siendo en Monte de su propiedad
pues de lo contrario al que se encuentre y se evidencie ser de las Deesas del
Pocico o de los demás sitios prohibidos, además de que será denunciado se le
apreciará todo el daño que aparezca y se remitirá con la Leña al Señor
Subdelegado de Montes de la Ciudad de Jaén para que le castigue con arreglo a
Ordenanza.
6ª Por ningún
motivo después de las diez de la noche andará persona ninguna por las Calles
sin que ra por necesidad precisa como así mismo el llevar armas prohibidas bajo
multa de un Ducado al que lo haga y si se le encontrara Armas será castigado
conforme está prevenido por las leyes.
7ª Se prohíbe
la entrada en los Puestos después de las Ánimas bajo la multa de un Ducado a la
persona que después de dicha ora se encuentre en ellos y los Taberneros pagarán
doble multa y tres días de Cárcel, debiendo tener entendido será castigado lo
mismo todo el que consienta echar ajos en sus Tabernas y otras palabras que tan
comúnmente se profieren y a todo el que por las Calles se presente embriagado
en términos de no poder usar de su cuerpo, pagará un Ducado de multa y ocho
días de cárcel.
8ª No se
podrá rebuscar Aceituna hasta que por un Edicto particular se de licencia
bajoque el que contrabenga será multado con dos Ducados y al que las merque
dicha Aceituna de rebusca se le exigirá doble multa y perderá las que se le encuentre
mercadas las cuales repartirá por terceras partes, una al Denunciador, otra al
Señor Juez y otra se dedicará a los Pobres de Solemnidad.
9ª Ningún
Ganadero entrará con sus ganados en las Cajas de los Ríos ni en la posesiones
siembras y cercados bajo la multa a el que lo haga de tres Ducados por la
primera vez, seis por la segunda y por la tercera nueve además de que en todas
irá denunciado el ganado; y por aora y hasta que otra cosa se mande se prohíve
la entrada en esta Villa del Ganado Cabrío y a la persona que lo hiciera con
poco temor a la Justicia sufrirá las multas de Diez Ducados y Diez días de
Cárcel.
10ª Se
prohíben los Bailes Públicos que se hagan en las Calles y Plazas y lo que lo
hagan en las Casas no pasarán de las diez de la noche vajo la multa de quatro
Ducados a todo el que contrabenga.
11ª Se
prebiene a todos los vecinos tengas las calles barridas a los de la calle del
Arroyo lo limpiarán sin echar broza ni otra cosa, prohibimos en la fuente y
pilar público labar cosa alguna pues se le exigirá por primer vez un ducado y
por la segunda doble.
12ª Desde
primeros de febrero saldrán de esta Villa todas las Caballerías con sus bozales
puestos para evitar que coman las
siembras bajo multa de un Ducado a todos los que se encuentren sin este
requisito.
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Ayuntamiento de Los Villares |
14ª Las
Gallinas se prohive que estén sueltas por las Calles y por los Huertos bajo la
multa de un Ducado por cada una que se encuentre y además las pérdidas del
Animal y para ello se da licencia para verificando que estén dañando en los
espresados Huertos.
15ª Se
recuerda lo mandado por Real Orden S. M. sobre la Veda de la Caza y Pesca sin
obtener la correspondiente Licencia bajo la misma multa que impone a los que
estando cazando sin este requisito y además estando preso.
16ª Todo el
vecino que tenga solar en esta Población procurará en el mínimo de quize días
de cerrarlo pues el que no lo hiciera para dicho término sufrirá un Ducado de
multa y a su costa mandará esta Real Justicia se cerque.
Todo lo cual
mandaron se publique por Edicto a fin de que no se alegue ignorancia y lo
firmaran cada uno como acostumbra.
(Transcripción literal: no son faltas de ortografía).
Comentario a la efemérides: Está claro que obsevando esta rosario de normas de conducta, podemos hacernos una idea de como era el modo de vida de nuestros paisanos hace dos siglos. Me ha llamado la atención que la precocupación por la violencia de género ya esté presente en ellas.
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